lunes, 15 de noviembre de 2021

Por un Gran Cambio para Venezuela

Por Luis Manuel Aguana

English versión

Intervención en el Foro Carabobo Refundación Nacional

15 de Noviembre de 2021

Buenas tardes,

Mi nombre es Luis Manuel Aguana y pertenezco a  la Dirección de la Alianza Nacional Constituyente Originaria ANCO, y les hablare en los próximos minutos acerca de nuestra propuesta El Gran Cambio. Fue a la Dra. Rosa María Zulueta, Psicólogo Social y extraordinaria venezolana (ver Rosa María Zulueta, ciudadana integral, en https://ticsddhh.blogspot.com/2017/03/rosa-maria-zulueta-ciudadana-integral.html) a quien escuché por primera vez el término “El Gran Cambio”. La Dra. Zulueta nos acompaño en ANCO por el país en los últimos años de su vida en nuestra cruzada educativa, como maestra que fue, en nuestro intento permanente de plantearle a quien nos quisiera escuchar acerca de las transformaciones que Venezuela necesita en toda su extensión; decía que Venezuela no necesitaba solo un cambio en lo político sino un Gran Cambio, el más importante de todos y requisito fundamental para un país del futuro: un cambio en los mismos venezolanos y el esfuerzo necesario para convertirnos en ciudadanos. Honro hoy su recuerdo después de más de 4 años de su partida.

La especialidad de la Dra. Zulueta le obligaba a explicar permanentemente la afectación a la que ha sido sometida la población a causa de una “revolución” que, de acuerdo a su diagnostico, enfermó a Venezuela. Rosa María decía que el régimen nos había aplicado deliberadamente una estrategia conformada –en sus propias palabras- de “discursos violentos, intolerancia, chantajes y manipulaciones, engaños y rebotes de culpa, violaciones de derechos humanos, discriminación política, ineficiencia, corrupción y pobreza”.

De acuerdo a la Dra. Zulueta esa estrategia de dominación nos había producido “quiebres de lógica, desesperanza, inermidad, incertidumbre, frustración, resentimiento, rabia tóxica, paranoia y reactividad”. Y como una consecuencia de todo eso, los venezolanos enfermos sentíamos los efectos más perversos: la “evasión, postergación, habituación, resignación y paralización”. Y que eso hacía que nosotros mismos nos saboteáramos con estas tres armas de destrucción: “El miedo, la resistencia psicológica al cambio y la desconfianza”.

Y me voy a detener en eso último. Esos tres elementos están presentes más que nunca en la Venezuela de hoy, en especial LA RESISTENCIA PSICOLÓGICA AL CAMBIO. Nos damos miles de excusas para seguir creyendo que las soluciones que se siguen proponiendo a la grave crisis que padecemos pasa por seguir haciendo lo mismo: elecciones, diálogos y cohabitación política, cerrando de manera natural la puerta y el entendimiento a cualquier otra solución.

¿Cuál es el fundamento de El Gran Cambio? El que asomó la Dra. Zulueta: CONVERTIR A LOS VENEZOLANOS EN CIUDADANOS. Y de acuerdo a nuestro criterio estudiado eso pasa en lo político por EMPODERARLOS, esto es darles el poder y la responsabilidad plena de su propio destino. ¿Y qué significa eso? Veamos:

Si el paradigma imperante en nuestro Pacto Social fundamental, la Constitución, está estructurado de forma tal que sea el Estado quien distribuya y reparta, y quien decida cuanto y de qué forma darle a los ciudadanos su parte de la renta del país, conceptualmente lo que estamos haciendo es creando un país de mantenidos.

Ese paradigma condiciona un Pacto donde existe alguien que da y otro que recibe, independientemente de las porciones que se repartan. Ese esquema genera de por sí una lucha feroz por el poder –léase de los partidos políticos que conocemos- quienes se sienten con el derecho a repartir, y generalmente terminan haciéndolo en su propio beneficio. De esta manera queda en las manos de quien reparte proveer el bienestar ciudadano, y el ejercicio de la administración del Estado, pervirtiendo el objeto fundamental de su propia razón de ser, que no es otro que el de proveer calidad de vida a los ciudadanos, generando corrupción y elites corruptas. Un esquema como ese solo puede funcionar en tanto y en cuanto haya suficiente para repartir, y como sabemos, ya eso dejó de ser en Venezuela. Ese paradigma es estructuralmente tóxico y destructivo, e insostenible en el largo plazo para cualquier sociedad. Los venezolanos somos la prueba viviente de eso.

Y eso es lo que está estructurado en la Constitución vigente y en la anterior, y la anterior a esa. Venezuela ya dejó de ser un país petrolero. Dejamos de vivir de la venta de un bien transable internacionalmente. Ahora vivimos de las remesas de los más de 6 millones de venezolanos que han migrado forzosamente. Nadie podría vivir en este país de los sueldos devaluados en bolívares de este o cualquier gobierno que venga. La edad de piedra no se acabó porque dejaran de existir las piedras.

El venezolano jamás podrá empoderarse si no existe un Gran Cambio en el Pacto Social vigente que ya de por si está completamente desactualizado y no se corresponde con la realidad que estamos viviendo desde hace muchos años. Y a estas alturas ustedes se preguntarán, ¿de cuales cambios estamos hablando? De construir un nuevo paradigma que sustituya al actual y que de un giro fundamental hacia una Venezuela productiva. ¿Y cuál sería ese paradigma? Describiré brevemente algunas  características que se deberán tener en cuenta como una referencia. Esta lista no es exhaustiva y menos aun limitativa:

* Deberán existir cambios importantes en el control legislativo del Poder Ejecutivo. No se puede seguir tolerando que cualquier Presidente de la República haga lo que le venga en gana con los venezolanos y la Hacienda Pública. Ningún Presidente puede crear o eliminar Ministerios ni manejar presupuestos a su antojo, ni sacarnos de Acuerdos internacionales sin el consentimiento de la representación del pueblo establecida en un Parlamento. Su poder debe ser reducido, despiezado y entregado a los Municipios y Estados estableciéndose un nuevo Pacto Federal. Se requiere un giro de 180 grados en la reasignación del poder político, las finanzas y la generación de riqueza;

* Se debe restablecer la representación de los Estados en el Parlamento. Esto es, restituir el Senado de la República y darle pleno control de los ascensos de las Fuerzas Armadas y la aprobación final de las leyes. Eso no puede seguir estando en manos de ningún Presidente de la República del signo político que sea;

* Los Municipios y los Estados deben tener la capacidad económica y política para dar la calidad de vida que demandan sus ciudadanos. El poder debe acercarse lo más posible al ciudadano y esto solo es posible invirtiendo la pirámide del poder establecida en la estructura constitucional. Hay que establecer a la brevedad las autonomías de los Estados y Municipios, para que los ciudadanos tomen el control de su destino en cada rincón de Venezuela, y la creación de un Pacto Federal de los Estados;

* Los Estados deben replantear a través de sus propias Constituciones cuantos Municipios deben tener de acuerdo a su realidad poblacional, comenzando por convertir inmediatamente las Parroquias actuales en Municipios. No se puede seguir viviendo con una realidad ciudadana de 335 Municipios en todo el país y esperar buenos servicios públicos o una mejor administración de ellos con calidad de vida. Por ejemplo Carabobo debe replantear urgentemente su realidad poblacional interna. La Parroquia Miguel Peña, perteneciente al Municipio Valencia tenía para el Censo 2011 371.087 habitantes, mucho más que el Estado Cojedes (323.165) y dos veces más que el Delta (165.525). La Parroquia Mariara del Municipio Diego Ibarra (66.084) tenía para ese Censo 2011 más habitantes que el Municipio Chacao de Caracas (61.213). Solamente Valencia tenía para el Censo 2011 más habitantes que el Estado Barinas (816.264): 829.856. Con esta realidad de un país territorialmente distorsionado ¿qué Alcalde o que Gobernador del signo político que sea puede resolver algo con el presupuesto que se le asigna a los municipios y los Estados?

* Al rehacer el papel de los Estados y Municipios, debe como consecuencia  desaparecer la decimonónica figura del Situado Constitucional porque cada Estado deberá aportar, no que le aporten, a un fondo federal establecido en un Pacto que sostenga servicios comunes a toda la República como las Fuerzas Armadas y el Servicio Exterior. Sabían ustedes que en el año 2016 solo el 3,67% del presupuesto Nacional fue para los Municipios del país, y el 14,71% fue para la administración de los Estados, reservándose el Ejecutivo Nacional el 81,61%? Y que unas cifras semejantes se han repetido durante más de 60 años, los 40 del Pacto de Punto Fijo y los 20 del castro-chavismo-madurismo? Díganme que Alcalde puede hacer algo con eso para mejorar la vida cotidiana de sus ciudadanos? De acuerdo a Artículo 167.4 Constitucional: “…El Situado es una Partida equivalente a un máximo del Veinte por ciento del total de los Ingresos Estimados anualmente por el Fisco Nacional…”. Esta es una situación que los Estados no pueden seguir tolerando;

* Hay que repensar a fondo la industria petrolera y nuevos términos para el reparto de la renta, que sean completamente distintos a los actuales. La industria debe ser de Energía y cada Estado debe controlar a todo nivel sus propios recursos, incluyendo los petroleros y mineros, estableciendo sus aportes a un fondo federal. Si tiene más aportara más al Pacto Federal;

* Se requiere de un cambio URGENTE de los criterios de la representación ciudadana en el Parlamento. Los Diputados deben ser reales representantes de sus Estados, no de los partidos en los que militan. Que la representación de los Estados en el Parlamento salga de las Asambleas Legislativas y se roten durante todo el periodo legislativo. Se debe quebrar la dictadura de los partidos sobre nuestros representantes populares. Los partidos solo tendrían opción de cargos de representación popular para puestos de Diputados, Gobernadores y Presidentes de la Republica. Se propone que Alcaldes y Concejales sean exclusivamente del ámbito de la Sociedad Civil;

* La Educación, la Justicia, la Salud y la seguridad pública deben estar al nivel de los Estados y Municipios, con lineamientos nacionales comunes. El agua y la electricidad deben ser servicios controlados y garantizados localmente;

Estas son solo algunas de las características de un nuevo paradigma que se debe establecer para empoderar a los ciudadanos y se constituya en la base fundamental de un nuevo Pacto Social. Solo así el ciudadano podría controlar el poder desde la base, dejando que el país en las 23 entidades federales desarrollen de manera independiente sus propias potencialidades productivas. Claramente aquí no están todos los cambios propuestos y algunos de ellos son ideas que deben discutirse y mejorarse en ese repensar del país entre todos y los invitamos a hacerlo en el documento que hemos publicado.

Para finalizar, ¿han notado ustedes que algún factor político en Venezuela haya planteado siquiera estos temas trascendentales que incidirían sobre nuestras vidas en un futuro, en esta hora trágica cuando todos estamos llorando porque el país está destruido, nuestros hijos han muerto o han huido de esta realidad? No, ¿verdad? Todos están pidiendo volver al pasado, a través de un “programa de gobierno” y que Maduro se vaya como sea para ir a elecciones inmediatamente, esperando volver al “business as usual” de un “quítate tu para ponerme yo” después de una Venezuela devastada. Eso no es un cambio, es más de lo mismo pero con otros protagonistas, y lo peor de todo, para no resolverles absolutamente NADA a los venezolanos. Acompáñennos y ayúdennos a hacer esta cruzada ciudadana de El Gran Cambio para Venezuela. Dios sabe que nos conviene a todos…“Tenemos que REPENSAR A VENEZUELA. Tenemos que entre todos REINVENTAR LA DEMOCRACIA. Tenemos que REFUNDAR EL PAIS”

Muchísimas gracias….

Caracas, 15 de Noviembre de 2021

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lunes, 8 de noviembre de 2021

Karim Khan y el Principio de Complementariedad

Por Luis Manuel Aguana

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Me sentí satisfecho, como muchos venezolanos sedientos de justicia frente al régimen criminal de Nicolás Maduro Moros, al leer la declaración del actual Fiscal de la Corte Penal Internacional, CPI, Karim Khan, al salir de Venezuela: “…Como deja claro el Memorando de Entendimiento y como lo he manifestado públicamente, el examen preliminar de la Situación en Venezuela (Venezuela I) ha llegado a su fin luego de un proceso exhaustivo e independiente con la conclusión de que existe una base razonable para proceder con una investigación...” (Comunicado de Karim Khan, “No hay sospechosos, pero en la investigación se determinará la verdad”, en https://www.elnacional.com/venezuela/no-hay-sospechosos-pero-en-la-investigacion-se-determinara-la-verdad-karim-khan-explico-el-estado-de-las-indagaciones-sobre-venezuela/

Eso significaba que el ya de por si lento proceso que se seguía, estancado por la anterior Fiscal de la CPI, y que fuera denunciado por corrupción y negligencia, retomaba su camino (ver Walter Márquez, Salida de la Fiscal Fatou Bensouda cierra ciclo de corrupción y negligencia en la Corte Penal Internacional https://www.elnacional.com/venezuela/walter-marquez-salida-de-la-fiscal-fatou-bensouda-cierra-ciclo-de-corrupcion-y-negligencia-en-la-corte-penal-internacional/).

Se podía sospechar abiertamente que el régimen no había escatimado recursos para retardar ese caso en la CPI en la Fiscalía de Bensouda a pesar de que 6 Estados solicitaran formalmente la apertura de la investigación a la CPI en septiembre de 2018 (ver Venezuela: Seis gobiernos de la región solicitan investigación de la CPI, en https://www.hrw.org/es/news/2018/09/26/venezuela-seis-gobiernos-de-la-region-solicitan-investigacion-de-la-cpi). Inmediatamente al ser notificada de la decisión de los Estados parte del Estatuto de Roma, la Fiscal Bensouda estaba en la obligación técnica de iniciar esa investigación y no lo hizo: “Cuando haya sido un Estado parte el que haya remitido la información sobre la situación, el Fiscal no necesita la autorización de la SCP (Sala de Cuestiones Preliminares) para iniciar la investigación, pero debe informar de su decisión de investigar no sólo al Estado remitente, sino a todos los Estados parte y a aquéllos que ejercerían normalmente su jurisdicción sobre los crímenes de los que se trate (Art. 18.1 del Estatuto de Roma)” (ver Sobre la instrucción del proceso penal ante el Tribunal Penal Internacional http://perso.unifr.ch/derechopenal/assets/files/articulos/a_20080521_90.pdf y Estatuto de Roma, en https://www.oas.org/36ag/espanol/doc_referencia/Estatuto_Roma.pdf).

Ocurrieron más de tres años desde cuando los Cancilleres de Argentina, Canadá, Chile, Colombia, Paraguay y Perú remitieron la situación de Venezuela a Fiscalía de la CPI, siendo ahora cuando el nuevo Fiscal Karim Khan destraba el proceso. Khan no hizo otra cosa que cumplir con su obligación de hacer respetar el Estatuto de Roma, tal y como lo anunció públicamente.

Pero ahora luego de destrancado el caso de Venezuela lo que se viene es mucho más duro por lo que se desprende del Memorándum de Entendimiento entre la Fiscalía de la CPI y el régimen de Nicolás Maduro Moros (ver Memorándum de Entendimiento firmado por Khan y Maduro, en https://www.noticierodigital.com/2021/11/memorandum-de-entendimiento-firmado-por-khan-y-maduro/). La ex Fiscal Bensouda pudo entrabar el proceso, pero ahora el régimen va a intentar utilizar las mismas reglas de la creación de la Corte Penal Internacional para retrasarlo utilizando el llamado Principio de Complementariedad, varias veces mencionado en ese Memorándum. Veamos.

El Artículo 1 del Estatuto de Roma establece: “Se instituye por el presente una Corte Penal Internacional (“la Corte”). La Corte será una institución permanente, estará facultada para ejercer su jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más graves de trascendencia internacional de conformidad con el presente Estatuto y tendrá carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales. La competencia y el funcionamiento de la Corte se regirán por las disposiciones del presente Estatuto”. (resaltado nuestro)

¿Qué significa esto? Que la CPI deberá comprobar que los crímenes denunciados son admisibles de ser juzgados por esta jurisdicción internacional: “Aunque el Fiscal considere que hay fundamento razonable, o aunque la información haya sido transmitida por un Estado parte o por el Consejo de Seguridad, conforme a lo acabado de ver, el conocimiento del asunto por el CPI no es automático, sino que se somete a un análisis jurídico de admisibilidad. Decidida que la causa es admisible, la parte perjudicada puede impugnar la correspondiente resolución. Ello nos obliga a distinguir la admisibilidad de la causa de su posible impugnación” (ver Sobre la instrucción del proceso penal ante el Tribunal Penal Internacional, Admisibilidad de la Investigación,  http://perso.unifr.ch/derechopenal/assets/files/articulos/a_20080521_90.pdf

¿Y porque esto es así? Porque al crearse la CPI la intención era fundamentalmente que los crímenes fueran juzgados en la jurisdicción del país donde se cometieron, y en caso de que por alguna razón establecida en el mismo Estatuto de Roma no fueran admisibles, tendrían que juzgarse en los tribunales del país correspondiente, en este caso, Venezuela. Pero dejemos que la misma CPI lo explique:

“Para comprender el concepto de complementariedad es preciso comprender su alternativa. El dilema que tenía ante sí la comunidad internacional era el de crear un tribunal internacional que tuviera o bien jurisdicción primaria o bien jurisdicción complementaria. De haber tenido una jurisdicción primaria, la CPI habría podido actuar frente a cualquier caso, aunque las autoridades nacionales ya estuvieran ocupándose de él. En ese marco se encuadraron el Tribunal Militar Internacional de Núremberg (1945) y el Tribunal Militar Internacional para el Lejano Oriente (1946), así como el Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia y el Tribunal Penal Internacional para Ruanda, de la década de 1990. Los argumentos a favor de un sistema basado en la complementariedad acabaron imponiéndose, principalmente porque los Estados no dejaron de defender su soberanía. De hecho, la CPI, en su calidad de organismo voluntario vinculado a un tratado, va ligado al consentimiento de los Estados que lo ratifican” (ver CPI, ¿Qué es la complementariedad?, en https://www.ictj.org/sites/default/files/subsites/complementarity-icc-es/). De hecho, la CPI publicó un Manual de Complementariedad para explicarle bien a los países hasta donde llega su jurisdicción y que pueden esperar de ella (ver ICC Handbook on Complementarity, en  https://www.ictj.org/sites/default/files/ICTJ_Handbook_ICC_Complementarity_2016.pdf).

La pelea que tendremos frente a nosotros a partir de ahora será la ADMISIBILIDAD de los casos que se presentaron ante la CPI. Y créanme que el régimen hará todo lo posible para hacer que esos casos se queden en Venezuela, INCLUYENDO EL DE MADURO. De allí que ustedes hayan visto que sorpresivamente el ilegitimo Fiscal Tarek William Saab se haya movido para procesar los casos donde el régimen había denegado justicia, como el caso de David Vallenilla, asesinado en La Carlota y cuyo asesino había sido absuelto. El sargento Arli Méndez Terán, acusado de asesinar al estudiante David Vallenilla en junio de 2017, fue condenado durante la noche de este viernes 22 de octubre a 23 años de cárcel, luego de la retoma del juicio que se le seguía por este caso, incluido en el expediente que busca investigar al Estado venezolano en la Corte Penal Internacional (CPI) por crímenes de lesa humanidad” (ver  https://efectococuyo.com/la-humanidad/militar-que-asesino-a-david-vallenilla-fue-condenado-a-23-anos-de-carcel/).

Allí el ilegitimo Fiscal Tarek William Saab, en nombre del régimen, estaba enviando un mensaje claro a la CPI diciendo que la justicia venezolana “si funciona”, sacando ese caso del conjunto de crímenes de Lesa Humanidad cometidos por el régimen. Y así irán procediendo con los casos donde puedan sacrificar a matones como el caso de ese sargento pero salvando a las piezas más importantes. A partir de ahora comenzaremos a ver que entregan en la justicia local a los autores materiales de las atrocidades pero dejando sin tocar a quienes han sido los más grandes orquestadores de esos crímenes de la principal cadena de mando que comienza con Maduro y sus ministros. Estaría por ver si esos criminales se dejarán sacrificar como ganado para dejarles el camino libre a los mayores responsables.

Pero veamos lo que dice la CPI ahondando en el tema de la admisibilidad: “Los apartados más relevantes del Estatuto de Roma a este respecto se encuentran en los Artículos 17 al 20 y en el Artículo 53. De ellos, el más importante es el Artículo 17: Cuestiones de admisibilidad. El Artículo 17 describe los tres escenarios en los que un caso puede considerarse inadmisible: A. Cuando las autoridades nacionales ya se estén ocupando del mismo caso; B. Cuando las autoridades nacionales, después de investigar el mismo caso, hayan decidido no juzgarlo; C. Cuando el caso ya lo haya juzgado una instancia nacional” (ver Articulo 17: Normas para determinar donde ha de juzgarse un caso, en https://www.ictj.org/sites/default/files/subsites/complementarity-icc-es/). (resaltado nuestro). El escenario A, es precisamente sobre el que el régimen buscará afianzarse.

Lo que viene de ahora en adelante será una prueba dura a los efectos de llevar a la cárcel a los principales responsables de la tragedia de Venezuela, Maduro y sus cómplices. Este caso está muy lejos de ser jurídico, como muchos pudieran pensar. Los venezolanos tuvimos solo una gota de agua para saciarnos en este desierto de justicia, al destrabarse el proceso penal en la CPI. Pero alegrarse por que luego de que Karim Khan hiciera su trabajo al destrabar el proceso y le reafirmara al régimen la condición complementaria de la justicia de la CPI, firmando un Memorándum de Entendimiento para trabajar con Maduro, no es a mi juicio la mejor reacción. Para mi es solo el recordatorio de lo resilientes que tenemos la obligación de seguir siendo los venezolanos para no desmayar en exigir y conseguir la justicia que se les ha negado a las víctimas de los crímenes horrendos de Lesa Humanidad que Maduro y sus cómplices han cometido. No descansaremos hasta que tengamos esa justicia, y que paguen por ellos. No se dejen engañar…

Caracas, 8 de Noviembre de 2021

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Fe de Errata: la publicación inicial del artículo el 8 de Noviembre indicaba erróneamente el nombre del Fiscal del la CPI como “Karin Kham” cuando el nombre correcto es “Karim Khan”. Ofrezco a los lectores mis disculpas por el error involuntario.