viernes, 6 de julio de 2018

TSJ legitimo a la Asamblea Nacional: o corres o te encaramas

Por Luis Manuel Aguana

El TSJ legítimo acaba de precisar a través de una sentencia lo que ya todos sabíamos: Nicolás Maduro Moros no es Presidente de la República Bolivariana de Venezuela desde el 17 de abril de 2018 (ver Sentencia del TSJ-L declarando la Falta Absoluta en la Presidencia de Venezuela y decreta URGENCIA de llenar el vacío de poder conforme a la Constitución de la República, en el Twitter oficial del TSJ-L en https://twitter.com/TSJ_Legitimo/status/1014611587745886211).

Esta sentencia del TSJ-L pone en el disparadero a la Asamblea Nacional, no pudiendo esta última escabullirse de tomar una decisión, como en la anterior oportunidad, con una misiva de su Directiva, redactada a la brava y sin acuerdo ni discusión de todos Diputados en plenaria, eludiendo así su responsabilidad con el país de “iniciar el procedimiento que permita la transición constitucional de la Presidencia de la República de conformidad con los artículos 233 y 234 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”,  tal y cual le fue exhortado por el TSJ legitimo en Auto de fecha 3 de Mayo de 2018. Todos los Diputados pagaron “justos por pecadores” con la decisión de la Directiva de eludir el exhorto del TSJ-L, como efectivamente lo expresa el Alto Tribunal en la Sentencia del 2 de Julio de 2018, al explicar claramente las 2 razones “por las que era, no solo posible jurídicamente, sino absolutamente conveniente en el orden político constitucional, el que la Asamblea Nacional, como máximo representante de la soberanía nacional del país, procediera a ejecutar el exhorto dado en cuestión…”.

Pero como todo el país conoce, no lo hicieron, Y ese incumplimiento ahora les pesa mucho más que antes. Ahora o corren o se encaraman como reza el dicho popular. La Asamblea Nacional tiene solo dos maneras de nombrar un Gobierno de Transición: con o sin colaborar con el régimen. Si lo hace como corresponde, el sucesor designado sería efectivamente legitimo pero perseguido por la tiranía castro-madurista, como ocurrió con los Magistrados del TSJ-L. La AN sería cerrada, con posibles detenciones de sus Diputados y sus funciones absorbidas por la ilegitima Asamblea Nacional Constituyente de Maduro, cumpliéndose así el principio popular que reza “para estar guindando lo mejor es caer”. Les dejo a ustedes la pregunta: ¿tendrán el coraje para retar al régimen exponiéndose a la tiranía en toda su extensión? “Si así lo hicieren, Dios y la Patria os lo premie, si no que os lo demande” como dice el juramento. Sería un “autosuicidio” como decía aquel recordado Presidente.

La otra alternativa es hacerlo en colaboración con el régimen. Eso, aparte de “autosuicidarse” políticamente frente al pueblo de Venezuela, presume una negociación con el “minestrón” que representan todas las tendencias oficialistas, lo que implica deponer a Nicolás Maduro Moros, a contravía de todo lo que ha dicho el régimen de desconocer las decisiones del TSJ-L, órgano que consideran espurio. Esta última la veo muy lejana, no porque la oposición oficialista no desee colaborar– que ya lo han hecho y lo continúan haciendo- sino porque veo muy cuesta arriba que eso sea aprobado por el castrismo cubano y el madurismo radical.

A eso se le suma que cualquier solución pasa, de acuerdo a la Sentencia, por celebrar posteriormente elecciones Presidenciales pero esta vez sujetas a la Sentencia de la Sala Electoral del Máximo Tribunal de fecha 13 de Junio de 2018, Expediente SE-2018-001, según la cual estas deben realizarse “previo nombramiento de nuevos Rectores del Consejo Nacional Electoral, depuración y actualización del Registro Electoral y Voto Manual, entre otras condiciones mínimas necesarias, ajustado en todo, a lo ordenado en la sentencia de la Sala Electoral de este Máximo Tribunal de fecha 13/06/2018, Expediente SE-2018-001”. De acuerdo a esa Sentencia, cualquier elección en Venezuela tiene de ahora en adelante que realizarse bajo esos parámetros.

No creo que nuestros partidos opositores puedan poner en práctica esa Sentencia de la Sala Electoral para designar un Gobierno de Transición, en especial cuando los vemos organizándose para participar en las elecciones convocadas por el CNE ilegal del régimen para diciembre de este año. Incluso algunos como AD se están separando de la coalición MUD-Frente Amplio para negociar sin intermediarios con el régimen, aceptando de hecho las condiciones de esas elecciones. No existe nada más colaboracionista que eso. Los fundadores de ese partido histórico deben estar revolcándose en el lugar de su eterno descanso.

¿Qué les queda entonces a nuestros honorables Diputados? ¿Dejarse poner presos o huir en desbandada? La sentencia del 2 de Julio de 2018 del TSJ legítimo los obliga a tomar una decisión que políticamente solo les corresponde a ellos, salvo que se declaren incompetentes para realizarla. Es por eso que hay una tercera opción: Declinar la designación a favor del Poder Judicial legítimo en el exilio y que fue designado por ellos. Podrían alegar la situación de inseguridad y amenaza en la que nos encontramos todos los venezolanos, en especial los diputados del Poder Legislativo donde su principal agresor es el gobierno. Eso lo comprendería perfectamente toda la comunidad internacional. Pero hay que declararlo al TSJ legítimo como respuesta a esa sentencia para que este proceda a la brevedad.

Sin embargo al menos eso debería ser el “deber ser”. Pero si no se da esa designación de la Asamblea Nacional ni tampoco una respuesta al TSJ-L por parte de la Asamblea Nacional en un tiempo razonablemente corto, cosa que considero muy probable dadas las condiciones de la oposición en el seno de la Asamblea Nacional, el TSJ legitimo deberá proceder con la urgencia del caso en virtud de la gravedad de la situación de la población venezolana, asumiendo la responsabilidad y procediendo como le hemos solicitado de manera formal: designando un Consejo de Gobierno de Emergencia Nacional (ver solicitud completa en https://tinyurl.com/y7x87ldb). La situación de vida o muerte de los venezolanos así lo exige.

Caracas, 6 de Julio de 2018

Twitter:@laguana

miércoles, 4 de julio de 2018

El TSJ legítimo y la Primacía de las libertades políticas

Por Luis Manuel Aguana

Respetables juristas están enfrascados en una discusión soterrada pero muy dura en relación a la legitimidad del TSJ legítimo que se constituyó en el exilio, al punto que muchos venezolanos que no somos profesionales del Derecho nos ha tocado examinar los argumentos de lado y lado para hacernos nuestro propio criterio y tomar una decisión acerca de esa importante materia y apoyar lo que nuestra conciencia nos dicte.

He publicado mis tres últimas notas indicando que el TSJ constituido en el exilio es legítimo, de acuerdo a las argumentaciones e interpretaciones dadas por constitucionalistas de reconocida trayectoria como el Dr. José Vicente Haro (ver ¿Es legitimo y constitucional el Tribunal Supremo de Justicia venezolano en el exilio? en http://ticsddhh.blogspot.com/2018/06/es-legitimo-y-constitucional-el.html), sin desmedro de otras opiniones que en el sentido completamente opuesto han dado otros reconocidos juristas, como las emitidas en la publicación del Instituto de Altos Estudios de Derecho-IDAED (ver TSJ y la ruptura del Estado de Derecho en Venezuela, en http://idaed.com/general/el-tsj-y-la-ruptura-del-estado-de-derecho-en-venezuela/).

Si existiera en Venezuela un Alto Tribunal que no estuviera en manos de este régimen criminal a quien llevarle este caso para que dilucide quien tiene la razón, créanme que ya lo hubiera hecho. Pero no existe. Debemos confiar en nuestra conciencia e instintos acerca de lo que es correcto, atendiendo nuestros principios y valores fundamentales.

Y ustedes preguntarían ¿y qué es lo correcto aquí? Este caso me hizo recordar una nota que publique a finales del 2014 (ver Principios Constituyentes, en http://ticsddhh.blogspot.com/2014/09/principios-constituyentes.html) que nos ponía en una disyuntiva semejante donde los abogados retaban nuestros principios al preferir la norma vigente aunque supiéramos que estaba mal y nos hacía daño. Explicaba en ese entonces que sentía en ese caso, como lo vuelvo a sentir ahora, con qué facilidad los eruditos se meten tanto en la norma que olvidan los principios que las fundamentan.

Me preguntaba, como me pregunto ahora, ¿por qué a personas de un altísimo nivel de interpretación política y jurídica había que explicarles que una norma, a todas luces injusta y distorsionada por un gobierno delincuente, había que imponerle el poder supremo de la soberanía del pueblo, no solo para cambiarla sino para restituir lo que es fin último de cualquier pueblo en todos los tiempos, que es la búsqueda permanente de la justicia y la libertad? Decía que ¿no era acaso la norma una consecuencia de eso, y cuando esta dejaba de ser lo que debe y tiene que ser, deja como consecuencia de constituirse en norma y debe ser ignorada? Vuelvo a insistir como en aquel entonces: la lucha en contra de una norma injusta ha sido precisamente la razón de las luchas libertarias de la humanidad en todas las épocas.

¿Por qué razón debemos tolerar y aceptar por norma legal un Tribunal Supremo de Justicia en Caracas presidido por un ex convicto y controlado por una dictadura comunista? Si las normas y las argumentaciones jurídicas de algunos eruditos nos conducen a aceptar esa situación inaceptable, debemos entonces esgrimir los altísimos valores de la justicia y la libertad para romperlas. Esos son los principios a los que me refiero. Y eso tal vez esté fuera del molde de algunos profesionales del Derecho que argumentan, como me argumentaron en el 2014 que “era imposible realizar una constituyente de acuerdo a la actual normativa”. Y entonces regresé a los principios…

Para mí, y posiblemente para muchos otros –abogados o no-, el TSJ legitimo en el exilio representa la esperanza de ese estado de libertad anhelado por los venezolanos, y que su legitimidad se perfecciona, no solo por las argumentaciones jurídicas sostenidas por el Dr. José Vicente Haro en su artículo –en las que acordamos- sino por la concedida por los venezolanos en su supremo deseo de hacer resistencia legitima ante un régimen opresor. Esto fue manifestado claramente al mundo por los venezolanos en la Consulta Popular del 16 de julio de 2017.

En este momento las consideraciones que privan allí deberían estar más allá de lo Jurídico para centrarse en lo Político, pues son aquellas que se sustentan en la primacía de las Libertades Políticas como eje principal. El concepto de Primacía de las Libertades Politicas y de los Derechos Humanos sobre cualquier otra consideración, lo introdujo el economista y filósofo bengalí Amartya Kumar Sen, en la obra que le hizo ganar el Premio Nóbel de Economía en 1998 (1) (ver La Primacía de las Libertades Políticas, en http://ticsddhh.blogspot.com/2015/07/la-primacia-de-las-libertades-politicas.html).

En otras palabras, el fundamento sobre el que se deben basar las actuaciones del TSJ legítimo es el de la recuperación de las Libertades Políticas, que es un derecho inalienable de todo ser humano. En consecuencia la solución de Venezuela pasa por que un Poder Judicial legítimamente designado, emita de manera prioritaria decisiones dirigidas a la recuperación de nuestras libertades como su eje de funcionamiento principal. De allí que lo que deba privar esencialmente en sus decisiones sea la consideración Política (con P mayúscula) en el marco de la Constitución vigente.

Estas ideas pueden sonarles a algunos juristas como una herejía. Pero estos son los momentos de las definiciones, “o inventamos o erramos”, citaba Don Simón Rodríguez. O buscamos una solución Política fundamentada en el Derecho, o estaremos condenados a seguir buscando una solución basada en el Derecho pero dentro de una dictadura, y eso por construcción lógica es imposible de conseguir. Una dictadura es de por sí la negación del Estado de Derecho, por lo que hay que romper esa camisa de fuerza, que paradójicamente nos las están intentando imponer desde el mismo lado opositor al insistir negar por norma injusta el único oasis que tenemos para abrirnos camino dentro de un desierto lleno de totalitarismo.

En una causa como la introducida por un grupo venezolanos, entre los que me honra participar, ante el TSJ legítimo, solicitando que se designe un Consejo de Gobierno de Emergencia Nacional (ver solicitud completa en https://tinyurl.com/y7x87ldb), estamos completamente conscientes de que una solicitud como esa es muy difícil de tomar dadas las condiciones actuales de la política venezolana, donde paradójicamente todavía se discute en los círculos jurídicos y políticos la propia legitimidad del Alto Tribunal en el exilio, cuando todos deberíamos estar de acuerdo en que nos han puesto en el disparadero de construir nuestra propia legitimidad desde un país destruido. Pero es indispensable hacerlo si lo que buscamos es el fin último de toda sociedad que no es otra cosa que exigir “…la eliminación de las principales fuentes de privación de libertad…”, Sen dixit.

Los ciudadanos Magistrados legítimos tienen una altísima responsabilidad con los venezolanos, y hasta ahora han dado muestras de haberla asumido con coraje y valentía, con conciencia del rol que la historia les ha concedido. Una vez designado ese Consejo de Gobierno de Emergencia Nacional, las cosas comenzarán a cambiar a favor de Venezuela y el TSJ legitimo habrá sido el único Poder con concepción de Estado dispuesto a poner lo Político (con P mayúscula) antes que cualquier otra consideración con el supremo fin de salvar a la República y recuperar nuestras libertades.

Caracas, 4 de Julio de 2018

Twitter:@laguana

(1)   Amartya Kumar Sen, Desarrollo y Libertad, La importancia de la Democracia, La Primacía de las Libertades Políticas y la Democracia, Ed. Planeta, ISBN 84-08-03524-X, 1999.