miércoles, 13 de junio de 2018

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DECLARA NULO EL USO DEL VOTO AUTOMATIZADO PARA ELECCIONES EN VENEZUELA

Este miércoles, 13 de junio de 2018, el legítimo Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, en Sala Electoral, dictó una muy esperada sentencia, para quienes llevábamos muchos años tratando de hacer entender, al país y al mundo, que el sistema electoral de Venezuela no está configurado para el respeto a la voluntad popular de las mayorías, sino blindado en contra de esas mayorías. Entre estos ciudadanos que no descansaron hasta lograr justicia, podemos mencionar a Ezequiel Zamora, Luis Genaro Mosquera, Guillermo Salas Delfino, Luis Manuel Aguana, María Mercedes Febres-Cordero, Ludwig Moreno, Bruno Egloff, Alfredo Weil, María Elena Arenas, Iruña Urruticoechea y Simonette Pereira, todos los cuales aceptaron brindar sus testimonios como expertos o como testigos presenciales de hechos irregulares, en materia electoral, o contribuyeron con Informes o documentación probatoria. Con estos elementos, un grupo de abogados pudo llevar a Tribunales e instancias internacionales, estas denuncias, a partir de 2012. Entre estos últimos podemos mencionar a la accionante en este caso, Adriana Vigilanza y a Marisol Sarria Pietri, Ana Mercedes Díaz, Theresly Malavé, Vanessa Friedman, Guillermo Prieto, Sonia Guanipa, Wilmer Jiménez, Gustavo Briceño (lamentablemente fallecido), Lissette Behrens, Abelardo Izaguirre, y otros más a quienes pedimos disculpas por no poder mencionar en esta breve nota.
Deseamos extender nuestra felicitación y agradecimiento especial a los Magistrados del legítimo TSJ, en el exilio, en especial a su Sala Electoral y al Ponente, Dr. Domingo Salgado.
¡Empecemos a construir la nueva Venezuela, de la decencia y transparencia electoral! ¡Tenemos con qué empezar!
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DECLARA NULO EL USO DEL VOTO AUTOMATIZADO PARA ELECCIONES EN VENEZUELA
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, que con ocasión a la ruptura del Estado de Derecho en Venezuela despacha desde el exterior, dictaminó hoy NULO e INAPLICABLE el uso del SISTEMA AUTOMATIZADO DE VOTACIÓN Y ESCRUTINIO para la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como para la celebración de los referendos. Conforme a lo anterior, los máximos representantes del Poder Judicial que fueron designados y juramentados por la legítima Asamblea Nacional le ORDENARON al Consejo Nacional Electoral (CNE), que con la participación obligatoria de las universidades, de los partidos políticos, de los grupos de electores, de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales y de los Colegios Profesionales, diseñe e implemente un sistema de votación y escrutinio fundamentalmente manual, con preminencia del voto físico o papeleta electoral, en donde el uso de la tecnología e informática sea auxiliar y sólo en beneficio de la celeridad, publicidad, transparencia y eficiencia del voto, escrutinio y totalización, con el objetivo de recuperar la confianza pública de los ciudadanos en el sufragio, como la forma legítima de participación democrática.
La sentencia DECLARA igualmente la inconsistencia del REGISTRO ELECTORAL y como consecuencia, ORDENA al CNE, inicie un proceso de DEPURACIÓN y ACTUALIZACIÓN del mismo con la veeduría de la sociedad civil, debiéndose efectuar las debidas correcciones sobre la identidad de cada ciudadano venezolano o extranjero habilitado para ejercer el voto; verificándose las debidas actas de nacimiento, actualizándose en la data su lugar de residencia; excluyéndose a los fallecidos e inhabilitados y generándose un archivo digitalizado confiable que contenga además de sus datos de identificación, los registros biométricos y las direcciones de cada elector, el cual debe estar a la disposición de las organizaciones políticas antes de la celebración de cada elección.
Finalmente, se ordenó notificar a la FISCAL GENERAL DE LA REPUBLICA a los fines que dé inicio a la investigaciones pertinentes, con el objeto de establecer la responsabilidad penal de los Rectores del CNE por los presuntos delitos electorales, conspiración contra la forma republicana del Estado,  violaciones de tratados internacionales y violaciones a los derechos humanos de los electores; así como por los delitos que atentan al patrimonio público con ocasión a la contratación de las empresas SMARTMATIC y BIZTA, encargadas del proceso de automatización del actual proceso electoral venezolano.
Lea y descargue abajo Sentencia completa del TSJ Legitimo:

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