jueves, 18 de mayo de 2023

Por qué hay que cambiar la Constitución

Por Luis Manuel Aguana

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Les parecerá una locura que hoy aborde esta pregunta, y en realidad lo es. Después de años de escribir y abordar ese tema en múltiples foros, debido al daño que este régimen ha causado a la institucionalidad del país, a mi juicio es una locura que todavía haya importantes personalidades que tengan que explicarlo, y comunicadores sociales que todavía se pregunten el porqué es necesario un cambio en la actual Constitución de 1999, y qué tiene que ver eso con el bienestar de la población, habida cuenta que, de acuerdo a sus criterios, lo que ha existido es “violación a la Constitución”, y no otra cosa.

Y para ir directo al grano, me refiero al reciente programa del canal de YouTube del conocido periodista Napoleón Bravo, en entrevista con el Dr. Humberto Calderón Berti, titulado “De los tres momentos de la destrucción del país a la experiencia para recuperarlo” (ver programa completo en https://youtu.be/JH3P6Hpxlus).

En el minuto 10:18 Napoleón Bravo pregunta “¿Por qué se necesita otra nueva Constitución, para que por ejemplo las sanciones máximas del país no sean solamente 30 años, sino que cuando tú acabas con el país sea la pena de muerte? ¿Por qué quieres una Constitución nueva?”. La respuesta del Dr. Calderón, aparte de ser integral, dado el carácter de hombre de Estado que ha tenido en su vida pública, expresaba lo que todos en Venezuela conocemos: la realidad del país apunta hacia una refundación institucional, eliminando el entramado jurídico que ha construido la tiranía en más de 20 años, y colocando el ejemplo palpable del retorno necesario hacia la descentralización.

Eso debería haber bastado, pero no convenció al entrevistador al insistir “¿En qué parte de la Constitución se habla de que echaron para atrás la descentralización?”, finalizando que el problema es que “no respetan la Constitución”.

En este pequeñísimo espacio de la red intentaré –de nuevo- ampliar un poco en el porqué HAY QUE CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN, y no solo por la explicación dada en el muy corto espacio de tiempo en un programa por el Dr. Calderón Berti, que no es sino la consecuencia de lo que Sí ESTÁ DISPUESTO EN LA CONSTITUCIÓN, y que es la causa fundamental del porqué el país está como está debido a su marco institucional, que fuera distorsionado aún más por los delincuentes que acabaron con el sistema institucional que prevaleció hasta 1999.

¿Por qué se necesita una nueva Constitución?

Comenzaré por la primera pregunta de Napoleón Bravo. Se necesita cambiar la Constitución porque la Constitución de 1999 ELIMINO nuestra condición de ESTADO FEDERAL DESCENTRALIZADO establecido por nuestros fundadores en 1811. La Constitución de 1999 eliminó la REPRESENTACIÓN de los Estados de Venezuela en el parlamento, sustituyéndola por un remedo de Congreso llamado Asamblea Nacional. Los Diputados son la representación de las corrientes políticas y el parecer de los ciudadanos en el momento determinado de una elección, pero los Senadores son la representación de todo un conglomerado territorial, que tiene su propia razón de ser como Estado, con igualdad de derechos, independientemente de su número de habitantes que tenga. Es por eso que el Estado Miranda tenía igual número de Senadores que el Estado Delta Amacuro, el Estado Cojedes o el Estado Nueva Esparta, solo por nombrar 3 Estados cuya densidad poblacional es inferior que la de Catia o Petare en Caracas, que ya ni siquiera son Parroquias.

Al realizar las nuevas leyes, los Diputados tenían la obligación Constitucional de entregar el resultado al Senado para su aprobación definitiva. ¿Por qué? Porque era en esa instancia que la representación del país como un todo asumía una nueva legislación para ser aplicada por igual en todos los territorios de la federación. Es también por esa razón que el Presidente del Senado era también el Presidente del Congreso.

Al cambiar esa regla de oro institucional, la Constitución de 1999 relegó a los Estados con menos habitantes, y en general al resto del país que no es Caracas, al peor olvido de las dictaduras de las mayorías, manejadas arteramente por un Poder Electoral secuestrado por una tiranía. De allí que como consecuencia de esto se desmoronara como un castillo de barajas, la descentralización, como el cuerpo fundamental de decisiones para entregarle a los Estados lo que por naturaleza es suyo.

Pero si esto no le es suficiente a aquellos que se preguntan, como lo hizo el periodista Napoleón Bravo en esa entrevista, porque se necesita otra Constitución, la actual estructura Constitucional NO PERMITE que sea otro aparte del Poder Ejecutivo, quien administre la Hacienda Pública Nacional, dejando en manos del Presidente de la República la decisión de quien recibe y quien no recibe recursos en el país, muy conveniente si el Presidente de la República desea eliminar a sus enemigos políticos que aun se eligen en los Estados por una ley de elección de Gobernadores y Alcaldes que me asombra que todavía esté en vigencia.

Y para aquellos que argumenten que porque no soy abogado constitucionalista y por eso no puedo opinar sobre la barbaridad constitucional a la que nos han sometido, les dejo las palabras de uno de los mejores que si lo es, el Dr. Asdrúbal Aguiar, en un Foro realizado en julio de 2014 en El Nacional, refiriéndose concretamente al texto de la Constitución de 1999: “…se crea un Estado Centralizado, se elimina la autonomía municipal, base histórica no solo de la República sino de nuestra experiencia democrática, se condicionan las competencias Municipales y Estadales a las leyes nacionales, se le entregan al Presidente de la República mediante lo que originalmente se llamó en los debates constituyentes, las leyes de base, copia del modelo constitucional cubano, pero para evitar el escándalo, dijeron que la figura se trataba de Leyes Habilitantes, pero habilitantes que en defecto de la tradición constitucional nuestra permite habilitar al Presidente para que pueda hacer todo lo que le de la gana en materia legislativa sin ningún tipo de limitación, y por si fuese poco, se incorpora un Capítulo de Seguridad Nacional en donde el concepto estratégico de la Nación lo define el propio Presidente de la República bajo una perspectiva en donde la Seguridad Nacional incluye todo, hasta la forma de caminar de los ciudadanos en Venezuela. Conclusión: ¿Para qué sirve la Constitución del 99? En perspectiva democrática para nada. Dentro de la perspectiva de lo que ha vivido el país en el curso de los últimos 15 años, ha servido para todo…” (ver Foro de El Nacional, audio del Dr. Asdrúbal Aguiar https://soundcloud.com/laguana-1/intervencion-del-dr-asdrubal-aguiar-foro-el-nacional-21-07-2014).

Sin embargo, no deseo quedarme solo en lo anterior, sino en lo que considero aún más importante: cómo todo esto del cambio Constitucional tiene un impacto fundamental en la vida de los ciudadanos y en especial en la calidad de esa vida.

Si el poder reside actualmente en el tope de la pirámide por disposición de la Constitución, dejando a los ciudadanos de todos los Estados desprotegidos como consecuencia de una distribución desigual de los recursos del país, debemos cambiar la estructura de ese arreglo. El Artículo 167.4 de la Constitución de 1999, indica “Son ingresos de los Estados… 4.- Los recursos que les correspondan por concepto de situado constitucional. El Situado es una Partida equivalente a un máximo del Veinte por ciento del total de los Ingresos Estimados anualmente por el Fisco Nacional…”. Poca gente se pasea por el hecho de que esa parte del Pacto es completamente perjudicial para los ciudadanos, favoreciendo claramente en un 80% a quienes llegan a ejercer el poder en Venezuela.

La propuesta de ANCO para entregarle el poder a los ciudadanos pasa por establecer una nueva relación de Poder en un nuevo Pacto entre gobernantes y gobernados, donde se coloque al ciudadano de primero, lo que implica que ese 80% deberá ir a los Estados y Municipios, pero principalmente a los Municipios, dentro de una nueva propuesta de distribución político-territorial y autonomía regional. Más para los Municipios, luego a los Estados y luego al Poder Federal. En ese orden. Se desaparecería la figura del Situado Constitucional, porque serían los Estados, ahora en contrario, quienes decidan el aporte que dar de manera autónoma para el sostenimiento de un Gobierno Federal, asumiendo en la práctica el control de su desarrollo, de acuerdo a sus propias potencialidades. Esto es lo que he llamado la inversión de la pirámide del Poder en Venezuela. El que tiene los recursos es el que tiene el poder decidiendo su calidad de vida, en otras palabras, el ciudadano. Esa es la propuesta de El Gran Cambio, en pocas palabras… (ver El Gran Cambio, Una propuesta para la Refundación de Venezuela, en https://tinyurl.com/5n6enjrr).

Lo señalado hasta ahora es imposible hacerlo sin la convocatoria del pueblo de Venezuela a una Asamblea Nacional Constituyente, que discuta las bases de una nueva Venezuela, que ponga al ciudadano de primero, y ponga en su lugar el papel que deben jugar los representantes de los ciudadanos en los Poderes Públicos. A eso es lo que llamamos Refundación de la Nación.

Entonces, es por eso que se necesita una nueva Constitución, para entregarles el Poder a los ciudadanos. Espero haber ampliado la respuesta, no a Napoleón Bravo, sino a los venezolanos, en especial los que vieron esa entrevista. El cumplimiento de esa nueva Constitución ya no estaría solo en manos de los que hacen política, sino de todo un pueblo. El Dr. Humberto Calderón Berti por su condición de verdadero Estadista, ha entendido a cabalidad la necesidad de ir a un proceso Constituyente, en atención a estas y otras realidades que no caben en solo tres cuartillas. Ojalá que asimismo lo pudieran entender aquellos que pretenden conducir después del régimen los destinos de Venezuela…

Caracas, 18 de Mayo de 2023

Blog: TIC’s & Derechos Humanos, https://ticsddhh.blogspot.com/

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lunes, 15 de mayo de 2023

La lucha cívica que transitamos

Por Luis Manuel Aguana

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La campaña de descrédito al Tribunal Supremo de Justicia Legítimo que opera en el exilio, no solo en ocasión a la sen
tencia publicada el 11 de abril de 2023, restituyendo la figura constitucional de la Presidencia Encargada (ver Sentencia de restitución del Presidente Encargado del TSJ en el exilio, 11-04-2023, en https://ticsddhh.blogspot.com/2023/05/sentencia-de-restitucion-del-presidente.html), sino a la carta que dirigiéramos hace pocos días varios venezolanos residentes en el exilio y en Venezuela, al Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América a través de su división de desembolsos, OFAC (“Office of Foreign Assets Control”) (ver Carta a la OFAC en apoyo al TSJ Legítimo en el exilio – 10-05-2023, en https://ticsddhh.blogspot.com/2023/05/carta-la-ofac-en-apoyo-al-tsj-legitimo.html), era más que esperable y no hace más que reafirmar lo que escribí en el 2018, a pocos meses de constituirse ese Alto Tribunal en la sede de la OEA en Washington, DC, EEUU., y que denominé “El fenómeno del TSJ legítimo” (ver El fenómeno del TSJ legítimo, en https://ticsddhh.blogspot.com/2018/06/el-fenomeno-del-tsj-legitimo.html).

Las rémoras de que lo que ocurría en Venezuela antes de 1998 y que dio origen a la aparición de la desgracia de un resentido social a las riendas del Poder Ejecutivo en Venezuela, todavía no han desaparecido. Los venezolanos somos lo que somos y hasta que eso no cambie de forma estructural, permanecerá entre nosotros la semilla de nuestra propia destrucción.

Los venezolanos podemos ser increíblemente gloriosos en nuestras ideas, como lo demostraron los Magistrados que fueron designados por la legítima Asamblea Nacional electa en diciembre de 2015, al constituirse en Tribunal Supremo de Justicia legítimo en el exilio justo después de que los Magistrados del TSJ en Venezuela, áulicos seguidores del régimen, renunciaran en pleno a una Asamblea Nacional Constituyente írrita e ilegítima, convocada sin la autorización de la soberanía popular.

Esos Magistrados fueron designados en el año 2017 por 12 años. Sí, léase bien, por 12 años. Esto es hasta el 2029. Tienen más años de legitimidad que los mismos diputados de la Asamblea Nacional de 2015, quienes se “auto eligen” en enero de cada año porque en Venezuela no se puede convocar al pueblo para cambiarlos. A mi juicio, por más que sea reconocida internacionalmente, la Asamblea Nacional de 2015 dejo de ser representante del pueblo venezolano a partir de su vencimiento como órgano legislativo, y en consecuencia mal podría avalar representantes en nuestro nombre para discutir el futuro de los venezolanos ante ninguna instancia.

Y ustedes dirán, ¿y entonces que es lo que nos queda? El Tribunal Supremo de Justicia Legítimo que opera en el exilio, cuyos Magistrados colegiadamente están tomando decisiones ajustadas plenamente a Derecho, así no nos gusten. ¿O es que preferimos que esas decisiones las tomen los jueces subrogados al régimen?

En lo personal me hubiera gustado que la decisión que tomaron, publicada hoy, de exhortar a la Asamblea Nacional de 2015 a dar cumplimiento al mandato de la Sentencia 001-AA-2023 del 11 de abril de 2023, por su desacato al negarse a restituir la Presidencia Encargada (ver Sala Constitucional exhorta a la Asamblea Nacional 2015, en https://twitter.com/TSJ_Legitimo/status/1658048686889287682), señalada arriba, hubieran procedido a designar un nuevo Presidente Encargado en el exilio a través de un mecanismo inédito de selección, dado que en Venezuela no están dadas las condiciones para desplazar al régimen a través de quienes fueron los responsables de ese desacato y violación de la Constitución que fue la que precisamente dio, en principio, origen al Recurso de Amparo que motivó esta Sentencia.

Pero en su lugar decidieron exhortar a quienes violaron la Constitución –el G4 y sus cómplices- a cumplirla. Pues sabemos que no lo harán… Esa decisión luce contradictoria, pero si pretendemos que este bache se confunda con la dirección de largo plazo que debemos tener en esta lucha, con la mirada fija puesta en lograr la institucionalidad debida para rescatar el país, retrocederemos frente al régimen que pretendemos deponer.

Y eso es precisamente la institucionalidad. Y con mis disculpas anticipadas por realizar una generalización odiosa, los venezolanos aún desconocen el sentido de esa palabra. Son las instituciones, no a quienes las conducen, las que tenemos que defender y construir como nuevas.  Lo intenté explicar –sin mucho éxito- en el caso de la institución “Presidencia Encargada” al diferenciarla de “Juan Guaidó Márquez” en mi nota de 2020 titulada, Variable principal (ver Variable principal, en https://ticsddhh.blogspot.com/2020/12/variable-principal.html), y que dio origen a que estos pseudo diputados de la Asamblea Nacional de 2015 desaparecieran la Presidencia Encargada, en su ánimo de destruir por razones políticas a Juan Guaidó Márquez.

En el caso del TSJ venezolano, cualquier político, de antes y de ahora, levanta un teléfono para presionar las sentencias de los Magistrados. Y así se continuará haciendo hasta que no exista una verdadera independencia de los jueces en el país. Eso todavía no lo hemos logrado, pero hay que seguirlo buscando, ahora y después que hayamos recuperado la libertad de Venezuela.

Alexander Hamilton (1755-1804), autor de la idea del desempeño vitalicio de los jueces en los EEUU, defendió la idea con el siguiente argumento: “el organismo judicial es el más débil de los tres organismos del Estado, porque no posee el poder militar que tiene el organismo ejecutivo, ni el poder de disponer del tesoro público y de dictar leyes, que tiene el poder legislativo. Solo posee el poder de juzgar; pero con tal poder no puede defenderse del ataque de los otros organismos. Un recurso para evitar ese ataque consiste en que los jueces que tienen buena conducta no puedan ser destituidos; y posean, entonces, independencia para juzgar la licitud o no licitud constitucional de los actos de los otros organismos del Estado (resaltado nuestro) (ver mención de A. Hamilton en Sobre Jueces Vitalicios, Luis Enrique Pérez, en https://tinyurl.com/vr9asyzw).

Alexander Hamilton nunca pudo ni siquiera concebir o imaginar, en la peor de sus pesadillas, que el resto de los poderes públicos se dedicaran a ignorar, y peor aún, a desprestigiar con sus perros del ciberespacio al órgano judicial para evitar sus sentencias, como lo está haciendo la Asamblea Nacional de 2015 de Venezuela, y mucho menos aún, que una Presidencia Encargada, que cuando estuvo en manos de Juan Guaidó Márquez, bailara como un títere al son que le tocaran los políticos de esa Asamblea.

La lucha cívica que transitamos es por instituciones dignas. Y para lograr eso debemos pelear por el reconocimiento de aquellas que apenas sobreviven luego de la masacre del régimen y sus colaboradores de la oposición política, logrando en lo posible que quienes las ocupen merezcan la confianza de los ciudadanos. No es destruyéndolas que lograremos eso.

Ya tenemos al menos un TSJ legítimo en el exilio. Lo siguiente debe ser apuntar en la dirección de su supervivencia, fortalecimiento y reconocimiento internacional, para que de sus decisiones se produzca un órgano electoral libre y legítimo, que dé a luz nuevas instituciones, Presidencia de la República y Asamblea Nacional, que con respaldo del pueblo de Venezuela vayan, verdadera y legítimamente, en la dirección del desplazamiento de este régimen de delincuentes. Necesitamos la ayuda de todos los venezolanos para eso. Esa es la lucha cívica que estamos transitando…

Caracas, 15 de Mayo de 2023

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