domingo, 11 de septiembre de 2022

Isabel II, el fin de una era

Por Luis Manuel Aguana

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El solo hecho de haber sido el Jefe de Estado más antiguo de la historia del mundo contemporáneo, le confirió a la Reina Isabel II de Inglaterra una rareza indiscutible en el mundo de hoy. Un personaje que recibió sus primeras lecciones como gobernante del político más grande de su tiempo y de su propio país, Sir Winston Churchill, es bastante razón para admirar la trayectoria de la vida de una Reina única, que concluyó esta semana. Ningún Jefe de Estado del mundo podía tener la experiencia y la madurez política de la Reina Isabel II de Inglaterra al momento de su muerte. ¿Se imaginan toda esa sabiduría política contenida en una sola persona?

Ser testigo y a la vez protagonista activo de los cambios políticos del mundo inmediatamente luego de la postguerra, le concedieron a la Reina Isabel II una perspectiva única, razón por la cual no había político de ningún país que no quisiera reunirse e intercambiar con ella, como si se tratara de una suerte de oráculo para buscar la verdad.

En ocasión del fallecimiento de la Reina Isabel II de Inglaterra creo interesante revisar el papel del monarca inglés en el sistema de gobierno de ese país o comunidad de países, habida cuenta que en ellos no existe una Constitución “codificada” como la conocemos nosotros: “El sistema británico de gobierno parlamentario no se basa en una Constitución escrita, sino que es el resultado de una gradual evolución que se remonta a varios siglos atrás”… “En el Reino Unido (Inglaterra, Gales, Escocia e Irlanda del Norte) la suprema autoridad legislativa es la Reina en Parlamento, es decir la Reina y las dos Cámaras del Parlamento: la Cámara de los Lores y la Cámara de los Comunes, popularmente elegida.”… “Los tres elementos del Parlamento se hallan aparentemente separados; están constituidos a base de principios diferentes; realizan una labor distinta y en lugares diversos; y únicamente se reúnen conjuntamente en ocasiones de cuando son convocados por la Reina en la Cámara de los Lores. Sin embargo, como órgano legislador del Estado, el Parlamento es un organismo corporativo y, con ciertas excepciones, no puede legislar sin la concurrencia de todas sus partes.” (1)

Al no existir una Constitución “codificada”, como la conocemos nosotros, el Reino Unido se rige por “documentos escritos, dentro de leyes, sentencias judiciales, y tratados”…“Desde la Revolución de 1688, la piedra angular de la constitución británica ha sido tradicionalmente la doctrina de la soberanía parlamentaria, según la cual los estatutos que se aprueban por el Parlamento son la fuente suprema y última de su ley (la del Reino Unido)” (ver Constitución del Reino Unido, en https://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_del_Reino_Unido).

La Reina (o el Rey a partir de ahora) tiene poderes absolutos sobre el Parlamento: “El Parlamento se convoca por proclamación real y es la Reina quien lo prorroga y lo disuelve. A comienzo de cada etapa legislativa, la Reina se traslada a Westminster en procesión ceremonial y abre el Parlamento en persona.”…“Del mismo modo que el Parlamento solo puede reunirse por mandato de la Corona, para que entre en vigor una ley se requiere la sanción del Soberano y la Sanción Real otorgada a los Bills, o proyectos de ley, es usualmente comunicada por los Speakers (o Presidentes) de ambas Cámaras. El derecho soberano a denegar la sanción no ha sido ejercido desde 1708. La Reina tiene el derecho de ser consultada, el derecho de dar estímulo y el derecho de advertencia, pero el derecho de veto ha caído en desuso.” (1)

Es muy interesante considerar que el Parlamento inglés tiene su origen en la asistencia que necesitaba el Soberano para el gobierno del país y en la formulación de políticas: “Durante el siglo XIII varios reyes hallaron insuficientes sus rentas privadas y las ayudas de la nobleza para sufragar los gastos de la gobernación. En consecuencia, convocaron al Gran Consejo (congregación de hombres destacados, obispos, dignatarios palatinos, arrendatarios en jefe –ocupantes de tierras directamente cedidas por el Rey- y otras personalidades), si no también representantes de los condados, ciudades y villas, primordialmente para obtener su asentimiento a la imposición de tributos extraordinarios. De este modo, el Gran Consejo vino a ser integrado por dos estamentos: el de los convocados en su propio nombre (los arrendatarios en jefe) y el de quienes eran representantes de comunidades (los comunes). Oportunamente, ambas partes, con el Soberano, fueron denominadas Parlamento. La primera vez que se empleó este término, que originariamente significaba una reunión para parlamentar o discutir, fue en 1236.” (1)

De todo lo anterior se deduce que la figura del Parlamento inglés está estructural, histórica e indivisiblemente consustanciada a la figura de la misma Reina (o Rey). No se puede concebir la una sin la otra. Con el transcurrir de los siglos, muchos de los usos y costumbres han cambiado, pero la fórmula de cómo se gobierna se ha fortalecido. Esos usos y costumbres escritas desde hace siglos son su ley que se modifica con el tiempo. No puede existir ninguna comparación entre lo que esa gente ha vivido y desarrollado en su  experiencia de siglos, con nuestra historia particular de pueblos conquistados y luego liberados; y mucho menos plantear réplicas de su sistema en nuestra realidad institucional.

Pero hay un aspecto determinante, como lo señala un reciente artículo de La Tercera: las partes involucradas: “Los expertos señalan que el problema con una Constitución no codificada es que depende de las partes involucradas para seguir respetándola (esto es, el sistema de hacer las cosas). Si no lo hacen, entonces se produce una crisis constitucional”…“Siempre hemos sentido que no necesitamos esas garantías legales”, dijo al diario The New York Times, la profesora Meg Russell, directora de la Unidad de Constitución en el University College de Londres. "No necesitamos que los jueces les digan a nuestros políticos qué hacer porque somos una de las democracias más maduras del mundo. Somos estables. Hacemos bien la política. Pero creo que probablemente nos hemos vuelto complacientes" (ver La Tercera, El caso de Reino Unido: Un país sin Constitución, en https://www.latercera.com/reconstitucion/noticia/el-caso-de-reino-unido-un-pais-sin-constitucion/SHX352Q4HFAIHPFTCCH5W5I6QU/).

Esto significa que NO ESTÁ EN LA CONSTITUCIÓN el respetar o no el texto fundamental, sino en la catadura moral de quienes conducen un país, que tenga o no tenga una Constitución “codificada”. Y eso debe partir del más alto nivel de la estructura de poder. El sistema político en Reino Unido ha funcionado excepcionalmente bien durante 70 años porque la Reina Isabel II fue un Jefe de Estado que dispuso su vida al ejercicio de lo moralmente correcto. Y eso es completamente inusual en esta época de distorsión conductual y moral de los políticos de todo el mundo. El sistema inglés funciona porque los políticos, en general, hicieron a su vez lo mismo que hacía su Reina, siguiendo de alguna manera su ejemplo. Quedará para la historia ver si la sucesión de la Reina Isabel II conserva ese mismo nivel de ejercicio público, porque de eso dependerá su estabilidad futura.

Esto también debería ser ejemplo para quienes pretenden asumir posiciones de poder en todo el mundo, en especial en nuestros países, que ostentan solo una fracción de la vida institucional de la monarquía inglesa, mirando un poco más allá del hecho puntual de la muerte de una Reina. Lo que ha pasado con su muerte es el fin de una era en la conducción política, y el rompimiento del último eslabón que nos unía con un pasado donde la moral, los valores y la forma correcta de conducir los pueblos importaban. Bienvenidos al siglo 21…

Caracas, 11 de septiembre de 2022

Blog: https://ticsddhh.blogspot.com/

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Twitter:@laguana

(1)   El Parlamento Británico. Servicios Británicos de Información, Central Office of Information, No. R5448/74/Sp, Revisión Agosto 1974, Londres

sábado, 3 de septiembre de 2022

De Peñalver a Almagro, todavía no somos suizos

Por Luis Manuel Aguana

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El Secretario General de la OEA, Luis Almagro, explico en un reciente artículo, con mucho más detalle, su propuesta de cohabitación con contrapesos para Venezuela (ver Venezuela o la continuación de la nada, en https://reportecatolicolaico.com/2022/09/01/luis-almagro-venezuela-o-la-continuacion-de-la-nada/).

Se puede resumir toda la explicación del Secretario General de la OEA, en el siguiente párrafo Sí, nunca he conocido un país en el que tanta gente quiere ser presidente del mismo. Por eso es más que necesario un sistema colegiado de gobierno como el suizo, como la Constitución uruguaya de 1952”. De acuerdo a su planteamiento, como en Venezuela se ha resumido la política en un “todo o un nada”, por parte del régimen y su oposición, debemos encontrar la manera de lograr espacios intermedios que permitan que el juego político fluya a favor de los más débiles. A eso es lo que Almagro llama de “cohabitación, cogobierno y contrapesos” planteando que “El “todo o nada” en el que trabaja hoy la política venezolana se basa en la ausencia de esos contrapesos. En un país sin contrapesos a nivel político, a nivel social, y a nivel económico, el que gana el brazo ejecutivo del Estado se queda con todo”. Y efectivamente eso es lo que ocurre en Venezuela.

Pero, ¿es posible en Venezuela ese planteamiento? Cuando mencionó al sistema suizo, no pude menos que recordar la famosa frase del “no somos suizos” de aquel célebre sindicalista adeco, Manuel Peñalver, quien hizo historia en su tiempo en Venezuela y que imagino que el Dr. Almagro difícilmente tendría en consideración, porque sintetiza nuestra cultura política. Peñalver es parte de la historia retardataria de la Venezuela que siempre se negó a ceder espacios y menos aun a los cambios políticos que implicaran ceder el poder: “Fue recordado por una frase que generó titulares en su época: "No somos suizos", con la que (su partido Acción Democrática) negó el respaldo de la bancada mayoritaria a las propuestas de reforma tributaria que la Comisión para la Reforma del Estado (Copre), había presentado entre un amplio paquete de medidas que perseguían la modernización administrativa” (ver Biblioteca Manuel Peñalver, en http://cronicasangostureas.blogspot.com/2014/04/biblioteca-manuel-penalver.html).

Existe una máxima política no escrita en Venezuela: El poder, como las mujeres, no se comparte. Así, con toda la carga machista que la expresión pudiera tener. O lo tienes o no lo tienes. No hay tonos de grises e intermedios. De allí el “todo o nada” que la exposición de Luis Almagro nos atribuye. Es un rasgo profundamente cultural. En un foro con dirigentes de ANCO del Estado Anzoátegui, en los primeros días de la convocatoria inconstitucional del constituyente en mayo de 2017 lo referí, específicamente para el caso de los Estados del país, de una manera directa: “… Ningún gobernante, y en especial El Libertador, en toda la historia republicana de Venezuela cedió el control a los Estados, ni aun después de la Guerra Federal, donde triunfó la Federación, y a partir de la cual, con la Constitución de 1864, nos llamamos Estados Unidos de Venezuela. Luego, con la riqueza petrolera, menos aún se ha cedido ni compartido el poder político ni económico con los Estados. Los presupuestos, las políticas, la infraestructura, la salud, la educación, la seguridad, el ambiente, etc., todo lo que tiene que ver con la calidad de vida del ciudadano en cada municipio, de cada región de Venezuela, la deciden quienes llegan al Poder en Caracas. De allí que nadie quiera ceder eso. Quien le pone las manos al coroto decide por todos nosotros…” (ver Constituyente Originaria versus fraude constitucional, en http://ticsddhh.blogspot.com/2017/05/constituyente-originaria-versus-fraude.html)

Me encantaría que fuéramos como los suizos, pero lamentablemente todavía no lo somos, como lo refirió Peñalver en su famosa frase. No tenemos esa idiosincrasia que nos permita aceptar una propuesta de gobierno colegiado, y de allí el rechazo frontal que se tuvo a la interpretación de cohabitación o cogobierno con contrapesos expuesta inicialmente por Almagro. Tal vez si el Secretario General de la OEA leyera el editorial del vespertino venezolano Tal Cual del 9 de junio de 2016, titulado con la misma expresión “No somos suizos”, escrito magistralmente por Laureano Márquez, podría entender el significado de esa frase en nuestro país (ver No somos suizos, por Laureano Márquez, en  http://laureanomarquez.com/escritos/editorial-tal-cual/no-somos-suizos/).

Entonces la solución de Venezuela no puede pasar ni por suiza ni por Uruguay, sino por nuestra propia experiencia histórica, o como dice nuestra Constitución en su Artículo 350, esto es, por nuestra “tradición republicana, a su lucha por la independencia, por la paz y la libertad”.

Los venezolanos hemos estado enfrentados en muchas ocasiones en nuestra historia para cambiar los gobiernos y siempre las cosas se resolvieron, en unos casos con la violencia de la guerra civil, y en otros por intervención de las Fuerzas Armadas. Un caso interesante se dio a comienzos del siglo pasado, cuando Cipriano Castro y Juan Vicente Gómez tomaron el poder por la vía de la insurrección armada. En ningún caso se dio que los bandos enfrentados decidieran “compartir” el poder.

En el presente siglo de diálogos y soluciones pacíficas entre los pueblos, ANCO ha propuesto que si uno y otro bando quieren jugar el juego de suma cero del “todo o nada” que plantea Almagro, sea el pueblo el que decida. ¿Es muy difícil comprender eso? Entonces el problema no se reduce a elucubrar cual es la solución, sino el cómo se implementa en estas circunstancias a pesar de los bandos en pugna, y que ambos bandos acepten el dictamen que el soberano pueblo de Venezuela indique, no solo por aquello del principio de Autodeterminación de los Pueblos –que por cierto también está establecido en nuestra Constitución- sino porque los dos bandos no tienen la atribución ni la representación para decidir por nosotros nuestro destino, cuando podemos ejercer constitucionalmente nuestra soberanía de manera directa. Y esa manera está escrita en los últimos 4 artículos de nuestra Constitución, con la convocatoria al Soberano Pueblo de Venezuela a una Asamblea Nacional Constituyente de carácter Originario. El trabajo entonces es pensar cómo lo hacemos entre todos, incluida la OEA. Y lo mejor de todo es que no hay que ser suizo para entenderlo ni para hacerlo…

Caracas, 3 de Septiembre de 2022

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