viernes, 22 de marzo de 2019

El cese de la usurpación lo decide el pueblo venezolano

Por Luis Manuel Aguana

Desde que los medios de comunicación se han interesado en las líneas de este blog siempre me ha preocupado en cómo conciliar lo breve con lo importante. Los medios requieren que las ideas se compacten en pocos minutos, si se trata de programas de radio o televisión, o en pocas líneas si se trata de artículos de prensa escrita o en la red.

Es por eso que sufro mucho cuando al ser invitado a un programa de radio o TV, lo estrecho del tiempo ofrecido, dificultosamente alcanza para incluir todo lo importante de la idea que se quiere transmitir sin que se quede algo por fuera. Sin embargo, a mi me enseñaron en la mejor escuela de negocios de este país que si usted está parado frente a una Junta Directiva para vender una idea, si no lo logra en 5 minutos, entonces es porque no lo tiene claro. Eso siempre me pareció chocante pero el tiempo y la experiencia me hicieron aceptar que el axioma es rigurosamente cierto.

Invitado ayer, extraordinariamente acompañado por la Dra. Blanca Rosa Mármol de León, al prestigioso programa de la mañana de José Domingo Blanco (Mingo) en RCR 750 AM (pueden escuchar el programa en https://youtu.be/5B6Hp59RvBA) a exponer las ideas de mi última nota (ver Conflicto de intereses, en http://ticsddhh.blogspot.com/2019/03/conflicto-de-intereses.html) me sentí como en mis viejos tiempos de ejecutivo: convencer en breves minutos a una audiencia de algo a lo que no se han visto expuestos, sin morir en el intento. Como no me quede completamente convencido de haberlo logrado (estoy algo fuera de práctica), intentaré de nuevo explicar el mensaje.

El mensaje de fondo de mi nota pasada es que los venezolanos y la Asamblea Nacional tenemos un conflicto de intereses. Ellos quieren una cosa y nosotros otra diferente: “Un conflicto de intereses es aquella situación en la que el juicio del individuo -concerniente a su interés primario- y la integridad de una acción tienden a estar indebidamente influidos por un interés secundario, de tipo generalmente económico o personal” (ver Conflicto de interés, en https://es.wikipedia.org/wiki/Conflicto_de_inter%C3%A9s). El juicio de la Asamblea Nacional frente a lo que le pasa a los venezolanos está influido por un interés secundario que hace que la integridad de lo que deben hacer afecte al interés primario que no es otro que el del pueblo que les dio el mandato. Si es de “tipo generalmente económico” como indica la definición, o político o de otra naturaleza, estará por verse.

Los venezolanos queremos una intervención humanitaria basada en un principio de orden internacional (la Responsabilidad de Proteger-R2P) y ellos no. No desean que ingrese la ayuda humanitaria a Venezuela acompañada de una fuerza militar extranjera para que llegue a salvo a su destino, cuando la necesitamos desesperadamente. Han negado en 6 oportunidades consecutivas la propuesta de la Fracción 16J de incluir en la agenda del parlamento el debate para la autorización a misiones militares extranjeras en Venezuela, como lo indica el Artículo 187, numeral 11 de la Constitución. No desean que la Comunidad Internacional ponga fin por la vía de la fuerza a las graves violaciones a los Derechos Humanos en las que está incurriendo el régimen, como lo establece la norma internacional de Responsabilidad de Proteger (R2P), sin que los venezolanos podamos hacer absolutamente nada para impedirlo. Pero como veremos, si podemos hacer algo.

No entremos en el porqué no lo quieren hacer porque ya lo asomé en esa nota (razones de orden político, económico o de otra índole). Sin embargo nosotros somos sus mandantes (DRAE, mandante: 2. m. y f. Der. Persona que en el contrato consensual llamado mandato confía a otra su representación personal, o la gestión o desempeño de uno o más negocios) y ellos son nuestros mandatarios (DRAE, mandatario, ria: 2. m. y f. Der. Persona que, en virtud del contrato consensual llamado mandato, acepta del demandante representarlo personalmente, o la gestión o desempeño de uno o más negocios). Ellos deben hacer lo que les pedimos porque son nuestros representantes. Si no lo hacen, o les quitas el mandato o lo ejerces tú directamente. Eso es lo que dice el Artículo 5 de nuestra Constitución.

El hecho que los venezolanos les hayamos entregado a nuestros Diputados la administración de nuestra Soberanía –que reside intransferiblemente en nosotros- para que la ejercieran indirectamente a través del sufragio, eso no nos impide a recurrir a nuestro Poder Originario y Soberano cuando lo consideremos pertinente a través de los mecanismos que la Constitución establece. Y eso al parecer eso lo están olvidando nuestros mandatarios cuando no se dejan ayudar por la ciudadanía para lograr el “cese de la usurpación” de Nicolás Maduro Moros. Parece que hemos llegado al momento de recurrir a ese Poder Originario que nos pertenece.

Desde la Alianza Nacional Constituyente Originaria-ANCO hemos formulado una propuesta a nivel nacional e internacional de recurrir al ejercicio directo de la Soberanía que reside intransferiblemente en el pueblo de Venezuela para dar cese inmediato de la usurpación del poder que ejerce Nicolás Maduro Moros, a través de los medios que nos concede la Constitución a través del Articulo 70: Una Consulta Popular conducida por la sociedad civil como medio de participación (ver Manifiesto Ciudadano para la Consulta Mundial, en http://ancoficial.blogspot.com/2019/03/comunicado-anco-manifiesto-ciudadano.html). La hemos llamado Consulta Mundial porque incluiría a todos los venezolanos alrededor del mundo que se han expatriado como consecuencia de la ruina a la que ha llevado el régimen a Venezuela. De allí que concluyamos a que el cese de la usurpación lo decide el pueblo venezolano, consigna principal de nuestra iniciativa.

No hay otra manera de expresar la Soberanía. No es una encuesta, ni la percepción de la Comunidad Internacional –aunque sea evidente-, incluyendo a los países que acompañan al régimen, de que no queremos al régimen de Nicolás Maduro Moros. Es la autorización precisa de todo un pueblo para que puedan ingresar al territorio en base a una normativa humanitaria (R2P) acordada en la Cumbre de la ONU del 2005, y firmada por Venezuela, para que detengan el exterminio del que somos víctimas por el régimen usurpador y lo supriman, para permitir el desarrollo ulterior de un Gobierno de Transición y Elecciones Libres. Esto tiene un efecto movilizador de la sociedad demoledor.

Esta situación no ha ocurrido NUNCA en el mundo. Es inédita. Lo que ha ocurrido en el pasado es que la Comunidad Internacional evalúa si intervienen o no de acuerdo con su apreciación de la situación del país evaluado. Nunca antes se ha visto que un país en su conjunto emita un S.O.S. utilizando el poder que les da su Constitución, con las pruebas en la mano de que se cubren los extremos de la normativa humanitaria. Tenemos ese Poder y debemos usarlo. Esta iniciativa de ANCO fue mencionada por el Embajador Diego Arria en su intervención en el Foro de la OEA “Responsabilidad de Proteger en las Américas” como la solicitud de auxilio de todo un pueblo (ver @Diego_Arria en Conferenecia de #OEA y @StanleyFound sobre Responsabilidad de Proteger en las Américas https://t.co/HgqLaS65lh).

Les sería muy cuesta arriba a ningún país negarnos esa ayuda, incluyendo a Rusia y China, en el ámbito del Consejo de Seguridad de la ONU. Es el mismo pueblo que está gritando por asistencia. Y si ellos no la dan, aun siendo su obligación moral y política, no será porque no la hayamos solicitado. Y tenemos que pedirla directamente.

Esta no es una consulta dirigida hacia adentro del país. Es una consulta con claros matices internacionales, pero que la deciden los venezolanos –aquí y afuera-, dueños absolutos de la Soberanía. El Presidente Encargado Juan Guaidó debería apoyar esta iniciativa de la Sociedad Civil, no solo porque le ayudaría a acelerar cívicamente y a través de un mecanismo indudablemente democrático, el primer paso de la trilogía: “el cese de la usurpación”, sino porque sería un mandato claro del pueblo expresado en un proceso consultivo de estas características frente a la propuesta de unas elecciones amañadas y negociadas con un régimen usurpador.

El Estatuto de la Transición aprobado por la Asamblea Nacional establece como Actuación de la Asamblea Nacional en el marco de dicho Estatuto, en su Artículo 16, Numeral 6: “Articular acciones con la sociedad civil para promover mecanismos de participación ciudadana que legitimen el proceso de transición democrática y favorezcan la cesación de la usurpación de los poderes presidenciales por parte de Nicolás Maduro Moros”. La misma Asamblea está obligada a articular acciones con nosotros para lograr el “cese de la usurpación”. ¿Qué mejor iniciativa que convocar al pueblo a ejercer su Soberanía mediante los mecanismos de participación ciudadana previstos en la Constitución? ¿Cómo podría estar Juan Guaidó en desacuerdo con eso?

Esta Consulta Mundial difícilmente podría considerarse un obstáculo para lograr el objetivo que nos es común, esto es, el “cese de la usurpación”…a menos que los ciudadanos Diputados tengan objetivos diferentes a los de sus mandantes, en cuyo caso siempre se impondría la Soberanía Popular por encima de aquellos que todavía insisten en traicionar el mandato que se les ha confiado, ya sea por intereses de orden político o económico o de otra índole...

Caracas, 22 de Marzo de 2019

Twitter:@laguana

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