jueves, 18 de mayo de 2023

Por qué hay que cambiar la Constitución

Por Luis Manuel Aguana

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Les parecerá una locura que hoy aborde esta pregunta, y en realidad lo es. Después de años de escribir y abordar ese tema en múltiples foros, debido al daño que este régimen ha causado a la institucionalidad del país, a mi juicio es una locura que todavía haya importantes personalidades que tengan que explicarlo, y comunicadores sociales que todavía se pregunten el porqué es necesario un cambio en la actual Constitución de 1999, y qué tiene que ver eso con el bienestar de la población, habida cuenta que, de acuerdo a sus criterios, lo que ha existido es “violación a la Constitución”, y no otra cosa.

Y para ir directo al grano, me refiero al reciente programa del canal de YouTube del conocido periodista Napoleón Bravo, en entrevista con el Dr. Humberto Calderón Berti, titulado “De los tres momentos de la destrucción del país a la experiencia para recuperarlo” (ver programa completo en https://youtu.be/JH3P6Hpxlus).

En el minuto 10:18 Napoleón Bravo pregunta “¿Por qué se necesita otra nueva Constitución, para que por ejemplo las sanciones máximas del país no sean solamente 30 años, sino que cuando tú acabas con el país sea la pena de muerte? ¿Por qué quieres una Constitución nueva?”. La respuesta del Dr. Calderón, aparte de ser integral, dado el carácter de hombre de Estado que ha tenido en su vida pública, expresaba lo que todos en Venezuela conocemos: la realidad del país apunta hacia una refundación institucional, eliminando el entramado jurídico que ha construido la tiranía en más de 20 años, y colocando el ejemplo palpable del retorno necesario hacia la descentralización.

Eso debería haber bastado, pero no convenció al entrevistador al insistir “¿En qué parte de la Constitución se habla de que echaron para atrás la descentralización?”, finalizando que el problema es que “no respetan la Constitución”.

En este pequeñísimo espacio de la red intentaré –de nuevo- ampliar un poco en el porqué HAY QUE CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN, y no solo por la explicación dada en el muy corto espacio de tiempo en un programa por el Dr. Calderón Berti, que no es sino la consecuencia de lo que Sí ESTÁ DISPUESTO EN LA CONSTITUCIÓN, y que es la causa fundamental del porqué el país está como está debido a su marco institucional, que fuera distorsionado aún más por los delincuentes que acabaron con el sistema institucional que prevaleció hasta 1999.

¿Por qué se necesita una nueva Constitución?

Comenzaré por la primera pregunta de Napoleón Bravo. Se necesita cambiar la Constitución porque la Constitución de 1999 ELIMINO nuestra condición de ESTADO FEDERAL DESCENTRALIZADO establecido por nuestros fundadores en 1811. La Constitución de 1999 eliminó la REPRESENTACIÓN de los Estados de Venezuela en el parlamento, sustituyéndola por un remedo de Congreso llamado Asamblea Nacional. Los Diputados son la representación de las corrientes políticas y el parecer de los ciudadanos en el momento determinado de una elección, pero los Senadores son la representación de todo un conglomerado territorial, que tiene su propia razón de ser como Estado, con igualdad de derechos, independientemente de su número de habitantes que tenga. Es por eso que el Estado Miranda tenía igual número de Senadores que el Estado Delta Amacuro, el Estado Cojedes o el Estado Nueva Esparta, solo por nombrar 3 Estados cuya densidad poblacional es inferior que la de Catia o Petare en Caracas, que ya ni siquiera son Parroquias.

Al realizar las nuevas leyes, los Diputados tenían la obligación Constitucional de entregar el resultado al Senado para su aprobación definitiva. ¿Por qué? Porque era en esa instancia que la representación del país como un todo asumía una nueva legislación para ser aplicada por igual en todos los territorios de la federación. Es también por esa razón que el Presidente del Senado era también el Presidente del Congreso.

Al cambiar esa regla de oro institucional, la Constitución de 1999 relegó a los Estados con menos habitantes, y en general al resto del país que no es Caracas, al peor olvido de las dictaduras de las mayorías, manejadas arteramente por un Poder Electoral secuestrado por una tiranía. De allí que como consecuencia de esto se desmoronara como un castillo de barajas, la descentralización, como el cuerpo fundamental de decisiones para entregarle a los Estados lo que por naturaleza es suyo.

Pero si esto no le es suficiente a aquellos que se preguntan, como lo hizo el periodista Napoleón Bravo en esa entrevista, porque se necesita otra Constitución, la actual estructura Constitucional NO PERMITE que sea otro aparte del Poder Ejecutivo, quien administre la Hacienda Pública Nacional, dejando en manos del Presidente de la República la decisión de quien recibe y quien no recibe recursos en el país, muy conveniente si el Presidente de la República desea eliminar a sus enemigos políticos que aun se eligen en los Estados por una ley de elección de Gobernadores y Alcaldes que me asombra que todavía esté en vigencia.

Y para aquellos que argumenten que porque no soy abogado constitucionalista y por eso no puedo opinar sobre la barbaridad constitucional a la que nos han sometido, les dejo las palabras de uno de los mejores que si lo es, el Dr. Asdrúbal Aguiar, en un Foro realizado en julio de 2014 en El Nacional, refiriéndose concretamente al texto de la Constitución de 1999: “…se crea un Estado Centralizado, se elimina la autonomía municipal, base histórica no solo de la República sino de nuestra experiencia democrática, se condicionan las competencias Municipales y Estadales a las leyes nacionales, se le entregan al Presidente de la República mediante lo que originalmente se llamó en los debates constituyentes, las leyes de base, copia del modelo constitucional cubano, pero para evitar el escándalo, dijeron que la figura se trataba de Leyes Habilitantes, pero habilitantes que en defecto de la tradición constitucional nuestra permite habilitar al Presidente para que pueda hacer todo lo que le de la gana en materia legislativa sin ningún tipo de limitación, y por si fuese poco, se incorpora un Capítulo de Seguridad Nacional en donde el concepto estratégico de la Nación lo define el propio Presidente de la República bajo una perspectiva en donde la Seguridad Nacional incluye todo, hasta la forma de caminar de los ciudadanos en Venezuela. Conclusión: ¿Para qué sirve la Constitución del 99? En perspectiva democrática para nada. Dentro de la perspectiva de lo que ha vivido el país en el curso de los últimos 15 años, ha servido para todo…” (ver Foro de El Nacional, audio del Dr. Asdrúbal Aguiar https://soundcloud.com/laguana-1/intervencion-del-dr-asdrubal-aguiar-foro-el-nacional-21-07-2014).

Sin embargo, no deseo quedarme solo en lo anterior, sino en lo que considero aún más importante: cómo todo esto del cambio Constitucional tiene un impacto fundamental en la vida de los ciudadanos y en especial en la calidad de esa vida.

Si el poder reside actualmente en el tope de la pirámide por disposición de la Constitución, dejando a los ciudadanos de todos los Estados desprotegidos como consecuencia de una distribución desigual de los recursos del país, debemos cambiar la estructura de ese arreglo. El Artículo 167.4 de la Constitución de 1999, indica “Son ingresos de los Estados… 4.- Los recursos que les correspondan por concepto de situado constitucional. El Situado es una Partida equivalente a un máximo del Veinte por ciento del total de los Ingresos Estimados anualmente por el Fisco Nacional…”. Poca gente se pasea por el hecho de que esa parte del Pacto es completamente perjudicial para los ciudadanos, favoreciendo claramente en un 80% a quienes llegan a ejercer el poder en Venezuela.

La propuesta de ANCO para entregarle el poder a los ciudadanos pasa por establecer una nueva relación de Poder en un nuevo Pacto entre gobernantes y gobernados, donde se coloque al ciudadano de primero, lo que implica que ese 80% deberá ir a los Estados y Municipios, pero principalmente a los Municipios, dentro de una nueva propuesta de distribución político-territorial y autonomía regional. Más para los Municipios, luego a los Estados y luego al Poder Federal. En ese orden. Se desaparecería la figura del Situado Constitucional, porque serían los Estados, ahora en contrario, quienes decidan el aporte que dar de manera autónoma para el sostenimiento de un Gobierno Federal, asumiendo en la práctica el control de su desarrollo, de acuerdo a sus propias potencialidades. Esto es lo que he llamado la inversión de la pirámide del Poder en Venezuela. El que tiene los recursos es el que tiene el poder decidiendo su calidad de vida, en otras palabras, el ciudadano. Esa es la propuesta de El Gran Cambio, en pocas palabras… (ver El Gran Cambio, Una propuesta para la Refundación de Venezuela, en https://tinyurl.com/5n6enjrr).

Lo señalado hasta ahora es imposible hacerlo sin la convocatoria del pueblo de Venezuela a una Asamblea Nacional Constituyente, que discuta las bases de una nueva Venezuela, que ponga al ciudadano de primero, y ponga en su lugar el papel que deben jugar los representantes de los ciudadanos en los Poderes Públicos. A eso es lo que llamamos Refundación de la Nación.

Entonces, es por eso que se necesita una nueva Constitución, para entregarles el Poder a los ciudadanos. Espero haber ampliado la respuesta, no a Napoleón Bravo, sino a los venezolanos, en especial los que vieron esa entrevista. El cumplimiento de esa nueva Constitución ya no estaría solo en manos de los que hacen política, sino de todo un pueblo. El Dr. Humberto Calderón Berti por su condición de verdadero Estadista, ha entendido a cabalidad la necesidad de ir a un proceso Constituyente, en atención a estas y otras realidades que no caben en solo tres cuartillas. Ojalá que asimismo lo pudieran entender aquellos que pretenden conducir después del régimen los destinos de Venezuela…

Caracas, 18 de Mayo de 2023

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lunes, 15 de mayo de 2023

La lucha cívica que transitamos

Por Luis Manuel Aguana

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La campaña de descrédito al Tribunal Supremo de Justicia Legítimo que opera en el exilio, no solo en ocasión a la sen
tencia publicada el 11 de abril de 2023, restituyendo la figura constitucional de la Presidencia Encargada (ver Sentencia de restitución del Presidente Encargado del TSJ en el exilio, 11-04-2023, en https://ticsddhh.blogspot.com/2023/05/sentencia-de-restitucion-del-presidente.html), sino a la carta que dirigiéramos hace pocos días varios venezolanos residentes en el exilio y en Venezuela, al Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América a través de su división de desembolsos, OFAC (“Office of Foreign Assets Control”) (ver Carta a la OFAC en apoyo al TSJ Legítimo en el exilio – 10-05-2023, en https://ticsddhh.blogspot.com/2023/05/carta-la-ofac-en-apoyo-al-tsj-legitimo.html), era más que esperable y no hace más que reafirmar lo que escribí en el 2018, a pocos meses de constituirse ese Alto Tribunal en la sede de la OEA en Washington, DC, EEUU., y que denominé “El fenómeno del TSJ legítimo” (ver El fenómeno del TSJ legítimo, en https://ticsddhh.blogspot.com/2018/06/el-fenomeno-del-tsj-legitimo.html).

Las rémoras de que lo que ocurría en Venezuela antes de 1998 y que dio origen a la aparición de la desgracia de un resentido social a las riendas del Poder Ejecutivo en Venezuela, todavía no han desaparecido. Los venezolanos somos lo que somos y hasta que eso no cambie de forma estructural, permanecerá entre nosotros la semilla de nuestra propia destrucción.

Los venezolanos podemos ser increíblemente gloriosos en nuestras ideas, como lo demostraron los Magistrados que fueron designados por la legítima Asamblea Nacional electa en diciembre de 2015, al constituirse en Tribunal Supremo de Justicia legítimo en el exilio justo después de que los Magistrados del TSJ en Venezuela, áulicos seguidores del régimen, renunciaran en pleno a una Asamblea Nacional Constituyente írrita e ilegítima, convocada sin la autorización de la soberanía popular.

Esos Magistrados fueron designados en el año 2017 por 12 años. Sí, léase bien, por 12 años. Esto es hasta el 2029. Tienen más años de legitimidad que los mismos diputados de la Asamblea Nacional de 2015, quienes se “auto eligen” en enero de cada año porque en Venezuela no se puede convocar al pueblo para cambiarlos. A mi juicio, por más que sea reconocida internacionalmente, la Asamblea Nacional de 2015 dejo de ser representante del pueblo venezolano a partir de su vencimiento como órgano legislativo, y en consecuencia mal podría avalar representantes en nuestro nombre para discutir el futuro de los venezolanos ante ninguna instancia.

Y ustedes dirán, ¿y entonces que es lo que nos queda? El Tribunal Supremo de Justicia Legítimo que opera en el exilio, cuyos Magistrados colegiadamente están tomando decisiones ajustadas plenamente a Derecho, así no nos gusten. ¿O es que preferimos que esas decisiones las tomen los jueces subrogados al régimen?

En lo personal me hubiera gustado que la decisión que tomaron, publicada hoy, de exhortar a la Asamblea Nacional de 2015 a dar cumplimiento al mandato de la Sentencia 001-AA-2023 del 11 de abril de 2023, por su desacato al negarse a restituir la Presidencia Encargada (ver Sala Constitucional exhorta a la Asamblea Nacional 2015, en https://twitter.com/TSJ_Legitimo/status/1658048686889287682), señalada arriba, hubieran procedido a designar un nuevo Presidente Encargado en el exilio a través de un mecanismo inédito de selección, dado que en Venezuela no están dadas las condiciones para desplazar al régimen a través de quienes fueron los responsables de ese desacato y violación de la Constitución que fue la que precisamente dio, en principio, origen al Recurso de Amparo que motivó esta Sentencia.

Pero en su lugar decidieron exhortar a quienes violaron la Constitución –el G4 y sus cómplices- a cumplirla. Pues sabemos que no lo harán… Esa decisión luce contradictoria, pero si pretendemos que este bache se confunda con la dirección de largo plazo que debemos tener en esta lucha, con la mirada fija puesta en lograr la institucionalidad debida para rescatar el país, retrocederemos frente al régimen que pretendemos deponer.

Y eso es precisamente la institucionalidad. Y con mis disculpas anticipadas por realizar una generalización odiosa, los venezolanos aún desconocen el sentido de esa palabra. Son las instituciones, no a quienes las conducen, las que tenemos que defender y construir como nuevas.  Lo intenté explicar –sin mucho éxito- en el caso de la institución “Presidencia Encargada” al diferenciarla de “Juan Guaidó Márquez” en mi nota de 2020 titulada, Variable principal (ver Variable principal, en https://ticsddhh.blogspot.com/2020/12/variable-principal.html), y que dio origen a que estos pseudo diputados de la Asamblea Nacional de 2015 desaparecieran la Presidencia Encargada, en su ánimo de destruir por razones políticas a Juan Guaidó Márquez.

En el caso del TSJ venezolano, cualquier político, de antes y de ahora, levanta un teléfono para presionar las sentencias de los Magistrados. Y así se continuará haciendo hasta que no exista una verdadera independencia de los jueces en el país. Eso todavía no lo hemos logrado, pero hay que seguirlo buscando, ahora y después que hayamos recuperado la libertad de Venezuela.

Alexander Hamilton (1755-1804), autor de la idea del desempeño vitalicio de los jueces en los EEUU, defendió la idea con el siguiente argumento: “el organismo judicial es el más débil de los tres organismos del Estado, porque no posee el poder militar que tiene el organismo ejecutivo, ni el poder de disponer del tesoro público y de dictar leyes, que tiene el poder legislativo. Solo posee el poder de juzgar; pero con tal poder no puede defenderse del ataque de los otros organismos. Un recurso para evitar ese ataque consiste en que los jueces que tienen buena conducta no puedan ser destituidos; y posean, entonces, independencia para juzgar la licitud o no licitud constitucional de los actos de los otros organismos del Estado (resaltado nuestro) (ver mención de A. Hamilton en Sobre Jueces Vitalicios, Luis Enrique Pérez, en https://tinyurl.com/vr9asyzw).

Alexander Hamilton nunca pudo ni siquiera concebir o imaginar, en la peor de sus pesadillas, que el resto de los poderes públicos se dedicaran a ignorar, y peor aún, a desprestigiar con sus perros del ciberespacio al órgano judicial para evitar sus sentencias, como lo está haciendo la Asamblea Nacional de 2015 de Venezuela, y mucho menos aún, que una Presidencia Encargada, que cuando estuvo en manos de Juan Guaidó Márquez, bailara como un títere al son que le tocaran los políticos de esa Asamblea.

La lucha cívica que transitamos es por instituciones dignas. Y para lograr eso debemos pelear por el reconocimiento de aquellas que apenas sobreviven luego de la masacre del régimen y sus colaboradores de la oposición política, logrando en lo posible que quienes las ocupen merezcan la confianza de los ciudadanos. No es destruyéndolas que lograremos eso.

Ya tenemos al menos un TSJ legítimo en el exilio. Lo siguiente debe ser apuntar en la dirección de su supervivencia, fortalecimiento y reconocimiento internacional, para que de sus decisiones se produzca un órgano electoral libre y legítimo, que dé a luz nuevas instituciones, Presidencia de la República y Asamblea Nacional, que con respaldo del pueblo de Venezuela vayan, verdadera y legítimamente, en la dirección del desplazamiento de este régimen de delincuentes. Necesitamos la ayuda de todos los venezolanos para eso. Esa es la lucha cívica que estamos transitando…

Caracas, 15 de Mayo de 2023

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viernes, 12 de mayo de 2023

Carta a la OFAC en apoyo al TSJ Legítimo en el exilio - 10-05-2023

Versión en inglés

En fecha 10 de Mayo de 2023, se le solicito al Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América a través de su división de desembolsos OFAC (“Office of Foreign Assets Control”) que se les entregaran los fondos correspondientes a los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia Legítimo para que puedan cumplir sus funciones desde el exilio. Estos fondos son asignados por la Asamblea Nacional de Venezuela de 2015 a través de sus presupuestos anuales llamados “Fondos de Liberacion”.  Estos desembolsos provienen de la cuenta congelada por el Departamento del Tesoro, de los fondos del Banco Central de Venezuela que se encuentran depositados en los EEUU.

Click aquí para descargar texto completo de la Carta


Sentencia de restitución del Presidente Encargado del TSJ en el exilio – 11-04-2023


En fecha 11 de abril de 2023, el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela dictó sentencia en la cual exigió a los diputados de la Asamblea Nacional, de mayoría opositora electa en 2015, que respetaran el fundamental principio de la separación de poderes y restituyeran, en un tiempo perentorio que venció este pasado 11 de mayo de 2023,  la figura del Presidente Encargado de la República, porque la Junta Directiva de la Asamblea Nacional no es un Poder Ejecutivo y por ende, no puede decidir en qué gastar y a la vez, controlar, el gasto público y el destino de los activos congelados al Estado venezolano.

El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela opera en el exilio por cuanto sus Magistrados fueron perseguidos por el régimen usurpador de Nicolás Maduro Moros, desde el mismo momento en que fueron designados por la Asamblea Nacional de mayoría opositora, electa en diciembre de 2015.

Los recurrentes ante el TSJ fueron diferentes grupos de venezolanos o individualidades, todos de reconocida trayectoria en la defensa de la democracia, los Derechos Humanos y el Estado de Derecho en Venezuela.

Click aquí Para descargar el documento completo de la Sentencia


jueves, 11 de mayo de 2023

Chile, Venezuela, Proyecto y Constituyente

Por Luis Manuel Aguana

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Para sacar alguna conclusión provechosa para los venezolanos de lo que está sucediendo en Chile con el proceso Constituyente, es necesario revisar esa experiencia en las dos etapas que ha tenido, confrontándolas con las expectativas que la gente tuvo de poder llegar a solución de sus problemas a través de la vía Refundacional.

Un proceso Constituyente que se da en una sociedad democrática y políticamente construida como la chilena, tiene una lectura completamente distinta si se plantea en una sociedad deshecha y arrasada como la venezolana, por lo que establecer comparaciones y sacar conclusiones de un proceso como ese en Chile, tiene una distancia medida en años luz que hacerlo en una Venezuela gobernada por delincuentes. Sin embargo, existen aspectos que se pueden revisar sin generalizaciones equivocadas.

En primer lugar, sin ninguna duda los procesos Constituyentes fueron utilizados de una manera artera por la izquierda internacional del Foro de Sao Paulo para desestabilizar los gobiernos en Latinoamérica luego del éxito obtenido por Hugo Chávez en 1999 en Venezuela. De allí que la herramienta Constituyente para la Refundación del Estado se   haya desnaturalizado a los ojos de todo el mundo, y servido para perpetuar regímenes autoritarios con la excusa de la soberanía popular. El Socialismo del Siglo XXI está construido sobre esos cimientos, y ha provocado corrupción ilimitada, pobreza extrema, hiperinflación y éxodo masivo de nuestra población.

En 2019, Chile se vio envuelto en una prolongada protesta social provocada por los mismos factores radicales que hicieron posible la llegada de Gabriel Boric al poder, blandiendo la carta constituyente como respuesta a las diferencias sociales que sufría el país, y que utilizando una narrativa semejante a la sostenida por el golpista Hugo Chávez en 1998, convenció a la población de la necesidad de convocar al proceso Constituyente para resolver esas diferencias.

Pero a diferencia de lo ocurrido en Venezuela, la barbaridad planteada en el texto constitucional sometido a la consideración del pueblo chileno por la mayoría Constituyente, fue rechazado por el 62% de la población, en fecha 4 de septiembre de 2022: “En retrospectiva, se puede decir que la Constitución propuesta tenía fallas desde el principio y que intentaba cimentar una determinada visión política del mundo en vez de encaminar las reformas tan importantes para el país. En particular, puntos como la abolición del Senado, la restricción de los derechos del Tribunal Constitucional y la ponderación desproporcionada de los votos de la población indígena provocaron resistencia en la mayoría de los chilenos. También se criticó la falta de experiencia política de los miembros electos de la Asamblea Constituyente…” (ver Diálogo Político, La derrota del gobierno de Gabriel Boric, en https://dialogopolitico.org/agenda/derrota-para-gobierno-boric/).

Sin embargo, a pesar de la opinión de algunos expertos que indicaban que el pueblo ya había zanjado con ese plebiscito el cambio de la Constitución, los factores políticos del Congreso chileno convinieron que Chile debía tener una nueva Constitución: “ya que el pueblo así lo había decretado en el plebiscito del año 2020. Por lo tanto, se instaló que la idea colectiva de una nueva carta magna no debía fracasar” (ver Diálogo Político, ¿Cómo llegó Chile a este punto?, en https://dialogopolitico.org/agenda/como-llego-chile-a-este-punto/). Desde ese momento partió un proceso político complejo cuyo procedimiento abordé en mi nota anterior (ver Constituyente chilena, ¿cuestión de procedimiento?, en https://ticsddhh.blogspot.com/2023/05/constituyente-chilena-cuestion-de.html).

Este proceso tuvo un hito crítico importante con la elección, el pasado domingo 7 de mayo, del Consejo Constituyente de 50 representantes electos por el pueblo chileno, a los fines de decidir aprobar o rechazar el anteproyecto presentado por una Comisión Experta. Esos resultados le dieron un triunfo contundente a la derecha chilena del partido Republicano, liderado por José Antonio Kast, principal contrincante en las últimas elecciones del actual presidente del país, Gabriel Boric, sacando definitivamente al proceso Constituyente de Chile en sí mismo de la agenda de la izquierda latinoamericana del Foro de Sao Paulo, que llevo al país precisamente a ese proceso.

Quedará en manos de esos nuevos representantes del pueblo, con mayoría de derecha, cambiar o no la vigente Constitución, basados en el Anteproyecto que presente la Comisión Experta, y que no es “la Constitución de Pinochet”, como indica la narrativa del radicalismo de la izquierda, ya que esa Constitución vigente ha sido modificada en repetidas oportunidades desde 1980, ajustándola permanentemente a la situación del país.

El caso chileno da algunas enseñanzas al resto de los países latinoamericanos que estamos tratando de solucionar la grave situación política que confrontamos, y donde en algunos casos, como el de Venezuela, en la Alianza Nacional Constituyente Originaria, ANCO, creemos que un proceso Constituyente podría resolver, no solo la crisis institucional creada por Hugo Chávez y su nefasto sucesor, sino establecer las bases para la reconstrucción del país.

Chile llegó al proceso Constituyente de una manera forzada, no para resolver un problema económico porque ya de hecho ostentaba -y ostenta- los mejores indicadores de desarrollo de Latinoamérica, sino para resolver políticamente cómo permear esa riqueza equitativamente entre la población, disminuyendo las diferencias sociales a través de un nuevo Pacto Social de convivencia que les permitiera soluciones inmediatas en todos los órdenes a sus ciudadanos, como salud, educación y seguridad social. ¿Necesitaban los chilenos una Constituyente para eso? No lo sé, pero las fuerzas que eligieron el 7 de mayo para eso lo decidirán.

Pero de lo que sí estoy seguro, es que los venezolanos no la necesitábamos en 1999, y nuestro resentimiento hacia la clase política de ese entonces, por el olvido sostenido de ellos hacia los problemas de la población, logró que Hugo Chávez con una bandera fatua acabara con la institucionalidad conocida, metiéndonos en un hueco negro del cual aún no salimos. Es por eso que si hay algún lugar del planeta donde hace falta un proceso que haga borrón y cuenta nueva a lo que sucede aquí, ese es Venezuela.

Pero eso no puede pasar sin saber cuál es la maqueta del Estado que deseamos construir después que esta mafia delincuente destruyera la institucionalidad del país. No es posible construir las bases de un Estado sin tener una idea precisa del Estado que se desea. Es por eso que le planteamos a Venezuela previamente un proyecto de un nuevo Estado, El Gran Cambio, muy diferente del que existía antes de 1999 y del que existe ahora, que debe ser discutido y aprobado por una representación legítima del pueblo venezolano a través de un proceso Constituyente (ver El Gran Cambio, Una propuesta para la Refundación de Venezuela, en https://ancoficial.blogspot.com/p/documentos-fundamentales.html).

Lamentablemente, dejamos de ser un país con las instituciones sólidas de Chile, ni la madurez de su dirigencia política, porque estas fueron dinamitadas por quienes usurpan el poder. De allí que sea imposible desde un Congreso de dos Cámaras tener previamente un Anteproyecto constitucional de consenso entre todas las fuerzas políticas, como el que se presentará a la consideración del Consejo Constitucional de Chile. Pero si podríamos tener un consenso del país nacional en torno a un proyecto Constitucional como una solución concertada, que refleje una decisión firme y unificada de los venezolanos frente a una Comunidad Internacional que no acaba de entender que el país nunca alcanzará una salida mientras exista una mafia delincuencial que no desea abandonar el poder por ninguna vía, y menos la electoral. En otras palabras, un Proyecto primero que todos acordemos, para debatirlo en una Constituyente después. Y entre todos discutir el cómo llegamos hasta allá a pesar de la tiranía. Esa es nuestra dura realidad. ¿Será eso mucho esperar de lo que queda de la dirigencia política decente del país? Mientras no afrontemos esa realidad, más tarde saldremos de la pesadilla…

Caracas, 11 de Mayo de 2023

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