jueves, 10 de enero de 2019

Presidente Guaidó

Por Luis Manuel Aguana

Por imperio de la Constitución el Diputado Juan Guaidó es a partir del primer minuto del día de hoy 10 de Enero de 2019, Presidente Constitucional de la Republica Bolivariana de Venezuela Encargado por orden constitucional. El Artículo 233 Constitucional es claro: “…Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional”.

En consecuencia no procede ningún acuerdo del Parlamento que nombre al Presidente Encargado porque se han dado los extremos legales correspondientes ante “la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa” que es precisamente el caso que ocupa a los venezolanos. Nicolás Maduro Moros fue enjuiciado y sentenciado y por si fuera poco su elección no es reconocida por los países que conforman el Grupo de Lima, por lo que existe Falta Absoluta del Presidente electo ante el hecho de unas elecciones no reconocidas nacional e internacionalmente.

Si a esto le añadimos opiniones respetables como las de ex Procurador General de la República, Jesús Petit Da Costa, en su artículo titulado “Guaidó amanecerá el 1OE como encargado de la Presidencia de la República (ver http://jesuspetitdacosta.blogspot.com/2019/01/guaido-amanecera-el-10e-como-encargado.html) y las del ex Embajador ante la ONU, Diego Arria (ver https://twitter.com/Diego_Arria/status/1083211653854969856) donde argumenta que la Presidencia de Guaidó ocurre de manera automática, se configura aquí un cuadro de enfrentamiento inevitable en el país y de un desenlace que tal vez no creyeron que tendrían mas cerca aquellos que organizaron el tinglado de la Asamblea Nacional para correr la arruga del régimen con el tan anunciado Estatuto para la Transición.

En mi pasada nota (ver Siguiente al bate, TSJ Legítimo, en http://ticsddhh.blogspot.com/2019/01/siguiente-al-bate-tsj-legitimo.html) recalcaba que la Asamblea Nacional había suspendido con ese acuerdo la aplicación del Articulo 233 del texto constitucional, argumentando que “esa norma fue diseñada para situaciones de normalidad institucional, en las cuales las decisiones de la Asamblea Nacional son respetadas y acatadas por quienes ejercen el poder de la fuerza bajo el imperio de la Ley: la Fuerza Armada Nacional y los órganos de seguridad del Estado” (ver texto completo del Anteproyecto de “LEY DEL ESTATUTO QUE RIGE LA TRANSICIÓN A LA DEMOCRACIA Y EL ESTABLECIMIENTO DE LA VIGENCIA DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA” en https://tinyurl.com/ydbyeb87). En otras palabras el cumplimiento de la Constitución está condicionado de acuerdo a los criterios de los juristas que redactaron eso. En este caso, si no tenemos fuerza para aplicar los principios de la ley, entonces no cumplimos la constitución, ¿qué tal?

De esa manera los Diputados parecieran estar dispuestos a darle la espalda a la Constitución. Pero, ¿será eso así? En mi pasada nota no contemplaba en el análisis que Guaidó no tuviera otra alternativa. Creo que ni siquiera el mismo se imaginó estar en el medio de este huracán. Porque de acuerdo al criterio expuesto, ese predicamento era parte de las atribuciones que venían con el puesto si quería aceptar la Presidencia de la Asamblea Nacional.

O Guaidó cumple con la Constitución o renuncia, dándole paso a otro que si la cumpla. Y eso es lo me lleva al punto de esta nota. Mi análisis pasado no incluía un importante hecho que podría cambiar el curso de los acontecimientos: la norma constitucional es de obligatorio cumplimento, así el no lo quiera, y hace de Juan Guaidó un prisionero de los acuerdos políticos de las fracciones mayoritarias, lo que provocaría una parálisis de su actuación como alto funcionario público, que sería intolerable a los ojos de los venezolanos.

Había indicado que este nunca iría en contra de los jefes de los partidos que lo pusieron allí, pero ante la disyuntiva de incumplir la Constitución, la cosa se pone diferente. El Grupo de Lima al instar a Maduro a que respete las atribuciones de la Asamblea Nacional y le transfiera, en forma provisional, el poder ejecutivo hasta que se realicen nuevas elecciones presidenciales democráticas” (ver Comunicado del Grupo de Lima en https://elnuevopais.net/2019/01/04/el-grupo-de-lima-no-reconocera-el-nuevo-periodo-del-regimen-de-maduro-comunicado/) atornilla a Guaidó para recibir esa responsabilidad. ¿Estará esa coalición de partidos dispuestos a desconocer esa resolución del Grupo de Lima que da pleno respaldo a la Asamblea Nacional y al Tribunal Supremo de Justicia Legítimo en el exilio para hacer lo constitucionalmente correcto?

Si los partidos que lo llevaron a la Presidencia de la Asamblea Nacional y el mismo Guaidó en consecuencia, desconocen su propia condición de Presidente Encargado de la República por imperio de la Constitución, mas les vale no esperar que el régimen les cierre el Parlamento, lo estarían haciendo ellos mismos, quedando la vía libre para que el TSJ legitimo proceda a la designación de un Gobierno de Emergencia Nacional que cubra la vacante que deja la omisión del parlamento, ya “autosuicidado” por su propias torpezas.

Pero si el mismo Juan Guaidó se alza por encima de esa politiquería que tanto daño nos ha hecho y por encima de quienes lo han puesto en ese predicamento, reconociendo el momento verdaderamente histórico que está viviendo el país y su propia vida como político, al encontrarse por la fuerza de las circunstancias, y como ningún otro venezolano, en el momento y en el lugar preciso para brindarle un servicio a su país, entonces podremos decir que merece ser llamado Presidente de la República y contara con el apoyo decidido de todo el pueblo de Venezuela.

Caracas, 10 de Enero de 2019

Twitter:@laguana

miércoles, 9 de enero de 2019

Siguiente al bate, TSJ Legítimo

Por Luis Manuel Aguana

No supe si reír o llorar al leer el Proyecto de “LEY DEL ESTATUTO QUE RIGE LA TRANSICIÓN A LA DEMOCRACIA Y EL ESTABLECIMIENTO DE LA VIGENCIA DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA” que circuló por las redes el día de hoy (ver completo en https://tinyurl.com/ydbyeb87). Lamentablemente no se sabe si esta es una versión oficial o no porque los ciudadanos Diputados no lo publicaron en la página oficial de la Asamblea Nacional, lo que ciertamente considero un irrespeto a quienes los eligieron, habida cuenta que somos nosotros los venezolanos quienes terminaremos pagando los platos rotos de lo que ellos terminen decidiendo allí.

Digo reír por la ingenuidad (¿o malicia deliberada?) que supondría tienen los diputados al creer de verdad en la posibilidad de la aplicación de un instrumento como ese en el marco de una tiranía, presumiendo que el régimen conviviría con esos deseos democráticos en Venezuela solo comparables con una fantasía de Walt Disney. Y digo llorar porque de nuevo la Asamblea Nacional volvió a caer en el mismo error del 5 de enero de 2016 al decir que sacaría al régimen en 6 meses, dándole chance al régimen para el otro día declararla en desacato, perdiendo la oportunidad inmejorable de tomar las decisiones inmediatas que necesitaban los venezolanos con la mayoría calificada que tenían ese día. De nuevo el 5 de Enero de 2019 volvió a pasar lo mismo.

Y luego esas emociones se transforman en rabia porque no sé si esto está pasando deliberadamente a causa de los factores que están operando bajo la nomina del régimen y de sus testaferros para neutralizar y/o retrasar los legítimos esfuerzos de venezolanos que desde adentro y fuera de esa Asamblea Nacional tienen para salir de inmediato de esta tiranía. El resultado neto es que lograron que la Asamblea se exponga con eso a una aplanadora que deberá llegar en el brevísimo plazo.

¿Por qué digo todo esto? Algunos dirán “que mezquino es este tipo” que no acepta los esfuerzos de la Asamblea para sacarnos de esta crisis con el menor costo posible. No. Los Diputados les vendieron con ese Proyecto de Ley a los venezolanos un espejito de ilusiones. Primero al manipular “vacío de poder” con “usurpación” y luego con ese Consejo Nacional para la Transición Democrática, en lugar de asumir, como les correspondía el mismo día 8 de Enero, las riendas de la transición, designando a un Presidente como les ordenaba taxativamente el Articulo 233 constitucional, aduciendo que esa norma fue diseñada para situaciones de normalidad institucional, en las cuales las decisiones de la Asamblea Nacional son respetadas y acatadas por quienes ejercen el poder de la fuerza bajo el imperio de la Ley: la Fuerza Armada Nacional y los órganos de seguridad del Estado”.

En otras palabras, como nosotros no tenemos la fuerza no nos corresponde aplicar la Constitución. ¿¡Qué vaina es esa!? Pues esa fue la salida. Y ya partir del 10 de Enero la Asamblea Nacional pretende que con incentivos que se crearán lograrán que “los funcionarios civiles y militares desobedezcan a quien usurpa el ejercicio de la Presidencia desde el 10 de enero de 2019, y obedezcan las decisiones dictadas por la Asamblea Nacional en el marco del presente Estatuto”. ¿Sera que viven en Narnia los Diputados?

Y mientras los ciudadanos Diputados discuten ese país de fantasía donde ellos conviven sin problemas con una tiranía y se recuperan pacíficamente nuestros derechos secuestrados, el régimen ya está proponiendo en la ilegitima Constituyente disolver la Asamblea Nacional (ver Constituyente Gerardo Márquez propone a la ANC disolver el Parlamento venezolano, en http://efectococuyo.com/politica/constituyente-gerardo-marquez-propone-a-la-anc-disolver-el-parlamento-venezolano/).

Pero eso no ocurrirá así como dice el Sr Márquez de la ANC, sino como dice el que está manejando realmente el cobre de lo que pasará con esa Constituyente, Hermann Escarrá: El presidente de la Comisión Constitucional de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Hermann Escarrá, aseguró que el órgano chavista no tiene planteado disolver la Asamblea Nacional (AN) y adelantó que el proyecto de nueva Constitución estaría listo para finales de febrero” (ver Proyecto de nueva Constitución estaría listo en febrero”, en http://efectococuyo.com/principales/proyecto-de-nueva-constitucion-estaria-listo-en-febrero-segun-hermann-escarra/).

En otras palabras, no necesitan disolver la Asamblea Nacional con un Decreto de la ANC. Eso lo haría la nueva Constitución comunista de Escarrá, que estaría lista a más tardar en Marzo. ¿Cómo? Con la renovación de todos los Poderes Públicos dejando únicamente a Maduro como ocurrió con Chávez en 1999 ¿Y ustedes creen que Guaidó y el resto de los Diputados logren con ese Estatuto parar eso antes de ese tiempo? Ese Estatuto sería historia junto con la Asamblea que lo aprobó tan rápido como espabila un loco con agua fría.

¿Qué hubiera pasado si los Diputados el 8 de Enero, en lugar de  meternos por ese camino de piedras que no nos conducirá a ningún lado, hubieran designado a Juan Guaidó como Presidente de la Republica? El régimen hubiera reaccionado inmediatamente poniéndolo preso. Si, preso. Pero sería UN PRESIDENTE CONSTITUCIONAL LEGITIMO PRESO que tendría que llamar al pueblo para que le acompañe a las calles desde el mismo Hemiciclo del Parlamento. ¿Y por cuánto tiempo creen ustedes que duraría esa situación nacional e internacionalmente? Aquí no estamos hablando de cualquier dirigente político, sería un Presidente preso. Veremos si Maduro lo hace y comprobaríamos de verdad-verdad la cosa dentro de las Fuerzas Armadas. Eso cambiaría en un instante todo el escenario político en Venezuela.

Y aun están a tiempo de hacerlo. Pero como decían los viejos, Juan Guaidó o cualquiera que hubieran puesto como Presidente de la Asamblea Nacional no se gobierna solo, lo gobiernan las fuerzas que lo pusieron allí. ¿Pero están López en VP, Borges en PJ y Ramos en AD dispuestos a hacer eso? Primero muertos antes que ese muchacho sea Presidente antes que ellos. Y por supuesto tampoco desean un desenlace rápido. Quieren “elecciones” para ellos, unas que el régimen nunca dará, agravando nuestra situación país hasta que caigamos en la desesperanza y el fracaso, y nos destroce la tiranía. ¿Los vamos a dejar?

Ese Estatuto secuestra el Art. 333 para la Asamblea Nacional quedándose ella como la única capaz de manejar la Transición: “…el Estatuto establece el régimen transitorio que, con base en el artículo 333 constitucional, regirá a los Poderes Públicos mientras se mantiene la usurpación de la Presidencia de la República. Asimismo, esta Asamblea Nacional, como único representante de la soberanía que reside en el pueblo conforme al artículo 5 de la Constitución, puede adoptar las decisiones orientadas a la aplicación del señalado artículo 333”. Rechazamos esa interpretación mediatizada. No es para la Asamblea Nacional ni para ningún órgano del Poder Público para quien fue escrito ese Artículo en la Constitución. FUE HECHO PARA TODOS LOS VENEZOLANOS INVESTIDOS O NO DE AUTORIDAD.

De una interpretación realizada por juristas independientes que aportan para la Alianza Nacional Constituyente-ANCO, se desprende la siguiente opinión jurídica que me permito hacer pública dada la gravedad de la situación planteada: “El procedimiento de restablecimiento (constitucional) es inevitablemente popular. Su activación no proviene de un órgano, sino de ciudadanos “investidos o no de autoridad”. Una interpretación en contrario, esto es, sostener que se requiera de un Decreto Ejecutivo, de un Acuerdo Legislativo o una sentencia para su activación, confiscaría la necesaria autonomía que requiere esta acción extrema y urgente confiada constitucionalmente al pueblo venezolano, haciéndola depender, para su materialización, de voluntades particulares, acuerdos políticos y/o formalidades paralizantes”.

Léase bien, de los ciudadanos. Somos todos nosotros los venezolanos, y ellos en la Asamblea Nacional. Pero también a los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia legitimo en el exilio, todos, a quienes corresponde ese restablecimiento constitucional y del Estado de Derecho en Venezuela. La Asamblea Nacional no puede regular ni secuestrar eso, ni meternos a todos por un solo callejón para seguir lo que ellos digan y aún mas para retrasar lo que inevitablemente tiene que pasar en Venezuela que no es otra cosa que la recuperación de la libertad.

Si la Asamblea Nacional por cualquier motivo que sea, por las ambiciones de los partidos, por el dinero de quienes sobornan Diputados, por los sapos encubiertos en las filas opositoras, o por lo que sea, conspira por la desaparición de esa Institución, aquellos que sabemos que lo hacen, debemos seguir trabajando por la restitución del orden constitucional porque estamos investidos por la Constitución para hacerlo. El siguiente al bate es el TSJ legítimo. Veamos si la saca de jonrón antes que nos lleven presos a todos…

Caracas, 9 de Enero de 2019

Twitter:@laguana

domingo, 6 de enero de 2019

De la vacante a la usurpación, un salto al vacío

Por Luis Manuel Aguana

La salida que le encontraron los estrategas políticos del discurso del Diputado Juan Guaidó como nuevo Presidente de la Asamblea Nacional, para eludir la papa caliente de dar una respuesta clara a los venezolanos en relación a la responsabilidad constitucional de la Asamblea Nacional de suplir la falta absoluta del Presidente el venidero 10 de Enero fue cambiarle el nombre al problema: “A partir del 10 de Enero nos enfrentamos entonces a la ruptura del orden Constitucional y la Presidencia no se encuentra vacante, se encuentra siendo usurpada y eso debe quedar muy claro…” (ver Discurso completo de Juan Guaidó, nuevo Presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela – 01-05-2019, https://youtu.be/Ob62tsdkbiw, min 36:53).

Me imagino que el razonamiento debió ser algo como esto: “Si decimos que existe un Vacío de Poder –o vacante- tendremos que suplir esa vacante porque no hay Presidente a quien nombrar, pero si lo llamamos usurpación, entonces el problema no es nombrar un nuevo Presidente sino plantearle al país un plan para salir del usurpador”, lo cual cambia estructuralmente el problema, lo que hace esta declaración y propuesta al pais extremadamente grave para los venezolanos por parte de la nueva Directiva de la Asamblea Nacional en palabras del Diputado Guaidó, porque en eso nos podemos llevar todos los años del mundo con la consiguiente profundización del empuje destructor de la dictadura.

Se podría decir que la ventana de escape fue inteligente para los fines de evadir una responsabilidad, pero la pregunta de los venezolanos es ¿queremos o no queremos que se nombre un nuevo Poder Ejecutivo inmediatamente? Esto sin contar con el hecho que no es a los políticos de la Asamblea Nacional a quienes les corresponde calificar el estado legal de Nicolás Maduro Moros, sino al Tribunal que lo sentenció a 18 años y 3 meses de prisión en Ramo Verde, así como a la situación que su condena genera.

Recapitulemos la Dispositiva de la Sentencia de Nicolás Maduro Moros, Capitulo X, Expediente SP-2018-001, publicada el día 29 de Octubre de 2018 ((ver documento de la sentencia en el Twitter Oficial del TSJ legitimo en, https://twitter.com/TSJ_Legitimo/status/1056859165187076096?s=03, págs. 150-151):

“DÉCIMO: Se ratifica el “vacío institucional” que existe Constitucionalmente en el Poder Ejecutivo en Venezuela, de conformidad a lo establecido en el artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y como consecuencia de la condenatoria impuesta en este proceso penal especial, se decreta la destitución definitiva de Nicolás Maduro Moros del cargo de Presidente de la República Bolivariana de Venezuela. Se ordena notificar a las Organizaciones Internacionales tales como: O.N.U., O.E.A., O.P.E.P., MERCOSUR, Comunidad Andina, Unión Europea, Banco Interamericano de Desarrollo, Banco Mundial, Fondo Monetario Internacional, Corporación Andina de Fomento, entre otras organizaciones internacionales, a los efectos de que conforme al Derecho Internacional Público, las reglas de contratación internacional y el Derecho Internacional Privado, se tomen y adopten las previsiones y medidas correspondientes, en el sentido de que Nicolás Maduro Moros no es Presidente legítimo de Venezuela y está detentando ilegalmente la Presidencia del Estado Venezolano. En consecuencia, los tratados y contratos suscritos por Nicolás Maduro Moros por si, o por interpuestas personas, no serán legítimos, ni válidos legalmente y menos comprometen en modo alguno a la República, empresas y corporaciones propiedad de Estado Venezolano. Es todo. Y así se decide.

Por el carácter trascendental de este fallo, se acuerda notificar a la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, a los efectos constitucionales y legales correspondientes. (subrayado nuestro)

Ya notificada, como en efecto fue la Asamblea Nacional durante la pasada legislatura de Omar Barboza, poco hay que añadir institucionalmente a que efectivamente se configura una ratificación del ““vacío institucional” que existe Constitucionalmente en el Poder Ejecutivo en Venezuela, de conformidad a lo establecido en el artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.

Pero ahora, de acuerdo a la nueva legislatura que comienza a partir del 5 de Enero con el Diputado Juan Guaidó a la cabeza, resulta que se cambia la ley y la sentencia de Maduro y ya no hay “vacío institucional” lo que genera la vacante presidencial sino “usurpación”, dando paso entonces a todo un desarrollo completamente diferente del que deberían haber seguido de acuerdo al Artículo 233 de la Constitución, trayendo como consecuencia una estrategia distinta con los 8 puntos que siguieron a continuación, que es lo realmente trascendental del discurso del Diputado Guaidó.

Después de reafirmar en el primer punto la “ilegitimidad y desconocimiento de Nicolás Maduro así como la usurpación del cargo de la Presidencia de la República”, todo el desarrollo ulterior de la estrategia se basa en la “usurpación” del poder como punto fundamental, creando un órgano de Transición para la restitución del orden constitucional, la lucha contra la usurpación y la coordinación de las autoridades legítimas, la sociedad civil y la Fuerza Armada Nacional” (ver Ocho puntos clave que impulsará Guaidó desde la Asamblea Nacional

¿Qué significa esto? No es un Gobierno de Transición como se lo exige a la Asamblea Nacional el Art. 233. Es un nuevo ente que trabajaría desde la Asamblea Nacional para plantearse una nueva gesta en las calles en contra del régimen durante el 2019. Le dieron una buena vuelta al asunto para que la lucha opositora no se vaya de las manos de los partidos políticos de la Asamblea aun cuando estos estén completamente desprestigiados para comenzar con esa lucha, en la aspiración que el régimen cederá a unas elecciones que permitan el retorno de la democracia, desde dentro de Venezuela de la misma manera que ocurrió en el pasado. Pero ese tren ya paso.

Los partidos de la Asamblea Nacional, comenzando por el que ahora le toca la legislatura (VP) están perdiendo de vista (¿deliberadamente?) que las condiciones del país no son las mismas que el 2014, 2016 y 2017. Si existiera la mas mínima probabilidad de que una lucha en las calles haga que los militares se pronuncien, hace tiempo que lo hubieran hecho. No quieren entender que cualquier cambio en el “status quo” del sistema político imperante, el socialismo hambreador del siglo XXI, pasa por una estrategia que comienza desde el exterior. Ya la oportunidad de ellos en el país pasó desde que comenzó el 5 de Enero de 2016, fecha a partir de la cual han desperdiciado todo el capital político que les concedió el pueblo de Venezuela el 6D-2015.

Sin embargo, eso no implica que no vayan a jugar un papel importante en el futuro. No han querido “lavar ni prestar la batea”. Desean embarcar al pueblo venezolano en una lucha con las mismas características de las pasadas sin decirnos que cosa hace que esta vez los resultados sean diferentes, cuando pretenden seguir utilizando las mismas estrategias. Nadie está diciendo que no la emprendamos pero que nos digan una vaina diferente que les haga creíble el llamado, mas allá de crear un nuevo parapeto llamado “órgano de Transición” sin nombrarle sustituto a Maduro. Hacen falta mucho más que los gritos del Diputado Guaidó llamando a seguir en lo mismo que no ha dado resultado desde un discurso populista.

Ahora bien, el planteamiento está claro. O seguimos enfrascados en la lucha de burro contra tigre con un régimen asesino que no es mocho y cuyo próximo paso es aprobar una Constitución comunista en los próximos días, llevándose por delante a esa Asamblea Nacional, volviendo a dar un salto al vacio, o emprendemos una lucha seria desde fuera del país con la organización de una resistencia civil fuerte adentro, cuya finalidad no sea una meta electorera como lo pretende esta oposición colaboracionista, sino la liberación de una tiranía.

Si la Asamblea Nacional se niega a designar a quienes encabecen esa lucha, entonces que lo haga el siguiente órgano legitimo que el Diputado Guaidó no tuvo ni siquiera la cortesía institucional de reconocer en nombre de la Asamblea Nacional, el Tribunal Supremo de Justicia Legitimo en el exilio, que para molestia de esos políticos si fue reconocido por los Cancilleres del Grupo de Lima en su reciente comunicado. Solo así podremos decir que se comenzará con la liberación de Venezuela. Que los venezolanos decidan entonces cual es el mejor camino.

Caracas, 6 de Enero de 2019

Twitter:@laguana