Por Luis Manuel Aguana
A la memoria de los fundadores de Venezuela
El día 3 de julio de 2026, Venezuela se quedó sin gobierno constitucional. Aunque se podría argumentar que, desde mucho antes de la extracción de Nicolás Maduro Moros del poder por las fuerzas militares de los EEUU, el gobierno de Maduro era ilegítimo, y muchos venezolanos estábamos -y aún estamos- luchando por el restablecimiento constitucional de la República, la acción de los EEUU precipitó la necesidad de ese restablecimiento.
Se impuso desde el mismo 3 de enero la ficción de un gobierno, ya doblemente ilegítimo, de Delcy Rodríguez porque, al ocupar el lugar del ilegítimo Maduro, se sumaba una segunda ilegitimidad, porque al reemplazar Rodríguez a Maduro como la vicepresidente del país según la Constitución de 1999, se hizo a instancias del país invasor, constituyéndose de facto en la cabeza de un gobierno títere de los EEUU.
Luego entonces, la presidencia de Delsy Rodríguez después del 3 de julio de 2026, luego del vencimiento de los dos lapsos constitucionales de 90 días cada uno que le otorgó la Constitución venezolana de 1999, tal vez justifique la primera ilegitimidad heredada, pero su segunda solo se puede sostener por la fuerza de los EEUU, como la representante de un país que invadió Venezuela por la fuerza militar, y que la puede sostener allí por la fuerza, encima del ordenamiento jurídico del país.
Ahora bien, esta no es la primera vez que los EEUU transitan por una situación semejante, y en cada caso encontraron la manera de regresar a los países involucrados a la normalidad constitucional y al regreso a la normativa del Derecho Internacional.
Los ejemplos de Japón en 1945 y de Irak en 2003, de acuerdo a las consultas realizadas, son los dos casos más estudiados de cómo una potencia ocupante, los EEUU, desmantela un régimen y reconstruye el orden constitucional de un país (ver IA Gemini: Derecho Internacional ante Invasión y Ocupación, en https://share.gemini.google/xea8pR2P1qOI).
Veamos primero el caso de Japón:
“El caso de Japón es peculiar porque, a diferencia de Alemania o Irak, el Estado japonés nunca se disolvió y el gobernante (el Emperador) no fue depuesto, aunque sí despojado de su poder político real.
La ocupación aliada, dirigida por el General Douglas MacArthur (SCAP), operó bajo una ficción de continuidad legal para evitar el colapso del país.
El mecanismo de transición:
- La Declaración de Potsdam y la Rendición: El gobierno de jure de Japón aceptó formalmente las condiciones de los aliados en septiembre de 1945. Esto otorgó una base legal contractual a la ocupación.
- Mantenimiento del aparato estatal: Los estadounidenses no gobernaron a Japón directamente. En su lugar, dieron órdenes directas al gobierno japonés existente, el cual las ejecutaba formalmente a través de su propia burocracia.
- La Constitución de 1947: El regreso formal al Estado de Derecho se logró mediante la redacción de una nueva Constitución. Aunque fue redactada en gran medida por el equipo de MacArthur, se aprobó siguiendo estrictamente los pasos de enmienda legal que exigía la antigua Constitución Meiji de 1889 (aprobación de la Dieta y sanción imperial). Esto le dio una apariencia de legalidad interna ininterrumpida.
- El Tratado de San Francisco (1951): El Estado de Derecho internacional se restauró plenamente con la entrada en vigor de este tratado en 1952, donde la comunidad internacional y Japón firmaron la paz, devolviéndole formalmente su soberanía plena.” (resaltado nuestro)
Véase lo interesante de este ejemplo en sus semejanzas con el caso venezolano. Al igual que en Japón, en Venezuela nunca se disolvió el Estado y se continuó con una ficción de continuidad real. Los EEUU ganan la guerra con Japón y su gobierno acepta las condiciones de los aliados firmadas en Potsdam, acerca de la rendición de los países derrotados en la II Guerra Mundial.
En Venezuela, el gobierno nunca firmó (al menos que sepamos públicamente) ninguna rendición posterior a la declaración del ministro de la Defensa, Vladimir Padrino López, capitulando públicamente ante la fuerza armada de los EEUU, pero en la práctica el régimen se comportó como un Estado derrotado militarmente bajo las órdenes de los EEUU, exactamente como ocurrió en Japón.
Tal y como está pasando en Venezuela, los EEUU gobernaron Japón por persona interpuesta. El Gral. Douglas MacArthur no gobernó directamente a Japón, sino que lo hizo a través del gobierno del país, como lo está haciendo en este momento con Delsy Rodríguez el secretario de Estado de los EEUU, Marco Rubio, bajo las órdenes del presidente Trump, conjuntamente con su secretario de Guerra, Pete Hegseth.
La manera como lograron regresar a Japón al Estado de derecho fue redactar una nueva Constitución siguiendo los pasos de la propia Constitución japonesa de 1889 "para aparentar legalidad interna ininterrumpida". Finalmente, se restaura el Estado de derecho internacional mediante un Tratado de San Francisco en 1951 que le devolvió la soberanía plena al país.
¿Se les hace conocida la ruta? MacArthur no se desvió ni un milímetro de ese plan y gobernó por gobierno interpuesto en un país que habían destruido moral y físicamente con dos bombas atómicas. Luego hicieron lo necesario para restaurar su Constitución.
El ejemplo de Irak en 2003 fue algo diferente. EEUU invadió el país como lo hizo en Venezuela —por cuenta propia, por encima de la normativa del Derecho Internacional—, no por la ocurrencia de una guerra. Ocuparon el país, buscaron a Sadam Husein y lo capturaron, al igual que hicieron con Maduro, pero en el camino le dieron legitimidad al proceso a través de las Naciones Unidas. Veamos:
"A diferencia de Japón, en Irak la invasión del 2003 no contó con el respaldo del Consejo de Seguridad de la ONU y destruyó por completo las instituciones del régimen de Sadam Huseín. Aquí hubo una ruptura total del ordenamiento jurídico.
Para evitar un vacío legal catastrófico y dar legitimidad al proceso, se tuvo que construir un andamiaje jurídico internacional sobre la marcha.
El mecanismo de transición:
1. Reconocimiento de la Ocupación (Resolución 1483 de la ONU): Semanas después de la caída de Bagdad, el Consejo de Seguridad de la ONU aprobó la Resolución 1483. Esta resolución otorgó un marco legal a la realidad de facto, reconociendo formalmente a EE. UU. y el Reino Unido como "Potencias Ocupantes" bajo la Autoridad Provisional de la Coalición (CPA).
2. Traspaso de Soberanía (Resolución 1546): En junio de 2004, la CPA se disolvió y transfirió el poder formal a un Gobierno Provisional Iraquí interino. La ONU, mediante la Resolución 1546, respaldó este paso y declaró oficialmente el fin de la ocupación, devolviéndole la soberanía legal a Irak, aunque las tropas extranjeras permanecieron a petición del nuevo gobierno.
3. Proceso Constituyente (2005): El regreso al Estado de Derecho interno se consolidó en tres pasos ejecutados por los propios iraquíes bajo supervisión internacional:
·
Elección de una Asamblea Nacional
Constituyente (enero de 2005).
·
Redacción y aprobación en
referéndum popular de una nueva Constitución democrática (octubre de 2005).
· Elección del primer gobierno constitucional bajo la nueva carta magna (diciembre de 2005)."
A pesar de no contar con el respaldo del Consejo de Seguridad de la ONU, el gobierno de George W. Bush de los EEUU técnicamente remendó el procedimiento inicial respecto a Irak. Lograron el reconocimiento formal de EEUU y el Reino Unido como "Potencias Ocupantes", a través de una resolución del Consejo de Seguridad de la ONU, para luego el siguiente año, transferirle la soberanía a un Gobierno Provisional Iraquí interino. ¿Por qué eso no se hizo así en Venezuela? La respuesta a eso es el presidente Trump, quien con razón o sin ella está desmontando el sistema de relaciones entre los Estados fundamentado en la ONU, sin nada que lo reemplace.
En otras palabras, somos el conejillo de indias del regreso en la práctica al sistema del país militarmente más fuerte en las relaciones internacionales, como ocurría en el siglo antepasado y antes de la II Guerra Mundial.
Una vez restaurada la soberanía en el concierto de las naciones, el Gobierno Provisional Iraquí Interino procedió como lo hemos proclamado en ANCO innumerables veces: a) Convocar a una Asamblea Constituyente; b) Redactar y aprobar en referendo una nueva Constitución; y c) Elegir un nuevo gobierno plenamente constitucional basado en una nueva Carta Magna. No es tan difícil de entender.
La situación venezolana, a pesar de tener los mismos rasgos que los ejemplos anteriores en cuanto a su posible solución, difiere en su historia. Nuestro país trae una ilegitimidad de origen antes de la intervención de los EEUU. Ya éramos un Estado fallido y los EEUU solo vinieron a abrir y desparramar la olla putrefacta del régimen de Maduro. No pueden de ningún modo pretender reconstruir el proceso que ya conocían de Japón e Irak para llegar a una posible institucionalidad, utilizando como gobierno interpuesto a lo que quedó del régimen de Maduro con Delcy Rodríguez. Es simplemente imposible.
No existen Fuerzas Armadas institucionales. Delcy Rodríguez y sus predecesores se dedicaron a destruir y pervertir esa institución que ya traía enormes fallas estructurales. Lo que hay allí es un cuerpo pretoriano sin valores, dispuesto a matar y saquear. No existen partidos políticos, ni del régimen ni de la oposición, solo bandas de delincuencia organizada peleándose por llegar al poder, de ninguna manera entrenadas para las labores de la administración de un Estado. EEUU no puede allí aplicar ninguna de las fórmulas antes descritas para que el país retome su soberanía, por lo que van a tener que crear una nueva fórmula no aplicada en el pasado.
Y lo anterior se ve muy agravado ante la tragedia de los terremotos del 24 de junio de 2026 en Venezuela.
Para lograr colocar al país en el riel de Japón e Irak, se debe traspasar ejecutivamente el poder del intermediario a quienes verdaderamente puedan tener la credibilidad necesaria ante la población para proceder posteriormente a realizar lo mismo que la historia ha registrado en los países mencionados para el regreso de la soberanía del país. Esto es, un gobierno interino válido que sirva de intermediario válido de los EEUU, y que pueda convocar al Constituyente y a un proceso electoral auténtico, libre, justo y verificable para generar autoridades legítimas. Esta es la modificación que le deben realizar al proceso histórico que ya conocen perfectamente.
La propuesta al país y a los EEUU de una Junta de Gobierno de Transición a la brevedad, en sustitución del desgobierno de Delcy Rodríguez, conducida por los venezolanos más reconocidos de la población, es la respuesta que reclama la sociedad después de la tragedia de dos terremotos que destruyeron ciudades completas con la fuerza de bombas atómicas, como ocurrió en La Guaira, y como sucedió en Japón, con la consiguiente pérdida de miles de vidas en Venezuela, con la diferencia de que muchos de ellos no pudieron ser rescatados por la destrucción institucional creada tras 27 años de un régimen que no está en capacidad real de hacer el papel de gobierno interpuesto.
Hoy 5 de julio de 2026, en conmemoración al aniversario 215 de nuestra primera Constitución y la firma del Acta de la Declaración de Independencia venezolana, no puedo menos que intentar hacerle ver al tutor que debe actualizar con nosotros el plan que históricamente conoce para que Venezuela recupere la soberanía que nuestros fundadores lograron con el sacrificio de vidas venezolanas. ¡Estamos cansados de poner más vidas! EEUU tiene ahora en sus manos lo que se logró en Venezuela hace 215 años. Ojalá que el mundo sepa reconocerles en el futuro la rectificación por todos esperada de lo que ya han realizado en el pasado en situaciones semejantes en beneficio de la historia de los venezolanos.
Caracas, 5 de julio de 2026
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