miércoles, 27 de febrero de 2019

Propuesta de Acuerdo AN - Ayuda Humanitaria con Apoyo de Mision Multinacional de Paz


NOTA IMPORTANTE:
El presente borrador es una propuesta preparada por el Dr. José Vicente Haro, abogado constitucionalista, a solicitud de miembros de la Alianza Nacional Constituyente Originaria (ANCO) para ser presentada a la consideración de Diputados de la Asamblea Nacional. La Asamblea Nacional debería aprobar este Acuerdo o uno semejante en respeto a las víctimas del pasado 23 de Febrero de 2019, y que suman ya a los cientos ya caídos buscando la libertad de Venezuela.
Luis Manuel Aguana


PROPUESTA DE ACUERDO

LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En defensa de los Derechos del Pueblo de Venezuela y con fundamento en la atribución que le confiere el Artículo 187 numeral 11 de la Constitución.
 
ACUERDO QUE AUTORIZA EL INGRESO A VENEZUELA DE LA AYUDA HUMANITARIA CON EL APOYO DE UNA MISIÓN MILITAR MULTINACIONAL DE PAZ CON FINES HUMANITARIOS POR APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD DE PROTEGER QUE TIENE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL CON EL PUEBLO DE VENEZUELA

CONSIDERANDO
Que el régimen de Nicolás Maduro ha producido la peor crisis humanitaria de la historia de Venezuela, la cual se ha traducido en hambre, hiperinflación, escasez de medicinas y de alimentos, entre otras penurias y graves violaciones de derechos humanos que sufre el pueblo venezolano;
CONSIDERANDO
Que ya desde febrero del 2016 la Asamblea Nacional decretó la emergencia alimentaria;
CONSIDERANDO
Que en fecha 15 de enero de 2019 esta Asamblea Nacional aprobó el Acuerdo para la Autorización de la Ayuda Humanitaria para atender la crisis social que sufre el pueblo venezolano.
CONSIDERANDO
Que el Consejo de Derechos Humanos de la Organizaciones de las Naciones Unidas aprobó en septiembre de año 2018 la Resolución por la cual se reconoce la crisis humanitaria en Venezuela;
CONSIDERANDO
Que muchos venezolanos han muerto y otros corren el riesgo de morir ante la indolencia del régimen que hoy usurpa el poder en Venezuela para atender la grave crisis humanitaria que padece el pueblo venezolano;
CONSIDERANDO
Que esta Asamblea Nacional en su Acuerdo de fecha 15 de enero de 2019 exhortó a los organismos multilaterales a no permitir el monopolio del Estado sobre la administración y orientación de la ayuda humanitaria e, igualmente, solicitó la aprobación de fondos de organismos bilaterales o de agencias de cooperación sobre la asignación de subsidios directos a los hogares más vulnerables.
CONSIDERANDO
Que diferentes Estados, organismos multilaterales, organizaciones no gubernamentales, entre otros, han aprobado fondos y recursos para la Ayuda Humanitaria al pueblo venezolano y han trasladado buena parte de esa ayuda humanitaria en bienes, alimentos, medicinas, equipos médicos y capital humano, a diversos puntos cercanos a territorios que colindan con las fronteras venezolanas a fin de realizar todo lo conducente para su efectivo ingreso y distribución con los criterios de universalidad, humanitarismo, neutralidad, imparcialidad y rendición de cuentas establecidos en la Norma Humanitaria Esencial y en la Carta Humanitaria Internacional.
CONSIDERANDO
Que quien usurpa actualmente la Presidencia de la República, Nicolás Maduro Moros, ilegítimamente y de facto ha realizado, ejecutado y ordenado actos con el objetivo de impedir el ingreso de la Ayuda Humanitaria a Venezuela sin importarle las muertes que ello seguiría causando en la población venezolana, lo cual representa un grave crimen violatorio de los derechos humanos de los venezolanos.
CONSIDERANDO
Que en el caso venezolano existe una “justa causa” para invocar el “principio de responsabilidad de proteger” que tiene la Comunidad Internacional con el pueblo venezolano, a los fines de autorizar el ingreso a Venezuela de una misión militar multinacional de paz que coadyuve a la entrada de la ayuda humanitaria a territorio venezolano a los fines de “evitar grandes pérdidas de vidas humanas, reales o previsibles”, consecuencia de la acción deliberada del régimen de facto de Nicolás Maduro Moros que ha ocasionado “la negligencia o incapacidad de actuar” y el colapso del Estado venezolano para proteger a sus habitantes.
CONSIDERANDO
Que conforme a lo previsto en el artículo 187 numeral 11 de la Constitución corresponde a esta Asamblea Nacional autorizar el empleo de misiones militares extranjeras en el país.
 
ACUERDA
PRIMERO: Autorizar el ingreso a Venezuela de la ayuda humanitaria con el apoyo de una misión militar multinacional de paz con fines humanitarios por aplicación del principio de responsabilidad de proteger que tiene la Comunidad Internacional con el pueblo de Venezuela.
SEGUNDO: Exhortar a los países que integran la Comunidad Internacional a reconocer y apoyar la aplicación del principio de responsabilidad de proteger a los fines de evitar grandes pérdidas de vidas humanas, reales o previsibles, consecuencia de la acción deliberada del régimen de facto de Nicolás Maduro Moros, que ha ocasionado la negligencia o incapacidad de actuar y el colapso del Estado venezolano para proteger a sus habitantes.
TERCERO: Exhortar a los países que decidan integrar la misión militar multinacional de paz con fines humanitarios para Venezuela, que cumplan con los principios internacionales humanitarios reconocidos por la Organización de Nacionales Unidas, con la Norma Humanitaria Esencial y la Carta Humanitaria Internacional, todo ello en garantía de la paz, la vida, integridad y dignidad de la población venezolana. 
CUARTO: Ordenar a la Fuerza Armada Nacional cumplir estrictamente con lo establecido en los artículos 2, 7, 326 y 328 de la Constitución y abstenerse de atentar contra la misión internacional de paz de carácter humanitario que con base en este Acuerdo se despliegue en el país, cooperando para permitir que la ayuda humanitaria ingrese y pueda distribuirse en todo el territorio nacional con los criterios de universalidad, humanitarismo, neutralidad, imparcialidad y rendición de cuentas establecidos en la Norma Humanitaria Esencial y en la Carta Humanitaria Internacional.
QUINTO: Designar una Comisión Especial integrada por Diputados de esta Asamblea Nacional para ejercer el control político, institucional y constitucional de las actuaciones de la misión militar multinacional de paz con fines humanitarios que aquí se autoriza, a fin de verificar que cumpla con los requerimientos, parámetros, límites y exigencias de la Constitución venezolana y del Derecho Internacional Humanitario.
SEXTO: Facultar al Presidente (Encargado) de la República, ciudadano Juan Guaidó Marquéz,  para coordinar con los Jefes de Estado de las Naciones que asuman la iniciativa de integrar la misión militar multinacional de paz que aquí se autoriza, todo lo relacionado con los detalles estratégicos y tácticos requeridos para coordinación de dicha misión y el cumplimiento estricto de sus fines.
SÉPTIMO: Notificar esta decisión a la Organización de Estados Americanos, a la Organización de Naciones Unidas, a los países que integran el Grupo de Lima así como a todas las Naciones cuyo territorio colinde con las fronteras venezolanas, a los fines correspondientes que impone el Derecho Internacional.
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas a los diecinueve días del mes de febrero de 2019. Año 208° de la Independencia y 160° de la Federación.

 JUAN GERARDO GUAIDÓ MÁRQUEZ
Presidente

ÉDGAR JOSÉ ZAMBRANO RAMÍREZ         IVÁN STALIN GONZÁLEZ MONTAÑO
Primer Vicepresidente                                                  Segundo Vicepresidente

EDINSON DANIEL FERRER ARTEAGA                JOSÉ LUIS CARTAYA PIÑANGO
Subsecretario                                                                     Secretario

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