Por Luis Manuel Aguana
La situación de ilegitimidad constitucional de quienes ahora ejercen el poder ejecutivo en Venezuela deja muy poco espacio para lograr la estabilización política del país. Por un lado, todos los factores políticos exigen elecciones inmediatamente para resolver el problema, y por el otro, la inconveniencia de un apresuramiento electoral para los venezolanos, habida cuenta del tiempo que se precisa para el desmontaje de toda la infraestructura electoral viciada construida por el régimen castro-chavista-madurista durante casi 30 años, precisamente para mantenerse en el poder.
La construcción -prácticamente desde cero- de una nueva infraestructura electoral democrática para garantizar un proceso técnico, legal y administrativo que garantice confiabilidad para los venezolanos de unas elecciones libres, justas y verificables, esto es, auténticas, transparentes y democráticas, no es materia trivial y debe ser estudiada a cabalidad y ser implementada previo a cualquier cronograma electoral.
Desde el vencimiento del plazo de 180 días que exige la Constitución (Artículo 234) para declarar la ausencia absoluta de quien ejercía el cargo de presidente de la República, la ciudadana Delsy Eloína Rodríguez Gómez, al no haberse declarado la falta absoluta del presidente en funciones por la Asamblea Nacional y convocado en consecuencia a elecciones, ejerce de manera ilegítima el cargo de presidente de la República desde ese vencimiento, creándose en el país desde ese mismo instante una presidencia sin ningún asidero jurídico.
Bajo esa misma condición de ejercicio ilegal de la presidencia de la República, se han modificado leyes muy importantes del país y otorgado concesiones petroleras que comprometen al Estado venezolano. Esos contratos y leyes promulgadas deberán ser obligatoriamente revisados y/o modificados, o definitivamente rechazados posteriormente por una representación legítima en el poder ejecutivo.
Esta situación ilegal se resolvería si se pudieran realizar elecciones presidenciales de manera inmediata. Sin embargo, como señalamos antes, tomaría meses la reconstrucción no solo del sistema electoral de Venezuela, sino de toda la institucionalidad que gira alrededor de la elección de cargos públicos.
El presidente de los EEUU declaró en la televisión norteamericana 5 días después de la extracción de Nicolás Maduro Moros que los venezolanos ni siquiera sabríamos “cómo organizar unos comicios en este momento” ni “cómo llevar a cabo unas elecciones”, y que primero se dispondrían a “reconstruir el sector petrolero y su infraestructura” antes de devolverle la soberanía a los venezolanos, al claramente indicar: “Y, en última instancia, se celebrarán elecciones”. Ese ha sido el esfuerzo demostrable de los funcionarios norteamericanos en los siguientes meses de la extracción de Maduro (ver Intervención Electoral: Garantía de soberanía, en https://ticsddhh.blogspot.com/2026/04/intervencion-electoral-garantia-de.html).
La historia venezolana reciente nos da lecciones del camino que debiéramos estar transitando. Al no tener un gobierno legítimo en funciones, difícilmente recorreremos una ruta electoral de la cual no hemos dado ni siquiera el primer paso.
El período de transición posterior a la dictadura de Marcos Pérez Jiménez se realizó entre el 23 de enero de 1958, pasando por las elecciones generales del 7 de diciembre (presidente y Congreso), hasta la entrega del poder al presidente Rómulo Betancourt el 13 de febrero de 1959. Durante el período de la Junta de Gobierno “…se legalizaron los partidos políticos proscritos durante la dictadura de Pérez Jiménez, se designa un gabinete con representación de diversos sectores de la sociedad, se designa un comité para crear un estatuto electoral que permitiera elecciones libres inmediatamente, además de revisión de las finanzas públicas y la declaración de confiscación de los bienes de los principales dirigentes de la dictadura” (ver Wolfgang Larrazabal, Wikipedia, en https://es.wikipedia.org/wiki/Wolfgang_Larrazábal).
El gobierno de transición de Wolfgang Larrazabal decretó en mayo de 1958 un Estatuto Electoral que creó el Consejo Supremo Electoral, organismo predecesor del CNE, y que sentó las bases para todos los procesos electorales realizados en el país durante más de 40 años (ver Junta de Gobierno de la República de Venezuela, Decreto 234, 23 de mayo de 1958, Ley Electoral, en https://tinyurl.com/2byupt7m).
Entonces, antes de llegar a profundizar en todas las tareas necesarias para asegurarnos unas elecciones libres, justas y verificables, deberíamos estar pensando en primer lugar en cómo llegar de manera pacífica y constitucional a una Junta de Gobierno de Transición en sustitución al régimen ilegítimo de Delcy Rodríguez, que nos pueda garantizar un Estatuto Electoral similar y ajustado a nuestros tiempos, que reviente hasta los cimientos al CNE y construya algo completamente nuevo para los venezolanos. Y eso necesariamente tardará un tiempo indeterminado que no podrá conocerse hasta tener el informe de una comisión interventora del CNE. Mientras tanto deberá existir un nuevo gobierno de transición que ordene esa intervención y genere un nuevo Estatuto Electoral para Venezuela, tal y como se realizó en 1958.
Como no podemos pensar en ningún proceso electoral (consultas y elecciones) que convoque al dueño de la soberanía popular al estar comprometido el sistema electoral vigente, la única ruta constitucional posible es el Tribunal Supremo de Justicia. Al estar en este momento discutiéndose la designación de los magistrados de ese nuevo Tribunal por los primeros acuerdos firmados en la negociación de las dos Asambleas, es a este nuevo Poder Judicial al que le correspondería designar un nuevo Poder Ejecutivo transitorio en sustitución del encabezado por Delcy Rodríguez, que pueda ser reconocido como válido en el país y por la Comunidad Internacional.
La Alianza Nacional Constituyente Originaria, ANCO, le ha propuesto seria y responsablemente a la Administración del presidente Donald Trump la sustitución del régimen írrito de Delsy Rodríguez por una Junta de Gobierno de Transición para el restablecimiento del hilo constitucional (ver Manifiesto a la Nación y a la Administración del presidente Donald Trump JUNTA DE GOBIERNO DE TRANSICIÓN YA - 03-07-2026, en https://ancoficial.blogspot.com/2026/07/comunicado-anco-manifiesto-la-nacion-y.html).
¿Y por qué se lo pedimos a los EEUU? Porque para nadie es un secreto que son ellos los que militarmente y por la fuerza de las armas, desde el 3 de enero de 2026, controlan al régimen y que luego del 3 de julio son su ÚNICO sostén y razón para seguir en el gobierno. No existe fundamento de ninguna naturaleza que justifique legalmente la presencia de Delcy Rodríguez como “presidente interino” de Venezuela.
Y que esa nueva Junta de Gobierno de Transición ordene la intervención del Poder Electoral a los fines de crear un Estatuto Electoral especial, para conducir a unas elecciones libres, justas y verificables, en los tiempos del plan de 3 fases de los EEUU, para restituir el carácter soberano y democrático del pueblo de Venezuela a la brevedad posible.
Al ver el nacimiento de un nuevo Tribunal Supremo de Justicia, creemos que este se puede abocar a dos tareas iniciales fundamentales: la designación de una Junta de Gobierno de Transición bajo la protección del gobierno de los EEUU, y resolver conjuntamente con las nuevas autoridades un acuerdo petrolero negociado, esta vez ajustado a la legitimidad de quienes deben firmarlo. Esa es la ruta de transición y reconstrucción electoral que nos queda por recorrer antes de llamar a cualquier elección en Venezuela, y que desde ya deberíamos estar negociando con los EEUU. Para ayer es tarde…
Caracas, 23 de septiembre de 2026
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