viernes, 7 de julio de 2017

De Referendo a Plebiscito, una lucha política

Por Luis Manuel Aguana

Ustedes dirán que me alejo de lo esencial a no dedicar estas líneas a la agresión del régimen a la Asamblea Nacional. Lamentablemente la violencia es lo que les queda y es lo que seguiremos viendo como respuesta del régimen de Nicolás Maduro a lo que quede de la institucionalidad representada por la oposición en Venezuela. A mi juicio lo importante no es lo que ellos hagan sino lo que nosotros hagamos para recuperar la libertad. Tal es el caso de la histórica decisión de la Asamblea Nacional de llamar a consulta al pueblo venezolano el 16 de Julio, que es lo verdaderamente importante del pasado 5 de Julio de 2017 y es lo que reafirma el espíritu libertario que conmemora ese día histórico.

Esa decisión expresada en el “Acuerdo sobre el rescate de la democracia y la constitución” (ver http://www.asambleanacional.gob.ve/actos/_acuerdo-sobre-el-rescate-de-la-democraciay-la-constitucion) fue la respuesta dada por la Asamblea Nacional al documento titulado “Gran Acuerdo Nacional; ¡Que sea el Pueblo quien decida!” del 3 de julio de 2017 (ver http://www.unidadvenezuela.org/2017/07/documento-gran-acuerdo-nacional-sea-pueblo-quien-decida/), donde diversos sectores representativos de la sociedad civil le expresaron a la Asamblea la necesidad que el pueblo fuera consultado sobre las materias de trascendencia nacional expresadas en ese documento.

Sin minimizar de ninguna manera la histórica decisión de llegar a el Acuerdo del 5 de Julio de 2017, la Asamblea Nacional no utilizo el mecanismo previsto en el Artículo 71 sugerido por el documento de la sociedad civil, que no era otra cosa que solicitar un Referendo Consultivo por mayoría simple de sus integrantes (ver documento ¡Que sea el Pueblo quien decida!:“De tal manera, solicitamos a la Asamblea Nacional que, de acuerdo con el Artículo 71 de la Constitución Nacional, convoque a un Proceso Nacional de Decisión Soberana para que sea el pueblo quien decida el rumbo que debe asumir el país, decida o no adherirse masivamente a la aplicación de los artículos 333 y 350 de la Constitución, y a partir de ese resultado, activar el levantamiento democrático en la totalidad del territorio nacional y la activación de la Hora Cero nacional.”), sino hizo uso de la promoción de la participación ciudadana establecida en el Artículo 70 constitucional (ver Acuerdo de la Asamblea: Considerando: Que para avanzar en el proceso de restablecimiento de la Constitución y de reconstrucción democrática de la Nación, esta Asamblea Nacional debe promover la participación ciudadana a través de un proceso de consulta popular, enmarcado en los citados artículos 5 y 70 de la Constitución, tal y como le ha sido solicitado.”). Con el debido respeto a los ciudadanos Diputados: eso no fue lo que se les solicitó.

No es una diferencia sutil. La Asamblea Nacional transformó la solicitud de un Referendo Consultivo, claramente establecida en el Artículo 71 constitucional, en una consulta popular conocida como plebiscito, que si bien es cierto apunta a tener los mismos efectos políticos que se buscaron inicialmente con el Referendo Consultivo de paralizar las pretensiones de Maduro y su régimen de imponernos un fraude constitucional el 30 de julio, intenta ir más allá al buscar la solución política del país, dándole sustento y piso político a la Asamblea Nacional para forzar un cambio de gobierno después de esa consulta.

Dicen popularmente que el diablo esta en los detalles y que el camino del infierno está empedrado de buenas intenciones. Los expertos nos indican claramente cuál es la diferencia entre ambos mecanismos de participación ciudadana, que ha causado mucha controversia en Latinoamérica, especialmente en Colombia a raíz del proceso de Paz llevado a cabo en el hermano país. De varias consultadas tomamos una por su especial claridad:

“El plebiscito es el pronunciamiento que  se le solicita al pueblo acerca de una decisión fundamental para la vida del Estado y de la sociedad. A diferencia del referendo, en el cual se le consulta a los ciudadanos acerca de un texto normativo ya formalizado para que se pronuncien afirmativa o negativamente, en el plebiscito, se le consulta sobre una decisión  no  plasmada en un texto normativo para que se pronuncie favorable o desfavorablemente; es decir, que no se propone un determinado texto legal a la decisión del pueblo, sino que se somete a  su consideración la decisión como tal.” (ver Referendo, Plebiscito, consulta popular por Hugo Mendoza, en http://elpilon.com.co/referendum-plebiscito-consulta-popular/)

Efectivamente, al solicitarse un Referendo Consultivo para parar la convocatoria de una Constituyente cuya normativa estableció Maduro mediante los Decretos No. 2830 (Convocatoria inconstitucional de la Constituyente) del 1ro de Mayo de 2017 y No. 2878 (Bases Comiciales) del 23 de Mayo de 2017, efectivamente la población paralizaría técnicamente la convocatoria del fraude constituyente, de acuerdo a la definición clásica de Referendo, más aún si este hubiera sido convocado de la forma solicitada a la Asamblea Nacional. Lo correcto era entonces la solicitud de un Referendo Consultivo.

Pero al cambiarse la figura de Referendo a consulta popular o Plebiscito, incorporando adicionalmente las preguntas relativas a las Fuerzas Armadas y Gobierno de Transición, queda claramente dibujado el objetivo político buscado, perfeccionando de esa manera, la solicitud hecha a la Asamblea Nacional, ya que las tres preguntas que se están formulando son esenciales para definir la vida del Estado tal y como la conocemos ahora.

En el actual nivel de desconocimiento constitucional por parte del régimen de Nicolás Maduro, este no solo hubiera ignorado los resultados de un Referendo Consultivo vía el Artículo 71 constitucional, convocado por la Asamblea Nacional, sino lo hubiera perseguido, como no tenemos duda que lo hará con el Plebiscito que ahora estamos convocando. Por eso es que hay que considerar que este mecanismo ciudadano plebiscitario se constituye como una forma organizada y muy sofisticada de lucha cívica y No Violenta ante un régimen que ha demostrado tener a la violencia como su única respuesta.

El corolario de toda esta consideración es que la lucha que nos resta no es jurídica, es esencialmente política, aunque los demócratas no tengamos otra herramienta que la Constitución vigente. Hubiera preferido que la Asamblea Nacional se hubiera ajustado a la solicitud de la sociedad civil estableciendo un Referendo Consultivo ya que esa figura si está claramente establecida en la Constitución para materias de trascendencia nacional, como claramente lo amerita la situación, no dejándole ningún resquicio al régimen de argumentar que el Plebiscito no lo está aunque podamos hacerlo política y constitucionalmente, tal y cual se estableció en el Acuerdo de la Asamblea Nacional. Vayamos todos pues a darle una paliza cívica y política de preaviso a Nicolás Maduro y su régimen el 16 de Julio de 2017.

Caracas, 7 de Julio de 2017

Twitter:@laguana

martes, 4 de julio de 2017

Ojalá que sea el pueblo el que decida

Por Luis Manuel Aguana

Le antepongo el “ojalá”, que de acuerdo al DRAE “denota vivo deseo de que suceda algo”, al título que le dieran las organizaciones agrupadas  en el Centro Cultural Chacao al documento leído por el Presidente de la Asamblea Nacional, el Diputado Julio Borges (ver MUD llamó a la “hora cero” para defender la Constitución, en min 22:20, https://youtu.be/lzesB2S9nNw), porque el que menos ha decidido en Venezuela ha sido el pueblo venezolano. Hasta ahora su destino ha sido decidido por el régimen, por la MUD, por los cubanos, por los colectivos armados, por los militares, por los narcos y pare usted de contar, menos por el famoso Juan Bimba, como lo popularizara el poeta del pueblo Andrés Eloy Blanco.

Pero ahora, desde una tarima de Chacao ese pueblo, cuya expresión se materializó en todas las organizaciones que firmaron el documento “Gran Acuerdo Nacional: ¡Que sea el pueblo el que decida!” (http://www.unidadvenezuela.org/2017/07/documento-gran-acuerdo-nacional-sea-pueblo-quien-decida/), le hizo solicitud formal a la Asamblea Nacional para que de acuerdo con el Artículo 71 de la Constitución Nacional, convoque a un Proceso Nacional de Decisión Soberana para que sea el pueblo quien decida el rumbo que debe asumir el país, decida o no adherirse masivamente a la aplicación de los artículos 333 y 350 de la Constitución, y a partir de ese resultado, activar el levantamiento democrático en la totalidad del territorio nacional y la activación de la Hora Cero nacional.”

La Alianza Nacional Constituyente celebra que los diversos factores de la vida política nacional hayan acogido favorablemente nuestra propuesta esbozada públicamente el 26 de Mayo de 2017 con nuestro Mensaje a la Nación, ¡El Pueblo debe ser consultado ya!
http://ancoficial.blogspot.com/2017/05/mensaje-de-la-alianza-nacional.html, así como en la comunicación recibida en la Asamblea Nacional el 25 de Mayo de 2017 (Ver Carta a la AN http://tinyurl.com/u9fjbeu). Decidieron prestar la batea pero tarde (ver http://ticsddhh.blogspot.com/2017/06/la-batea-de-la-asamblea-nacional.html) por lo que habrá que apelar a “los poderes creadores del pueblo”, como decía Aquiles Nazoa.  

Ha pasado mucho mas de un mes de esta solicitud formal y lamentablemente se han perdido unos días preciosos que requieren ser recuperados. Ya la sociedad civil se ha pronunciado a favor de una consulta del pueblo soberano. Acto seguido esperamos que inmediatamente la Asamblea Nacional sesione formalmente y decida con mayoría simple la aplicación de un Referendo Consultivo para que el Pueblo decida sobre las tres materias enunciadas: a) “si rechaza y desconoce la constituyente convocada inconstitucionalmente por Nicolás Maduro”; b) “el rol que demanda de los funcionarios públicos y a la Fuerza Armada Nacional para lograr la restitución del orden constitucional”; y c) “si convoca y respalda la renovación de los Poderes Públicos que se encuentran al margen de la Constitución, además de la conformación de un Gobierno de Unión Nacional y la realización de elecciones libres y transparentes para restituir el orden constitucional.”.

Una vez aprobada la realización de este Referendo, la Asamblea Nacional deberá establecer una Comisión con responsabilidades claras para su ejecución, que designe sin dilación alguna un Tribunal Electoral ad hoc para su realización, con plenos poderes y recursos. Es de especial trascendencia indicar que esta consulta deberá ser llevada a cabo sin la intervención del CNE ya que la Asamblea Nacional está operando en el desconocimiento establecido en el Artículo 350.

Es importante señalar que esta consulta debe ser llevada a cabo de tal forma que logre la participación de todos los venezolanos, tanto los que residen en el territorio nacional como fuera del país, con lo cual los procedimientos que establezca ese Tribunal Electoral deberán ser lo suficientemente flexibles para incorporar a toda la sociedad civil de Venezuela y el exterior.

Asimismo, es trascendental que los venezolanos comprendan que este movimiento que se dio con lograr que la Asamblea Nacional tome ese paso decisivo para que el pueblo decida mediante un Referendo Consultivo lo que se hará con el país, le pone propósito y direccionalidad a la protesta cívica que se está realizando en las calles y de ningún modo la disminuye; más bien la consolida, ya que le pone fecha a los eventos que habrán de suceder.

Una vez hecha la consulta al pueblo en los términos planteados, ese mandato que resulte de la voz del pueblo expresada en las urnas, será acatado por la Asamblea Nacional, quedando no solo ella en la obligación de conformar un Gobierno de Transición que convoque a elecciones, sino que deja a los militares y fuerzas policiales referenciadas en ella en la obligación de proteger y acatar ese proceso.

Es por eso que a la pregunta que si esa consulta es vinculante, la respuesta es que si lo es para la Asamblea Nacional que la convoca y para todos los venezolanos que consideramos que es el pueblo el que decide. Asimismo ese mismo proceso le pone fecha al régimen de Maduro, razón por la cual los esfuerzos que se hagan en la calle deberán estar concentrados en lograr la realización ese Referendo aunque el régimen se oponga. Es por eso que en lugar de evitar que el pueblo vote por un fraude, como lo espera el régimen con sus gorilas el 30 de julio, debemos lograr a que ese mismo pueblo se pronuncie antes en una consulta para evitar precisamente ese fraude, respaldando a la Asamblea Nacional para que nombre un Gobierno de Transición con el apoyo de los militares. Se les volteará la tortilla porque serán ellos los que traten de evitarlo.

Algunos indican que si el régimen ha ignorado y perseguido hasta ahora todas las iniciativas de la oposición, ¿cuál sería la diferencia en esta oportunidad? La respuesta es simple: los venezolanos somos en esencia demócratas. Si algo dejó en el venezolano común los 40 años de la democracia que nos legó la Constitución de 1961 fue la institución del voto. Esa es una institución que por más que el régimen y su CNE la hayan intentado de eliminar en el último año, está más viva que nunca en la mente y el corazón de todos los venezolanos de todas las tendencias. El régimen se tiene que contar. Ese es el grito que todo el mundo hace en Venezuela. ¡Esa consulta persigue precisamente eso! Ninguna protesta que hagamos tendrá esa fuerza telúrica cívica que implica la movilización pacífica de 19 millones de personas. Esa es la diferencia. Y cualquier resultado tendrá que acatarse.

Vamos a obligar que el régimen se cuente a través de una consulta, que aunque no aparezca como vinculante en la Constitución, los venezolanos en la calle la harán vinculante, no solo por lo masivo sino por la autoridad moral que los caídos en esta lucha le están dando. Ya no hay vuelta atrás. El impacto político nacional e internacional que produzca el resultado de esa consulta moverá la balanza hacia la restitución de las libertades políticas del país. Sería solo así que por primera vez sea el pueblo el que decida. Ojala que así sea porque ya vamos tarde…

Caracas, 4 de Julio de 2017

Twitter:@laguana