jueves, 24 de septiembre de 2020

El discurso de Guaidó y las condiciones necesaria y suficiente

Por Luis Manuel Aguana

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“Las condiciones necesarias no expresan una relación causal entre antecedente y consecuente: la presencia de oxígeno no es causa de vida, sino un requisito necesario. Las condiciones suficientes pueden expresar una relación causal, pero no necesariamente: existe una relación de causa y efecto entre comer pescado en malas condiciones y enfermar, pero no entre los fenómenos que se indican en la frase «si sale el sol iremos de paseo». Las condiciones que son a la vez necesarias y suficientes se interpretan como causales. Al menos una de sus interpretaciones define causa como «el conjunto de condiciones necesarias y suficientes para que algo se produzca»”. (ver Condición necesaria y suficiente, Enciclopaedia Herder, https://encyclopaedia.herdereditorial.com/wiki/Condici%C3%B3n_necesaria_y_suficiente).

 

Haciéndolo más sencillo de entender con un ejemplo simple, es condición necesaria que usted tenga un carro para ir de Caracas a Valencia (suponiendo que desee ir cómodamente en carro a Valencia, por supuesto), pero no suficiente. Requiere además que alguien sepa manejar el vehículo, y tenga gasolina (condición que últimamente no se da en Venezuela). Entonces ese viaje solo se producirá en carro cuando efectivamente se den las condiciones necesarias (el carro) y suficientes (el chofer y la gasolina), como lo señala el concepto arriba señalado. Puede haber otras condiciones suficientes (cauchos en buen estado, aceite, agua, buenas condiciones mecánicas, etc.) pero para los efectos de la explicación es, valga la redundancia, suficiente, para entender la diferencia y la propuesta.

 

El hecho que el Presidente Encargado haya propuesto a la Comunidad Internacional en su discurso dirigido a las Naciones Unidas un curso de acción político basado en el reciente Informe independiente ordenado por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU (ver Conclusiones detalladas de la Misión Internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela https://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil/FFMV/A_HRC_45_CRP.11_SP.pdf) no significa que esta condición sea suficiente para lograr la salida del régimen de Nicolás Maduro Moros. Lo digo porque ya los mensajes en las redes sociales apuntan a que como ya el Presidente Encargado solicito formalmente la ayuda de la Comunidad Internacional fundamentado en la Responsabilidad de Proteger (R2P) de las naciones, establecido por acuerdo de la ONU en el 2005, eso es más que suficiente para irnos todos a La Guaira a esperar el desembarco de los marines o los cascos azules de la ONU, sin hacer mas nada. Y esto está completamente alejado de la realidad.

 

Y lamentablemente eso es producto de una campaña atronadora que indica que como “solos no podemos” todo el peso de esta ecuación para el desplazamiento del régimen se encuentra fuera de Venezuela. ¡Claro que esta fuera de Venezuela, pero como condición necesaria pero no suficiente! En este caso los crímenes de lesa humanidad, bien fundamentados en el último informe del Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre Venezuela, la situación de Estado narco terrorista y forajido que conduce Nicolás Maduro Moros, son las condiciones necesarias pero no suficientes para que el régimen caiga. Si fuera por condiciones necesarias no estuviéramos hablando de esto ahora, faltan las suficientes.

 

Si no fui yo el primero en introducir el tema del R2P en el contexto de la historia triste de nuestro país desde ya hace 20 años, al menos si fui uno de los primeros (y disculpen la primera persona que ya de hecho está indicada en este blog) cuando describí que era eso hace exactamente 2 años (ver del 24/09/2018, De la intervención humanitaria a la Responsabilidad de Proteger, en https://ticsddhh.blogspot.com/2018/09/de-la-intervencion-humanitaria-la.html). Indicaba que no estamos ante una discusión de los términos sino ante un nuevo concepto de cómo se debe entender en la actualidad la soberanía en un contexto globalizado del respeto a los Derechos Humanos. Hablar de “Responsabilidad de Proteger” nos lleva a discutir la responsabilidad de los Estados de proteger a sus ciudadanos, y si estos no lo hacen por acción u omisión, la obligación de la Comunidad Internacional de intervenir con fines de la protección humana.

 

El R2P comenzó a estar presente en las redes sociales, medios de comunicación y opinadores políticos nacionales a raíz de los sucesos de febrero de 2019 con la entrada de la ayuda humanitaria a Venezuela. El 7 de Febrero de 2019 precisé en un programa de radio el porque la ayuda humanitaria si podía entrar a Venezuela en la aplicación del mismo principio (R2P), al haber el régimen cerrado la frontera con Colombia en el Puente Tienditas. Eso lo reseñe en una nota de la misma fecha (ver el R2P o porqué la ayuda humanitaria si puede entrar a Venezuela, en https://ticsddhh.blogspot.com/2019/02/el-r2p-o-porque-la-ayuda-humanitaria-si.html).

 

Pocos días después, el 11 de Febrero de 2019, y a raíz de esa situación, como miembro en ese entonces de la Alianza Soy Venezuela, hicimos pública esa misma posición exhortando a la activación inmediata de la Responsabilidad de Proteger (R2P) de la Comunidad Internacional (ver Comunicado de Soy Venezuela del 11 de Febrero de 2019, #SoyVenezuela exhorta a la activación inmediata de la Responsabilidad de Proteger (R2P) de la Comunidad Internacional, en https://twitter.com/SoyVenezuela/status/1094971750394286080).

 

De manera que no es de ahora que estamos buscando que se active ese principio internacional aprobado en la Cumbre Mundial de la ONU 2005: La aceptación clara e inequívoca de todos los gobiernos de la responsabilidad colectiva internacional de proteger a las poblaciones del genocidio, los crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad. La disposición a tomar medidas colectivas de manera oportuna y decisiva para tal fin, por conducto del Consejo de Seguridad, cuando los medios pacíficos demuestren ser inadecuados y las autoridades nacionales no lo estén haciendo manifiestamente (Ver Documento Final de la Cumbre de 2005, en https://www.un.org/spanish/summit2005/fact_sheet.html) (resaltado nuestro).

 

Quería establecer con esta secuencia que el Gobierno Encargado es el último pero el más importante en pronunciarse en relación a la aplicación necesaria y urgente de este principio humanitario internacional fundamental en Venezuela, con este discurso del Presidente Encargado Juan Guaidó. Pero no es de ninguna manera suficiente.

 

Los venezolanos debemos continuar en la lucha ciudadana aun cuando pareciera que este principio es suficiente para la salida del régimen, y no lo es. De hecho la Responsabilidad de Proteger que tienen los países es una obligación de carácter moral, no es obligatoria y depende fundamentalmente de la correlación de fuerzas políticas inclinadas hacia la aplicación de la fuerza en nuestro país, lo que hasta ahora no ha sido favorable, aunque no descartable. La Responsabilidad de Proteger (R2P) tiene como único ejecutor responsable el Consejo de Seguridad de la ONU.

 

¿Cuándo comenzaría a ser posible que la Comunidad Internacional de un paso en esa dirección? En ANCO estamos convencidos, así como muchas personalidades en todo el país firmantes de las proclamas que se han hecho públicas hasta ahora en 10 entidades federales de Venezuela (ver ANCO Proclamas de Venezuela por una Consulta Popular Vinculante, en https://ancoficial.blogspot.com/2020/08/comunicado-anco-proclamas-de-venezuela.html) que la condición suficiente se dará cuando el mismo Depositario de la Soberanía sea quien exprese su mandato claro para la expulsión del régimen, ordenando mediante una Consulta Popular Vinculante, el Cese de la Usurpación en Venezuela y la instalación de un Gobierno de Transición que realice elecciones libres y transparentes.

 

De no cumplirse ese mandato las condiciones necesaria y suficiente se completarían para provocar la materialización de la solución de fuerza, porque ya operaría el cumplimiento de otro principio mucho más arraigado en la Comunidad Internacional como lo es la Autodeterminación del Pueblo de Venezuela de decidir su destino. Ningún país por más que sea socio del régimen podría oponerse a ese principio en la ONU y su Consejo de Seguridad. El discurso de Guaidó solicitando el R2P fue solo la condición necesaria, falta ahora la condición suficiente de las manos del Pueblo de Venezuela para alcanzar la libertad…

Caracas, 24 de Septiembre de 2020

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domingo, 20 de septiembre de 2020

Crímenes de Lesa Humanidad, lo que faltaba de un informe de DDHH de la ONU en Venezuela

Por Luis Manuel Aguana

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Difícilmente podía pasar desapercibido el informe emitido por la Misión Internacional Independiente establecida por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU acerca de la situación de los Derechos Humanos en Venezuela (ver A/HRC/45/CRP.11, Cuadragésimo quinto período de sesiones, Consejo de Derechos Humanos, 14 de Septiembre a 2 de octubre de 2020, tema 4 de la agenda, Las situaciones de derechos humanos que requieren la atención del Consejo, Conclusiones detalladas de la Misión Internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela https://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil/FFMV/A_HRC_45_CRP.11_SP.pdf).

El Informe fue especialmente minucioso en su relato de los sucesos políticos acaecidos en Venezuela a partir del 2014, a diferencia de los previos informes a los que nos tenia acostumbrado el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, donde por primera vez vemos en blanco y negro que el régimen de Nicolás Maduro Moros ha cometido delitos de Lesa Humanidad previstos en el Estatuto de Roma:

2084. Las violaciones y los crímenes documentados en el presente informe corresponden a conductas que pueden calificarse jurídicamente, en virtud del artículo 7 del Estatuto de Roma, como crímenes de lesa humanidad de asesinato, encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales del derecho internacional, tortura, violación o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable, desaparición forzada3645 de personas y otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o lesiones graves al cuerpo o a la salud mental o física”. (Pág. 433)

Asimismo la Misión independiente establece el carácter de “sistemático” de los crímenes cometidos. Es muy importante precisar que si hay algo que ha sido complicado de demostrar de manera independiente es que los actos que ha realizado el régimen en contra de los venezolanos son parte de “un ataque generalizado o sistemático contra la población civil y con conocimiento de dicho ataque”, tal y como lo establece el Artículo 7 del Estatuto de Roma, creador de la Corte Penal Internacional, como definición de Crímenes de Lesa Humanidad (ver Estatuto de Roma https://www.oas.org/36ag/espanol/doc_referencia/Estatuto_Roma.pdf):

2086. Como se detalla más adelante, la Misión tiene motivos razonables para creer que la mayoría de las violaciones y los crímenes documentados en el presente informe se cometieron en el marco de un ataque generalizado y sistemático dirigido contra una población civil, con conocimiento del ataque, de conformidad con una política estatal o en apoyo de ella. En relación con estos crímenes, la Misión tiene motivos razonables para creer que en Venezuela se cometieron crímenes de lesa humanidad en el periodo examinado”. (Resaltado nuestro, Pág. 434)

Efectivamente, ni en el Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos relativo a la observación de los Derechos Humanos en Venezuela publicado en Agosto de 2017, titulado “Violaciones y Abusos de los derechos humanos en el contexto de las protestas en la República Bolivariana de Venezuela de 1 de abril al 31 de julio de 2017” (ver Informe completo en español en http://www.ohchr.org/Documents/Countries/VE/HCReportVenezuela_1April-31July2017_SP.pdf), así como tampoco en el Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los Derechos Humanos en la República Bolivariana de Venezuela (ver Consejo de Derechos Humanos, 41º período de sesiones, 24 de junio-12 de julio de 2019, Tema 2 de la Agenda, Informe anual de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos e informes de la Oficina de la Alta Comisionada y del Secretario General, https://www.ohchr.org/EN/HRBodies/HRC/RegularSessions/Session41/Documents/A_HRC_41_18_SP.docx) figura por ningún lado la frase ni la referencia de que en Venezuela se estuvieran cometiendo crímenes de lesa humanidad, tal y como está establecido en el Estatuto de Roma y motivo para una calificación de delito penal contra quienes detentan el poder en Venezuela. A partir de este nuevo Informe de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU se establece esa diferencia. Esto marca un hito fundamental a partir del cual la ONU no podrá hacerse indiferente y puede ser el inicio real de un cambio de la política de todos los Estados en la situación de Venezuela.

De acuerdo al Artículo 13 del Estatuto de Roma, son tres los entes competentes para iniciar un proceso en la Corte Penal Internacional, CPI: a) Un Estado firmante del Estatuto; b) El Consejo de Seguridad de la ONU; y c) el Fiscal de la CPI por oficio “sobre la base de información acerca de un crimen de la competencia de la Corte” (Artículo 15.1 Estatuto de Roma) (ver Sobre la instrucción del proceso penal ante el Tribunal Penal Internacional http://perso.unifr.ch/derechopenal/assets/files/articulos/a_20080521_90.pdf).

Luego de muchos años y múltiples denuncias realizadas por venezolanos ante la Corte Penal Internacional, no fue sino hasta el 27 de septiembre de 2018 que la CPI admitió la denuncia de los gobiernos de Argentina, Chile, Colombia, Paraguay, Perú y Canadá, quienes como Estados Parte, de acuerdo a los Artículos 13 y 14 del Estatuto de Roma, solicitaron a la fiscalía de la Corte Penal Internacional que investigara los crímenes de lesa humanidad y abusos a los derechos humanos ocurridos en Venezuela desde el 12 de abril de 2014 bajo el gobierno de Nicolás Maduro Moros. A partir de allí la burocracia de la CPI comenzó a moverse y a registrar el proceso en el siguiente paso formal hacia una posible apertura de investigación para un juicio en la Sala de Cuestiones Preliminares (ver CPI, Situación en la República Bolivariana de Venezuela I, en https://www.icc-cpi.int/venezuela).

Ahora bien la misma Corte indica en la Situación de Venezuela que “La remisión de un Estado Parte no conduce automáticamente a la apertura de una investigación. La recepción de una remisión puede acelerar el proceso de apertura de una investigación solo en la medida en que el Estatuto no requiera la revisión judicial de la decisión del Fiscal de abrir una investigación”. En otras palabras que si la Fiscal engaveta el proceso allí se queda. Este nuevo Informe de la ONU puede hacer que sea imposible que la Fiscal de la CPI ignore esta situación a todas luces escandalosa para la Corte Penal Internacional.

La apertura de una investigación deberá ser el paso obligado de la Corte Penal Internacional luego del señalamiento explícito de haberse cometido crímenes de Lesa Humanidad en Venezuela y establecer quiénes son los responsables de tales crímenes. El Informe apunta a los principales mandos políticos y militares del régimen de Nicolás Maduro Moros:

273. Un patrón común que apareció en casi todos los casos investigados fue que altos funcionarios del Gobierno, incluidos el Presidente Maduro, Diosdado Cabello y Tarek El Aissami, asi como el Fiscal General Tarek William Saab, hicieron declaraciones públicas en referencia a las detenciones, ya sea poco antes o poco después de que se produjeran, y comentaron sobre la responsabilidad penal de los y las imputados. Un ex funcionario del SEBIN dijo a la Misión que la información que recopila Diosdado Cabello se recibe de la dirección de contrainteligencia del SEBIN. La Misión considera que estas declaraciones dañan la presunción de inocencia y podrían afectar la independencia judicial, en violación del artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. (Pág. 85)

312. La Misión observa que esas declaraciones perjudicaron la presunción de inocencia y además ejercieron presión sobre los agentes judiciales, en violación de los párrafos 1 y 2 del artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Entre los representantes del Gobierno que formularon declaraciones con frecuencia se encontraban el Presidente Maduro, Diosdado Cabello (en su programa de televisión Con el Mazo Dando); el Ministro de Comunicaciones, Jorge Rodríguez Gomez; el Ministro de Defensa, Vladimir Padrino Lopez; y/o el Ministro del Interior, Néstor Reverol. (Pags. 92-93).

2023. Por las razones expuestas, la Misión tiene motivos razonables para creer que quienes ocupan los más altos cargos de poder en relación con las OLP/OLHP, en particular el Presidente, el Ministro del Interior y el Ministro de Defensa, contribuyeron a la comisión de las violaciones y los crímenes ocurridos durante las operaciones entre julio de 2015 y julio de 2017. Durante el periodo de las OLP, los Ministros del Interior fueron Gustavo González López (entre marzo de 2015 y agosto de 2016) y Néstor Reverol Torres (desde agosto de 2016 hasta la fecha). Desde octubre de 2014, el General Vladimir Padrino López es Ministro de Defensa, sustituyendo a la Almirante Carmen Meléndez Teresa Rivas (2013-2014). (Pág. 421)

Esto debería ser más que suficiente para que la Fiscalía de la CPI inicie su investigación con la información de esta Misión Independiente de la ONU. La miembro de la Misión Marta Valiñas, de Portugal, indicó que la “Corte Penal Internacional «debería considerar la posibilidad de emprender acciones legales» contra los responsables de estos crímenes de lesa humanidad.” (ver PanamPost El silencio absoluto de la Corte Penal Internacional ante crímenes de Maduro, en https://es.panampost.com/sabrina-martin/2020/09/17/el-silencio-absoluto-de-la-corte-penal-internacional-ante-crimenes-de-maduro/). Difícilmente creo que se pueda decir o investigar algo más de los crímenes cometidos por el régimen, salvo que los agraven. El resto queda para la justicia internacional, si es que la Corte Penal Internacional nos da justicia a todos los venezolanos, que hemos sido y seguimos siendo víctimas de Nicolás Maduro Moros…

Caracas, 20 de Septiembre de 2020

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miércoles, 16 de septiembre de 2020

Sucesión conveniente

Por Luis Manuel Aguana

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Ciertamente las acusaciones por manejos de corrupción realizados recientemente en contra del Gobierno Encargado de Juan Guaidó en la recuperación de activos de la República, no ayudan en forma alguna a la materialización de la Ruta anunciada para la recuperación del país. Los ataques, justificados o no, de la poca eficiencia del Gobierno Encargado para concretar el Cese de la Usurpación desde su anuncio en febrero de 2019, están haciendo mella como un ácido corrosivo en la estabilidad de la única estrategia nacional e internacional que ha sido exitosa en contra del régimen de Nicolás Maduro Moros. Y este último esta muerto de la risa con eso.

Con esto no estoy saliendo en defensa de algo que a todas luces hay que investigar, sino de lo que al parecer se esconde detrás, que no es otra cosa que la sucesión del poder en Venezuela. Desde el mismo momento en que la Asamblea Nacional aprobó el Acuerdo para la Transición, los partidos políticos que aprobaron la Presidencia Encargada de Juan Guaidó no lo querían en el poder por mas de 30 días. Aunque eso varió posteriormente con la versión definitiva del Acuerdo llevándolo hasta un año, ese espíritu de inmediatez privó en todos los jefes políticos. ¿Cómo era posible que un joven que cayo de arriba, por obra de una ruleta política que solo existe en Venezuela, ocupara un sitial que solo les corresponde a ellos? ¡Solo el tiempo mínimo necesario, no más! Y eso no ha cambiado un milímetro desde ese entonces, sin importar que pase con los venezolanos.

El problema principal no era entonces salir del régimen a la brevedad posible sino quien se alzara con el poder después. Y si alguno de esos jefes políticos no esta de acuerdo con esa sucesión, entonces preferirá que Maduro se quede en Miraflores hasta que exista una sucesión conveniente a sus intereses. Y al carajo con los venezolanos...

Siento que lo que está pasando con Guaidó en este lodazal donde se mueve la corrupción y el ajedrez de la sucesión política, gira realmente alrededor de un hecho fundamental: quien hará la transición. De eso dependerá el futuro político de mucho cadáver insepulto de la vieja política que no quiere irse todavía. La corrupción se utiliza con una doble finalidad: ensuciar al Gobierno Encargado para que no pueda realizar lo que tiene la obligación de hacer con los venezolanos, que no es otra cosa que salir de Maduro, y por otro lado hacerse con unos reales para financiar las aspiraciones de quien está detrás moviendo las piezas de esa estrategia. “Doble play”, como dicen en el béisbol.

Con esto no estoy diciendo que no se hagan las denuncias, sino que sepamos realmente a quien benefician esos actos y porqué. ¿A los venezolanos nos conviene reventarle el espinazo a la Presidencia de Guaidó? Yo creo que sería suicida y una estupidez de marca mayor. Es como pedirle a la rana que nos ayude a cruzar el rio y en el medio del camino picarla como el alacrán. Eso nos hundiría a todos.

De todos aquellos que disparan a cabeza de la Presidencia Encargada no hay ninguno que les diga a los venezolanos con qué la reemplazamos, y con qué nos quedamos si acabamos de manera “autosuicida” con la Presidencia de Guaidó. Se solazan gritando que hay corruptos - que los hay – y que no se ha cumplido el Cese de la Usurpación, sin proponer otra cosa más allá de una intervención armada porque “solos no podemos”. Y yo me pregunto, ¿con ellos a la cabeza? ¡Claro! Ni pendejos que fueran. Y cuando el Gobierno Encargado por fin oye una propuesta de la sociedad civil para materializar esa promesa, entonces patean también la solución porque Guaidó la acogió. ¿Y entonces? ¿Donde quedamos los venezolanos en ese cuadro de egolatría patética?

Ya va llegando la hora en que los venezolanos, y en especial la dirigencia política, escojamos entre Maduro y Guaidó. Y si escogemos a Guaidó entonces pongamos seriamente todo nuestro esfuerzo con él para salir de Maduro. Las opciones se agotaron y solo disponemos de esa rana para cruzar el río, aunque no nos guste. No la apuñalemos por la espalda en el medio del río por razones subalternas porque nos ahogaremos todos.

He sido un duro crítico de la gestión del Presidente Encargado precisamente por la manera en que accedió a la presidencia y quienes le acompañan. Muchos de ellos son enemigos de su éxito por las razones expuestas. Pero ha llegado el momento de decidir ayudar proponiendo cosas concretas que se puedan hacer posibles para que ese camino se haga mas expedito y fácil. Daré un ejemplo claro. Hubo 37 organizaciones políticas que firmaron el Pacto Unitario por la Libertad y Elecciones Libres, y todos los representantes de esos partidos estuvieron presentes en el anuncio. Sin embargo, aun no he visto el primero de ellos que públicamente haya dado su respaldo y le haya bajado a su militancia en todo el país los lineamientos para el cumplimiento de ese Pacto después de más de una semana de anunciado. ¿Desidia política? ¿Pasando agachados por si Guaidó fracasa? A estas alturas el país entero y la diáspora, partidos y sociedad civil organizada, deberían estar movilizándose y organizándose en función de ese Pacto. Ya nuestra gente en ANCO en todo el país lo está haciendo para hacer efectiva esa Consulta Popular que hemos propuesto y que ha sido anunciada. No es solo retórica, es acción.

He insistido en que la propuesta de ANCO, acogida por el Presidente Encargado Juan Guaidó, es una propuesta de la Sociedad Civil, NO del Gobierno Encargado. Su éxito o fracaso depende de nosotros, en el entendido que el Gobierno Encargado la acoja como se le planteó, y no una versión distorsionada de ella por intereses ajenos a los de Venezuela, que no sea producto de un acuerdo seriamente discutido y decidido entre la sociedad civil y la dirigencia política del Gobierno Encargado. Solo así tendrá la credibilidad suficiente para que los venezolanos acudan a ella. ¡Todos nos estamos jugando el país!

En noviembre del año pasado ante una denuncia hecha en los medios por actos de corrupción del Gobierno Encargado insistí que sería imposible reconstruir a Venezuela si la dirigencia que pretende sustituir al régimen es exactamente igual o peor que la de él (ver El único camino de Juan Guaidó, en https://ticsddhh.blogspot.com/2019/11/el-unico-camino-de-juan-guaido.html). Decía que es una matemática muy sencilla y una norma básica de gerencia ejecutiva: no compondrás lo que se estropeó utilizando a quienes lo echaron a perder.

La corrupción será un mal que estará siempre presente a pesar de la mejor disposición de combatirla. La diferencia tiene que estar en la determinación de exterminarla que tenga quien conduzca. Cuando el Dr. Ramón J. Velásquez, un personaje de innegable condición ética y moral, ocupo la Presidencia Encargada de la República se vio envuelto en un escándalo de corrupción por el indulto a un narcotraficante, proveniente de su propia firma. Inmediatamente el Dr. Velásquez tomo las acciones necesarias derogando el decreto de indulto y realizando una investigación que comprometía a su propio hijo. Esa es una determinación que debe existir en cualquiera que ocupe esa alta Magistratura, pero que también entienda lo que supone su conducta en épocas donde esta de por medio la vida de la República.

A Guaidó no le queda otra decisión que seguir el camino de Ramón J. Velásquez, y dar muestras indiscutibles de un cambio de rumbo a la población para demostrar que la sucesión que representa es la mas conveniente, no solo a los políticos que buscan hacer leña de un árbol tambaleante, sino para los venezolanos que han ido paulatinamente perdiendo la confianza en que su liderazgo pueda conducir a los cambios que el país reclama. Si logra eso los cambios no se harán esperar...

Caracas, 16 de Septiembre de 2020

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miércoles, 9 de septiembre de 2020

Una solución institucional

Por Luis Manuel Aguana

La cita del texto clásico de Juan Ignacio Jiménez, Política y Administración [1] que se me quedo para siempre fue la diferenciación entre lo institucional y lo político: “…La acción de gobierno no es función administrativa, sino intrínsecamente política, en el sentido más vulgar del arte de lo posible y en el más técnico de asignación autoritaria de prioridades, de acuerdo a la captación por el gobernante de las demandas del grupo gobernado. Se administran Instituciones y se gobiernan sectores…”. La institucionalidad sabe que es lo que hay que hacer, y su deber es acompañar a los políticos para determinar cuándo, dónde y en qué proporción aplicar la acción del Estado (o no aplicar ninguna acción), que es el trabajo de quienes ejercen el gobierno. Es por eso que los políticos deben respetar las instituciones porque por definición son ellos los que están de paso aunque detenten el poder, mientras que las instituciones son las que se quedan y deben prevalecer.

Se preguntarán porque traje a colación este clásico. Lo hago porque en este punto tenemos que separar, aunque sea difícil para mucha gente, lo institucional de lo político. ANCO ha propuesto a los políticos y al país una solución institucional, que de observarse con la rigurosidad y control técnico necesarios, puede desplazar al régimen de Nicolás Maduro Moros y sus delincuentes, obteniendo el objetivo político que todos buscamos de salvar a Venezuela. Pero para lograr que se haga realidad ese objetivo, la sociedad civil  DEBE ESTAR PRESENTE EN TODO EL PROCESO como condición "SINE QUA NON" (condición si la cual no) para que todo funcione como está planteado, obedeciendo a los intereses de los venezolanos.

Sin la participación ACTIVA de la sociedad civil, la solución planteada a los políticos desde la esfera de lo civil no funcionara y fracasará, porque los intereses que se mueven en los círculos políticos históricamente se han antepuesto a los intereses de la gente. Si los políticos deciden dejar fuera a la sociedad civil en la solución del problema político de los venezolanos, muy posiblemente el esfuerzo que hemos hecho se perderá. Esto no es una premonición ni una profecía auto-cumplida sino una experiencia que los venezolanos hemos pagado con sangre desde hace 20 años.

Por otro lado, es bueno recordarles a los críticos feroces de la solución de la Consulta Popular Plebiscitaria y Vinculante, que este NO ES UNA PROPUESTA DE JUAN GUAIDÓ SINO QUE NACE DE LA SOCIEDAD CIVIL, aunque él y su Gobierno Encargado le hayan dado su aval político. Esto es para aquellos que insisten en atacar la solución porque supuestamente viene de él. NO ES ASI, viene de la sociedad civil. De allí que haya que invertir la pirámide en la toma de decisiones. Solo los venezolanos seremos capaces de sobreponernos a nuestros propios males. Nadie lo hará por nosotros aunque digamos mil veces que “solos no podemos”.

El giro que tiene que darse en esta nueva etapa de la ruta para la recuperación de la libertad en Venezuela no pasa ni por Guaidó, ni por María Corina, ni por Capriles (quien últimamente trata de resucitar desesperadamente) sino que PASA POR LA DECISION DE TODOS LOS VENEZOLANOS. Es por eso que aquel político que entienda que esta no es su hora sino la de los ciudadanos, y coadyuva a que eso sea así, habrá dado con la clave de su futuro político.

Pero como bien dice el dicho popular, el demonio no descansa. Una vez anunciado el Pacto Unitario por la Libertad y Elecciones Libres donde se fija el camino para la realización de una Consulta Popular Vinculante a los venezolanos, saltaron las voces que al ver que ya no es posible parar esa consulta dicen ahora, como en el 2017, que la Consulta “no es vinculante”.

A todos esos señores les sugiero que se lean los Artículos 5, 62, 70 y 326 de la Constitución acerca del ejercicio directo de nuestra Soberanía y la responsabilidad de la sociedad civil en los asuntos del Estado. ¿Qué parte del Artículo 5 que garantiza el ejercicio directo de la soberanía no entendieron los que dicen que la participación, y más aun, la decisión de un pueblo, “no es vinculante”? Toda participación establecida en las formulas mencionadas en el Artículo 70 SI SON VINCULANTES.

Y tiene que ser así por la estrecha articulación entre los artículos 5 y 70: Artículo 5: “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta constitución y en la ley…”; y Artículo 70: “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político…., y en lo social y económico…”. El Artículo 5 define quien es el dueño de la soberanía y como la puede ejercer de manera DIRECTA, y el Artículo 70 cuales son los medios establecidos para ejercerla en lo político, social y económico. ¿Cómo alguien que simplemente lea esa Constitución puede decir que no es vinculante lo que el pueblo decida cuando emita un mandato categórico en una Consulta Popular? Esa mamarrachada que inventaron los políticos para no hacer efectivo el mandato del pueblo el 16 de Julio de 2017 porque “la consulta no era vinculante” fue un engaño que le hicieron a los venezolanos porque habían negociado con el régimen de Nicolás Maduro Moros.

Ahora dicen que la Consulta Popular que se decidió en la ejecución del Pacto Unitario por la Libertad y Elecciones libres “no es vinculante” para despachar con un argumento espurio que el pueblo no se pronuncie y decida qué hacer con este régimen narco delincuente. Pues si es vinculante y los venezolanos deben saberlo a los fines de ejercer plenamente su derecho a expresarse en una Consulta Popular para decidir el futuro de Venezuela.

Este es quizás el mejor momento para que los venezolanos comencemos a ejercer nuestra ciudadanía. De allí que insistamos en intervenir cuando lo político ha sido sobrepasado por la crisis aplicando una solución institucional de protagonismo ciudadano. Nuestra participación está bien definida y escrita en una Constitución de la que soy el primero en insistir que es necesario cambiar, pero que también me atrevo a decir que muchos no se han leído bien. Ya es hora que sean los ciudadanos los que pasen al frente de las decisiones y comencemos a tomar las riendas de esta crisis…

Caracas, 9 de Septiembre de 2020

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[1] Juan Ignacio Jiménez, Política y Administración, Cap 2. Modelo Tridimensional: Instituciones, Sectores y Sistemas, 1970.

domingo, 6 de septiembre de 2020

Supervivencia grancolombiana

Por Luis Manuel Aguana

Describí la situación política de finales de 1824 en la República creada por el Libertador, la Gran Colombia, antes de la separación de los países hermanos, Colombia y Venezuela (ver Una solución grancolombiana, en https://ticsddhh.blogspot.com/2019/12/una-solucion-grancolombiana.html). Tal vez esto haya que repetirlo muchas veces dada la delicada situación política de la Venezuela de 2020. La corriente principal de los partidos políticos apuntaba a echar para atrás la independencia –¡aunque ustedes no lo crean!- queriendo regresarse a España; la segunda corriente impulsaba una federación entre la Nueva Granada y Venezuela; y la minoría todavía apoyaban el proyecto grancolombiano de El Libertador. Lo que finalmente prevaleció fue la separación de nuestros países, como la solución política que se albergaba en los corazones de Páez y Santander. Nadie daba un centavo por el proyecto grandioso de Bolívar, y por lo que luchó hasta su muerte en Santa Marta.

Tal vez si se le hubiera preguntado a la unión grancolombiana que pensaban ellos que se debía hacer después de tanta sangre derramada, las cosas podrían haber sido diferentes. Creo que si hubiera sido posible consultarle al pueblo esa separación, mucha gente se hubiera preguntado si era más fácil o mas difícil reconstruir toda una nación destruida por una guerra, unidos o separados, y el resultado hubiera sido sorprendente. Tal vez se les pudo vender a los grancolombianos en ese momento que más prometedor era un futuro unido. Pues bien, los políticos de ese entonces decidieron la cosa con la sangre derramada de ambos pueblos durante los años de la Independencia. No había otra forma de hacerlo en esa época, y el resto es historia.

Las presentes generaciones de venezolanos y colombianos tienen la gran ventaja de una historia común. De aprender de los errores que hemos cometido por separado para no cometerlos cada uno de su lado. Se ha dicho en Colombia que hasta que se resuelva el problema de Venezuela no se resuelve el problema en Colombia. Hoy puedo añadirle a eso la afirmación al revés: hasta que se resuelva el problema en Colombia, los venezolanos no veremos una solución definitiva del problema en Venezuela. Me atreví a decir en esa nota que el tamaño de la crisis que padecemos requiere de un genio como el de El Libertador, quien definitivamente era nuestro factor unitario, y que entre ambos países debemos formular una solución conjunta para realizar lo que sea necesario para desmontar la mafia delincuencial y terrorista que abate a nuestras naciones. Que aunque ambas naciones políticamente se hayan separado en 1830, los problemas siguen siendo comunes en diferentes escalas y requieren de soluciones concertadas, aprendiendo cada uno de los errores que comete el otro.

En atención a lo anterior, los colombianos cometieron nuestro error al cambiar su sistema electoral, aceptando en su legislación la figura del llamado voto electrónico en el año 2004, mediante la Ley 892 del Congreso de Colombia. En el año 2011, el Congreso colombiano aprobó la Ley Estatutaria 1475, que reafirmó el error del voto electrónico, e introduciendo el componente de identificación biométrica en el sistema electoral, abriendo la misma caja de pandora que se abrió en Venezuela con las famosas “captahuellas”.

Aun sin todavía ser implementado en su totalidad el voto electrónico, el partido Centro Democrático propone la implementación del “voto virtual para que los ciudadanos puedan prescindir del voto presencial”, llevando un sistema no probado al siguiente nivel de peligrosidad (ver nota de Alberto López Núñez en El Nacional, Un error suicida, https://www.elnacional.com/opinion/un-error-suicida/).

Tal y como menciona Alberto López Núñez en su excelente nota, a instancias de mi querido y desaparecido amigo grancolombiano Antonio Nicolás Briceño, presenté el 20 de Diciembre de 2013 a varias personalidades de la política colombiana los peligros que enfrentaba la democracia en su país con una legislación que establecía el voto electrónico en Colombia, indicándoles que estaban a tiempo de modificar las leyes que lo habían introducido, explicándoles como se desarrolló esa trampa en Venezuela, donde la eliminación del escrutinio manual por una verificación estadística por ley había sido la clave para llevar al cementerio la voluntad de los venezolanos. Desafortunadamente al parecer no me expliqué bien o no les transmití a los políticos colombianos, con la suficiente claridad, la gravedad y la importancia que tenia abordar este cáncer en sus primeras etapas en el cuerpo institucional de Colombia, al punto que parlamentarios del partido Centro Democrático están proponiendo la aprobación de una variante del mismo cáncer.

En Venezuela Hugo Chávez Frías pudo avanzar lo que avanzó en la destrucción sistemática de la institucionalidad democrática porque contó con una herramienta demoledora a partir del momento en que los venezolanos en las calles lo habíamos obligado a ir a un Referendo Revocatorio: un sistema electrónico para fabricar votos,  puesto al servicio de los intereses del castrocomunismo internacional, y construido especialmente para hacerlos perpetuar en el gobierno a partir del año 2004. Plantear la sofisticación de esa implementación en Colombia es cometer suicidio, como bien titula su artículo Alberto López Núñez. Y alguien se los tiene que repetir, como en efecto aquí lo hago, y en especial al partido del principal enemigo de los comunistas en Colombia, el ex Presidente Álvaro Uribe Vélez.

Desde esa época en Venezuela hemos avanzado en nuestra lucha por derogar esta maquinaria electoral del régimen, hasta aun después de la tiranía, y aunque no hayamos cambiado todavía el sistema electoral, si hemos logrado poner de manifiesto al mundo que es necesario ese cambio inmediatamente luego de recuperar la democracia y la libertad. Se han realizado esfuerzos de divulgación para alertar a los países acerca de este cáncer de laboratorio construido para penetrar las democracias del continente.

Les invito a ver una extraordinaria muestra de la investigación que se ha hecho de esta enfermedad con casos evidentes de fraude electoral cometidos utilizando medios electrónicos en Venezuela, Ecuador, Bolivia y Filipinas, en el video “Dangerous Connections, a story behind the electronic vote” (ver en español en https://youtu.be/MTeSO8wjJVc), algunos de los cuales tienen un protagonista común: la empresa Smartmatic, engendro creado por el régimen de Hugo Chávez y que ha logrado colarse en varios países latinoamericanos, incluyendo sospechosamente a Colombia. Este video forma parte de una serie documental realizada por Guillermo Salas, abanderado de esta lucha por el restablecimiento de un sistema electoral justo, auténtico y transparente en Venezuela. Vista la magnitud de esta plaga, sorprendentemente todavía desconocida por muchos políticos latinoamericanos, hemos tenido que abrir esta lucha más allá de nuestras fronteras.

Un avance fundamental logrado el 13 de Junio de 2018 para Venezuela fue la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia Legítimo en el exilio, que declaró “NULO E INAPLICABLE a partir de esta fecha el uso de del SISTEMA AUTOMATIZADO DE VOTACION Y ESCRUTINIO para la elección de cargos de representación popular de los poderes públicos, así como para la celebración de referendos, en los términos señalados en el artículo 295.5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela” (ver Sentencia completa en https://ticsddhh.blogspot.com/2018/06/tribunal-supremo-de-justicia-declara.html).

Consideramos histórica ésta Sentencia, producto del esfuerzo de luchadores por un sistema electoral auténtico en Venezuela y a quienes me honra acompañar, y donde destaca la figura de la Dra. Adriana Vigilanza García, su principal promotora. Esta pieza jurídica es enseñanza de aplicación inmediata para cualquier país latinoamericano que desee conocer como enfrentar los daños que el voto electrónico ha provocado en Venezuela, y como muestra de lo que se puede y se debe hacer, aun cuando este mal haya comenzado a introducirse en la institucionalidad de nuestras naciones. Recomiendo encarecidamente a los legisladores colombianos leerla y proceder a invalidar a la mayor brevedad posible el voto electrónico en su legislación mientras tengan la posibilidad de hacerlo.

Si en su próximo proceso electoral presidencial, Colombia cae en las manos del castro-comunismo internacional como consecuencia de estos haberse apoderado de su sistema electoral, Venezuela sufrirá las consecuencias, aun cuando para ese momento nos hayamos desembarazado del régimen de Nicolás Maduro Moros. Y tanto si lo hayamos hecho o no, si los colombianos no derogan el voto electrónico de su sistema electoral, correremos en Venezuela el peligro permanente de agravar nuestra propia situación con los embates continuados de los elementos de la izquierda internacional que pretenden apoderarse del poder por la vía de un voto manipulado en Colombia por medios electrónicos. Nunca como en el pasado nuestro destino estuvo más cercano. Procedamos entonces, si ya no tenemos la unidad político-territorial que creo para nosotros El Libertador, por lo menos si a tener un criterio común de supervivencia grancolombiana. Al menos eso le debemos al Padre de nuestras Patrias…

Caracas, 6 de Septiembre de 2020

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