martes, 22 de noviembre de 2016

Una propuesta de carácter político

Por Luis Manuel Aguana

Ciertamente me sorprendió oír una intervención de Henry Ramos Allup en la Asamblea Nacional al momento de defender la propuesta de adelanto de elecciones, y la respuesta del régimen, indicando que eso no estaba en la Constitución. La respuesta de Ramos Allup fue contundente: “¡Idiotas, claro que no está! ¡Es una propuesta de carácter político!” (oír la intervención de HRA en la AN el 16 de Noviembre de 2016, min 13:06, en https://youtu.be/oPl-ynfgQ24). Es sorprendente ver a nuestros políticos profesionales decir cosas que son irrebatibles al régimen sin percatarse que también las están diciendo para el resto del país.

Eso es precisamente lo que es la propuesta de la Alianza Nacional Constituyente contenida en nuestro documento “Bases Constituyentes, Propuesta de los Ciudadanos para la Reconciliación y el Cambio”, una propuesta de carácter político (ver documento en http://ancoficial.blogspot.com/p/documentos-fundamentales.html), con la diferencia que el mecanismo supraconstitucional propuesto de la creación de un Consejo Nacional Constituyente y un Tribunal Electoral Constituyente, que aunque tampoco están en la Constitución, si lo está el Poder Originario que los crea. De esa manera el pueblo decide como y en qué forma contarse prescindiendo de los poderes constituidos, incluyendo al CNE secuestrado por el régimen.

No han sido pocas las discusiones que hemos sostenido con los profesionales del Derecho en relación a este tema. Y al final terminamos con las palabras de Henry Ramos Allup, claro está, sin la palabra ofensiva: es una propuesta de carácter político para salir del entrampamiento que nos tiene el régimen al secuestrar todas las salidas constitucionales, pero legitimada por los cuatro costados, por el Poder Originario que en una manifestación de voluntad plena, firma en una Planilla de Recolección de Firmas una autorización para que se lleve a cabo y se instrumente tal y como se describe en el documento propuesto.

Asimismo tampoco ha sido fácil explicar el por qué esta propuesta no tendrá el mismo destino que el Referendo Revocatorio o el resto de las llamadas salidas constitucionales planteadas en el seno de la MUD. Y esto es porque es una solución supraconstitucional planteada desde el seno mismo de la sociedad venezolana, que ejerciendo su Derecho Humano a la participación política lo ejerce por encima de los Poderes Constituidos del Estado. En otras palabras, es lo que bien podría llamarse una insurrección civil constitucional, que se contrapone a los Poderes Constituidos del Estado que se han salido del cauce de la Constitución. O para decirlo de una manera clara: es el perfeccionamiento de la ejecución del Artículo 350 pero pasando antes por los Artículos 2, 5, 19, 22, 39, 40, 62, 70, 347, 348, y 349.

De allí que haya sido difícil explicar que si bien es una propuesta de carácter político, está profundamente sustentada en nuestro ordenamiento constitucional vigente que le da poder real de actuación a las personas para decidir qué hacer con un régimen que se niega a cumplir con su deber de proteger a los venezolanos, y que actuando en modo contrario, los ha secuestrado pidiendo rescate por su liberación.

Y como las respuestas no nacen de nuestra actual y maltrecha estructura vigente de partidos opositores, quienes lamentablemente han corrido con la misma suerte de distorsión estructural a la que ha llegado el país, llegando a negociar en una Mesa de Diálogo la permanencia del régimen a pesar de haber recibido un mandato claro de hacer todo lo contrario el 6D-2015, entonces algunos venezolanos creemos que debe darse un cambio que trascienda a lo simple, haciendo uso de elementos que nos da nuestra “tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad” y nuestra propia Carta Magna.

No es la primera vez que comento desde esta tribuna que para resolver la grave situación que padecemos, debemos salir de los 9 puntos del cuadro y unirlos todos desde afuera, aludiendo a ese viejo acertijo que se resuelve solo viendo las cosas desde una perspectiva amplia. En otras palabras, para resolverlo tienes que salirte del cuadro para poder ver la solución (ver http://pensamientocreativo.org/unir-nueve-puntos/). Esta pequeña lección nos enseña que “muchas veces las soluciones están más allá de los límites que nuestra mente, tan mal enseñada desde la infancia, se fija sin razón.”.

Siguiendo este principio, nos salimos del actual cuadro político-institucional y volviendo a las raíces de nuestra institucionalidad, resolvemos el acertijo convocando al Poder Originario del Pueblo –que no está en el cuadro-, y cuyas bases están claramente establecidas en nuestra Constitución. Muchos nos han indicado que “eso no se puede hacer” preguntando que le impediría al régimen ignorar, o peor aún, perseguir esta iniciativa. Y de nuevo la respuesta es clara: lo mismo que lo sustenta, las Fuerzas Armadas.

Y aquí la discusión se pone muy interesante, porque nos lleva al origen mismo del porque existe el último bastión de la obediencia. ¿Quién al final obliga al cumplimento de la ley, que no es otra cosa que la manera civilizada de vivir sin anarquía? Solo una respuesta: la fuerza. Pero la fuerza institucional puesta al servicio de quien es su legítimo dueño que no es otro que Poder Civil que emana del pueblo a través de su Soberanía.

De un interesante trabajo en relación a la subordinación  de los militares a los civiles extraemos lo siguiente que ilustra el punto: “A mediados del siglo XX, Samuel Huntington presentó en su El Soldado y el Estado, un clásico controversial para la reflexión acerca del control civil de los militares…Él parte de una conjetura elemental: un gobierno democrático debe arbitrar el control civil sobre sus militares, y su tesis situó en la agenda política el control sobre quienes detentan el monopolito de la fuerza pública…El concepto de democracia implica que los gobernantes son los representantes legítimos del pueblo y que es el pueblo quién tiene el poder supremo. Por consiguiente, ningún sector del Estado puede estar excluido de su control…” (Control Civil de las Fuerzas Armadas, R. J. Cajina, G.F. Castro y L. Tibiletti (Coordinadores), Pág.27,

Entonces, quienes impulsamos la tesis del Proyecto País Venezuela vía Constituyente desde la Alianza Nacional Constituyente (http://ancoficial.blogspot.com/), sustentamos que la acción militar debe darse en el contexto de su obediencia debida al poder civil, expresada en los mecanismos de participación ciudadana establecidos en la Constitución, sin desestimar de ninguna manera la existencia de otras vías de actuación propias que puedan ejercer los venezolanos, como por ejemplo el restablecimiento de la vigencia efectiva de la Constitución por todo ciudadano investido o no de autoridad (Art. 333), ante el evidente resquebrajamiento institucional debido a la permanente acción del régimen de inobservancia de la Constitución.

De esta manera, nuestro planteamiento se basa en que una vez que el pueblo se exprese activamente a través de los mecanismos de participación previstos constitucionalmente, ese mismo pueblo soberano le exija con prueba en mano y legitimidad a quienes son el último bastión, obedecer y apoyar la convocatoria del Constituyente para rehacer la institucionalidad del Estado destruida. Ello tiene un efecto político indiscutible, imposible de ignorar nacional e internacionalmente, y con el poder de cambiar gobiernos.

Tal vez nosotros no tengamos en este momento la tribuna ni la atención (algunos lo llaman “spotlight”) para llegarle a todo el mundo, como en efecto lo hace Henry Ramos Allup desde la Asamblea Nacional, pero definitivamente no dejo de envidiarle el gusto de tenerla para poder igualmente decir de la misma manera impertinente, no solo al régimen, sino a la oposición oficial: “¡Idiotas, claro que no está! ¡Es una propuesta de carácter político!”…

Caracas, 22 de Noviembre de 2016

Twitter:@laguana

No hay comentarios:

Publicar un comentario