Este
miércoles, 13 de junio de 2018, el legítimo Tribunal Supremo de
Justicia de Venezuela, en Sala Electoral, dictó una muy esperada
sentencia, para quienes llevábamos muchos años tratando de hacer
entender, al país y al mundo, que el sistema electoral de Venezuela
no está configurado para el respeto a la voluntad popular de las
mayorías, sino blindado
en contra
de esas mayorías. Entre estos ciudadanos que no descansaron hasta
lograr justicia, podemos mencionar a Ezequiel Zamora, Luis Genaro
Mosquera, Guillermo Salas Delfino, Luis Manuel Aguana, María
Mercedes Febres-Cordero, Ludwig Moreno, Bruno Egloff, Alfredo Weil,
María Elena Arenas, Iruña Urruticoechea y
Simonette Pereira, todos los cuales aceptaron brindar sus testimonios
como expertos o como testigos presenciales de hechos irregulares, en
materia electoral, o contribuyeron con Informes o documentación
probatoria. Con estos elementos, un grupo de abogados pudo llevar a
Tribunales e instancias internacionales, estas denuncias, a partir de
2012. Entre estos últimos podemos mencionar a la accionante en este
caso, Adriana Vigilanza y a Marisol Sarria Pietri, Ana Mercedes Díaz,
Theresly Malavé, Vanessa Friedman, Guillermo Prieto, Sonia Guanipa,
Wilmer Jiménez, Gustavo Briceño (lamentablemente fallecido),
Lissette Behrens, Abelardo Izaguirre, y otros más a quienes pedimos
disculpas por no poder mencionar en esta breve nota.
Deseamos
extender nuestra felicitación y agradecimiento especial a los
Magistrados del legítimo TSJ, en el exilio, en especial a su Sala
Electoral y al Ponente, Dr. Domingo Salgado.
¡Empecemos
a construir la nueva Venezuela, de la decencia y transparencia
electoral! ¡Tenemos con qué empezar!
TRIBUNAL
SUPREMO DE JUSTICIA DECLARA NULO EL USO DEL VOTO AUTOMATIZADO PARA
ELECCIONES EN VENEZUELA
La
Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, que con ocasión a
la ruptura del Estado de Derecho en Venezuela despacha desde el
exterior, dictaminó hoy NULO
e INAPLICABLE
el uso del SISTEMA
AUTOMATIZADO DE VOTACIÓN Y ESCRUTINIO
para la elección de los cargos de representación popular de los
poderes públicos, así como para la celebración de los referendos.
Conforme
a lo anterior, los máximos representantes del Poder Judicial que
fueron designados y juramentados por la legítima Asamblea Nacional
le ORDENARON
al Consejo Nacional Electoral (CNE), que con la participación
obligatoria de
las universidades, de los partidos políticos, de los grupos de
electores, de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales y de los
Colegios Profesionales, diseñe e
implemente un sistema de votación y escrutinio fundamentalmente
manual,
con preminencia del voto físico o papeleta electoral, en donde el
uso de la tecnología e informática sea auxiliar y sólo en
beneficio de la celeridad, publicidad, transparencia y eficiencia del
voto, escrutinio y totalización, con el objetivo de recuperar la
confianza pública de los ciudadanos en el sufragio, como la forma
legítima de participación democrática.
La
sentencia DECLARA
igualmente la
inconsistencia del
REGISTRO
ELECTORAL y como
consecuencia,
ORDENA al
CNE,
inicie un proceso de DEPURACIÓN
y ACTUALIZACIÓN
del mismo con la veeduría de la sociedad civil, debiéndose efectuar
las debidas correcciones sobre la identidad de cada ciudadano
venezolano o extranjero habilitado para ejercer el voto;
verificándose
las debidas actas de nacimiento,
actualizándose en la data su lugar de residencia; excluyéndose a
los fallecidos e inhabilitados y generándose un archivo digitalizado
confiable que contenga además de sus datos de identificación, los
registros biométricos y las direcciones de cada elector, el cual
debe estar a la disposición de las organizaciones políticas antes
de la celebración de cada elección.
Finalmente,
se ordenó notificar a la FISCAL
GENERAL DE LA REPUBLICA
a los fines que dé inicio a la investigaciones pertinentes, con el
objeto de establecer la responsabilidad penal de los Rectores del CNE
por los presuntos delitos electorales, conspiración
contra la forma republicana del Estado, violaciones
de tratados internacionales y violaciones a los derechos humanos de
los electores; así como por los delitos que atentan al patrimonio
público con ocasión a la contratación de las empresas SMARTMATIC
y BIZTA,
encargadas del proceso de automatización del actual proceso
electoral venezolano.
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abajo
Sentencia completa del TSJ Legitimo:
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