viernes, 23 de agosto de 2024

Ciberseguridad versus cuero seco

Por Luis Manuel Aguana

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Es obligante para este blog abordar el tema del decreto que crea el Consejo Nacional de Ciberseguridad, marco jurídico especialmente creado a pocos días de haberse realizado en el Poder Electoral venezolano, uno de los fraudes electorales cibernéticos más grandes de la historia del continente americano, y quizá del mundo.

Aunque el régimen de Nicolás Maduro Moros, e incluso alguna parte de la oposición, insista en la existencia de un “hackeo” del sistema automatizado de contar votos venezolano, el “mejor sistema electoral del mundo” a juicio de sus creadores, nadie ha demostrado hasta este momento con pruebas técnicas suficientemente comprobables, la existencia del tal “hackeo”, más allá de expresar que “como no ganamos” las elecciones, “nos hackearon” el sistema. Y hasta que eso no ocurra, no es posible creer en tal versión del régimen, que reaccionando de esa manera niega la verdad de lo sucedido el 28J.

A juicio de la doctora Jennie Lincoln, asesora principal del Centro Carter para América Latina y jefa de la única misión de observación electoral independiente en las elecciones de Venezuela, no hubo “hackeo” el 28J: “No hay prueba ni evidencia ninguna, mucho menos, hay evidencia al contrario. Hay compañías en la región que monitorean la denegación del servicio a sistemas de Internet en la región. No había ningún informe, ninguna denegación de servicio en Venezuela en esta noche. Segundo, la gente dentro de la sala de transmisión, había gente del CNE, había testigos en la sala de transmisión, monitoreando el ritmo de transmisión esta noche y ellos confirman, confirman que a medianoche habían recibido 92% de los votos por transmisión sin falta. Había un momento que el ritmo estaba más lento que el otro, pero no paró, no paró. Esto es prueba que no había “hackeo”…” (ver Confidencial,  Jennie Lincoln: no existe ninguna evidencia de supuesto hackeo en Venezuela, en https://youtu.be/soaQUkfUVvc?t=388) (resaltado nuestro).

En otras palabras, no queda otra que llegar a la conclusión de que el CNE, habiendo recibido a la medianoche la casi totalidad de las Actas del proceso, el 92% según el Centro Carter, suspendió las transmisiones o no admitió la existencia de tal hecho, esgrimiendo que la oposición había “hackeado” el sistema automatizado, cosa que en toda la historia de ese sistema, era imposible de realizar según su propia propaganda.

Pero aun así, y basándose en una narrativa creada para sostenerse en el poder sin los votos para respaldar eso, Nicolás Maduro Moros decreta un Consejo Nacional de Ciberseguridad como parte de ella, insistiendo en un “hackeo” inexistente -o al menos no comprobado-, pero que trae consigo elementos colaterales muy graves, pero sumamente útiles para afianzarse en la persecución de los ciudadanos y la violación de la libertad de expresión, para acallar una verdad muy incómoda a través de las redes sociales, que le grita al mundo cada segundo que el rey no tiene los votos para permanecer en el poder, reprimiendo a los ciudadanos por esa razón. Veamos por qué.

Se crea un Consejo Nacional de Ciberseguridad “como órgano asesor y de consulta dependiente del Presidente de la República…” (Artículo 1 del decreto), no como un organismo de la administración, capaz de ejercer acción alguna sobre los ciudadanos. Sin embargo, más adelante vemos que ese Consejo puede Requerir de las personas naturales o jurídicas de carácter público y privado los datos, estadísticas e informaciones relacionados con la seguridad informática de la Nación, así como su necesario apoyo” (Artículo 2, numeral 8), en clara contradicción con lo establecido en la Constitución de 1999 (ver Decreto de creación del Consejo Nacional de Ciberseguridad, en https://www.bancaynegocios.com/decreto-consejo-nacional-de-ciberseguridad-creara-red-de-vigilancia-permanente-de-incidentes-telematicos/).

¿Quién define la “seguridad informática de la Nación”? ¿Qué es eso? ¿Cuáles criterios aplican para definirla? ¿Los que diga quién sea que esté en ese Consejo de Ciberseguridad? Con base a ese seudo concepto CUALQUIER COSA CABE DENTRO DE ESA DEFINICIÓN. Todo lo que usted tenga en su computadora, desde una receta para una sopa de pollo, pasando por el informe de fin de año de cualquier pequeña empresa, o la fórmula para llevar un hombre a la luna, caen dentro de esa definición de “seguridad informática”, si así lo decide ese Consejo.

En virtud de no existir en el país ninguna regulación que proteja, de acuerdo a los estándares internacionales, los datos de los ciudadanos venezolanos, nuestra única protección se encuentra en el texto constitucional de 1999. Los venezolanos tenemos el derecho constitucional de proteger nuestra privacidad y ser celosos propietarios de todos los datos que de nosotros recojan y/o posean, no solo el gobierno, sino cualquier entidad pública o privada en el país. Y ninguna norma sub legal como un decreto presidencial, está por encima de esa protección. Y esa protección la conceden los Artículos 28, 48 y 60 de la Constitución de 1999. Sin embargo, pocos conocen que estos derechos son algo que sido materia de prioridad internacional en virtud de la vertiginosa aceleración del fenómeno tecnológico y su cada vez mayor globalización.

Les ahorraré buscar en la Constitución:

Artículo 28: Toda persona tiene el derecho de acceder a la información y a los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados, con las excepciones que establezca la ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad, y de solicitar ante el tribunal competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos, si fuesen erróneos o afectasen ilegítimamente sus derechos. Igualmente, podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de interés para comunidades o grupos de personas. Queda a salvo el secreto de las fuentes de información periodística y de otras profesiones que determine la ley.

Artículo 48: Se garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas. No podrán ser interferidas sino por orden de un tribunal competente, con el cumplimiento de las disposiciones legales y preservándose el secreto de lo privado que no guarde relación con el correspondiente proceso.

Artículo 60: Toda persona tiene derecho a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y ciudadanas y el pleno ejercicio de sus derechos.

(CRBV, Artículos 28, 48 y 60) (resaltado nuestro).

En otras palabras, de estos artículos se desprende que usted es el ÚNICO dueño de sus datos personales y tiene el derecho de protegerlos. Eso está garantizado en todo el mundo. Y más aun, la Administración de cualquier Estado, es decir su gobierno, que conserva datos suyos por múltiples razones, o cualquier privado, como por ejemplo su banco u otra entidad que los requiera, no puede usarlos sin su consentimiento, y usted tiene el derecho de ordenar destruir los que ellos tengan en su poder, si piensa que eso le va a perjudicar. Eso es lo que dice nuestra Constitución y es un derecho humano que se protege en todos los países civilizados del mundo, y tiene un nombre: el derecho a la Autodeterminación Informativa.

El 15 de diciembre de 1983 el Tribunal Constitucional de Alemania declaró la inconstitucionalidad de la Ley del Censo de 1982, decidiendo lo siguiente que se hizo posteriormente ley en toda la Unión Europea: “El derecho general de la personalidad...abarca... la facultad del individuo, derivada de la autodeterminación, de decidir básicamente por sí mismo cuándo y dentro de qué límites procede revelar situaciones referentes a la propia vida...: la libre eclosión de la personalidad presupone en las condiciones modernas de la elaboración de datos de protección del individuo contra la recogida, el almacenamiento, la utilización y la transmisión ilimitada de los datos concernientes a la persona.”. De esta manera nació el derecho internacional a la “Autodeterminación Informativa” (ver Sentencia de 15 de diciembre de 1983. Ley del Censo. Derecho a la personalidad y dignidad humana, en https://www.informatica-juridica.com/sentencia/sentencia-de-15-de-diciembre-1983-ley-del-censo-derecho-la-personalidad-y-dignidad-humana/).

¿Cómo puede entonces al gobierno, o régimen en este caso, sin un proceso judicial de por medio, y a través de un organismo “asesor” creado por una normativa sub legal “Requerir de las personas naturales o jurídicas de carácter público y privado los datos, estadísticas e informaciones” que les conciernen? Simplemente no puede.

Violentar el derecho humano a la Autodeterminación Informativa abre la Caja de Pandora de la vigilancia electrónica sobre los ciudadanos. Desde imponer la Muralla de Internet de China (ver  La Gran Muralla China del Internet, en https://expansion.mx/tecnologia/2023/08/31/gran-cortafuegos-de-china-como-es-el-internet) hasta los sistemas de vigilancia de alta tecnología para reprimir a la población,  como lo hace ese país en Xinjiang, de acuerdo a un informe de Human Rights Watch (ver China: cómo funciona la vigilancia masiva en Xinjiang, en https://www.hrw.org/es/news/2019/05/01/china-como-funciona-la-vigilancia-masiva-en-xinjiang).

Si eso es lo que pretende el régimen con esta nueva fase de “ciberseguridad”, perderán de nuevo, como perdieron el 28J. Se encontrarán igualmente con la decidida resistencia –y resiliencia- civil y pacífica del pueblo venezolano, y que tuvo como salida la desesperada narrativa del “hackeo” del CNE. Ante esta nueva deriva autoritaria del régimen, manifestada esta vez en la nueva ciberseguridad de Maduro, no nos queda más que invocar y reivindicar de nuevo la frase lapidaria de un presidente del siglo XIX venezolano, Antonio Guzmán Blanco: “Venezuela es como un cuero seco, lo pisan por un lado y se levanta por el otro”. Creo que después del 28J hay que entender y aplicar más que nunca esa frase histórica, y actuar en consecuencia para lo que se nos viene encima. Nos hará mucha falta de ahora en adelante, con un régimen que al parecer  todavía cree que en Venezuela el cuero seco se queda quieto cuando lo pisan…

Caracas, 23 de Agosto de 2024

Blog: TIC’s & Derechos Humanos, https://ticsddhh.blogspot.com/

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lunes, 19 de agosto de 2024

Misiles cubanos, lecciones para Venezuela

Por Luis Manuel Aguana

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Lo mucho que se ha escrito y referido en Venezuela en torno a la larga duración de la tiranía castrista, que ya ronda los 65 años, y el porqué aún no ha caído después de tanto tiempo, le dice al mundo que si puede existir un régimen de esa naturaleza capaz de montarse sobre los deseos de libertad su propio pueblo. Y que pesar del bloqueo al país, sanciones económicas y políticas, y múltiples condenas de la Comunidad Internacional, su régimen continúa vivo luego de 65 años, sojuzgando la voluntad del pueblo cubano.

Sin embargo, nadie se pasea por el hecho que una vez el régimen cubano se coludió con la Unión Soviética, ancestros de la Rusia actual, para poner al mundo al borde de una guerra nuclear. ¿Y por qué pasó eso? Porque Fidel Castro y su revolución comunista se colocaron en la órbita de los países simpatizantes de la antigua URSS como el primer país del continente americano que lo hacía, razón por la cual fue utilizado por esa potencia para colocar misiles nucleares que amenazaran a los EEUU a pocos kilómetros de sus costas.

Y como es historia bien conocida y relatada en infinidad de libros y películas, el mundo no se autodestruyó en ese entonces por una negociación que a cambio de retirar los misiles de la isla, los norteamericanos debían hacer lo mismo en Turquía e Italia, con la condición que EEUU nunca invadiría Cuba ni apoyaría a ningún grupo con esa intención. Esa promesa se ha sostenido por 65 años. El resultado de esta negociación y la protección soviética derivada de allí, quizás sean los responsables de esos 65 años del régimen iniciado por Fidel Castro en su país.

Para aquellos jóvenes que no les guste leer mucho, les copio el extracto de ese momento histórico acerca de cómo se resolvió pacíficamente ese problema de los misiles cubanos, donde todos estuvimos a punto de morir en el planeta por culpa de un régimen minúsculo que permitió que su país fuera asiento de bombas nucleares de una potencia extracontinental:

Jrushchov (Nikita Jrushchov Presidente del Consejo de Ministros de la Unión Soviética) propuso a Kennedy (John F. Kennedy, Presidente de los EEUU) el desmantelamiento de las bases soviéticas de misiles nucleares preocupado por la posibilidad de una acción unilateral cubana y así lo expresa en la carta de respuesta el 28 de octubre en Cuba, a cambio de la garantía formal y pública de que Estados Unidos no realizaría ni apoyaría una invasión al territorio cubano. Además, la propuesta soviética establecía que los Estados Unidos también deberían a cambio ejecutar el desmantelamiento de las bases de misiles nucleares situadas en territorio de Turquía, país fronterizo con la Unión Soviética. También se pedía el retiro del Misil balístico de alcance medio PGM-19 Júpiter que los estadounidenses mantenían en el sur de Italia. Los diplomáticos soviéticos y estadounidenses realizaron urgentes y continuas negociaciones secretas en Washington y en Moscú, transmitiendo las propuestas de uno y otro bando para solucionar la crisis durante todo el día 27. No obstante, en las negociaciones secretas estuvo excluido Fidel Castro, en tanto el gobierno soviético se negó a realizar consultas sobre el tema con el régimen de La Habana….Tras las negociaciones secretas, Kennedy y su gabinete aceptaron la oferta soviética en la madrugada del domingo 28 de octubre a espaldas de Fidel Castro quien reprochó pública y en correspondencia a Jruschov los días 28, 30 y 31 de octubre. Este acuerdo se conoció más tarde, ya que Kennedy lo aceptó con la condición de no invadir Cuba ni apoyar grupo alguno con esa intención. El desmantelamiento del Misil balístico de alcance medio PGM-19 Júpiter de Turquía no fue hecho público hasta que se llevó a cabo seis meses después” (ver Wikipedia, Crisis de los misiles de Cuba, en https://es.wikipedia.org/wiki/Crisis_de_los_misiles_de_Cuba).

Y ustedes se preguntarán ¿Por qué evocar ese recuerdo tan amargo? Porque el caso venezolano, comparado con el de Cuba en 1962, quizás presente una complejidad muchas veces superior al de la crisis de ese año, pero sin la amenaza inmediata, pero segura, de unos misiles nucleares apuntando hacia los EEUU.

De la misma manera como los EEUU negociaron con los soviéticos en 1962 el retiro de los misiles en Cuba sin la presencia de Fidel Castro, a cambio de sus propios misiles en Turquía e Italia y su no intervención futura para salir de ese régimen, los EEUU deben negociar el retiro de Rusia y su satélite cubano, Irán y China en los asuntos militares de Venezuela, sin la presencia del régimen de Nicolás Maduro Moros, a cambio de intereses que solo ellos pueden conocer.

¿Y por qué los EEUU harían eso? Porque la arremetida de estos 3 países en Venezuela, como consecuencia de una política exterior norteamericana que no priorizó a sus aliados naturales del continente, es la primera de muchas incursiones que probablemente se realizarían desde Venezuela al resto de los países de Latinoamérica. Y que si no es atajada de raíz, aislará a los EEUU del resto del continente americano, siendo esa situación mucho más peligrosa para ellos que la crisis originada por una simple isla caribeña con unos misiles apuntándolos, de rápida desinstalación. La crisis de los misiles cubanos de 1962 puede representar una lección para la Venezuela de hoy.

A una Venezuela en manos de estas potencias extracontinentales, como está planteado en este momento, le seguirá fácilmente Colombia, y el resto de los países latinoamericanos caerán como dominós en una secuencia predecible. Todo esto sin contar que igualmente esos países tendrían tiranías como la de Venezuela, que se alarguen como la cubana, por muchas generaciones. Esa negociación preventiva y pacífica le ahorrará a los EEUU, con mucha seguridad, una crisis semejante o peor a la de 1962, dada la tecnología militar que existe hoy, sin contar con la permanente y creciente amenaza del terrorismo y el narcotráfico. 

Las condiciones están dadas para esa negociación en este momento porque el pueblo venezolano se pronunció indiscutiblemente el 28J, y existe, a diferencia del pasado próximo, un liderazgo claro y competente para tomar las riendas del país, y un Presidente a quien el pueblo eligió con una mayoría que ya están envidiando los actuales presidentes del continente.

Sin embargo, aquí habría una diferencia fundamental que no existió en el caso cubano de 1962. Los venezolanos de hoy podemos, a diferencia de los cubanos de 1962, resolver nuestra crisis a lo interno, pero para que eso ocurra no debe existir el ruido del sostenimiento del régimen por parte de esas potencias, para que Venezuela tenga la oportunidad de volver a su cauce democrático de las manos de sus propios actores militares y políticos. No es posible pedirles a nuestros militares que resuelvan esa crisis sin antes resolver la mega crisis a lo externo, y que está fuera de nuestro alcance.

En anteriores situaciones históricas de Venezuela, donde las FFAA jugaron un papel protagónico para el regreso de la institucionalidad y la democracia, el mundo no tenía la complejidad política multipolar que presenta hoy, ni existían los tentáculos de los intereses geopolíticos para el sostenimiento interesado de una tiranía. Si ese sesgo se corrige en el lugar donde debe corregirse, el país volverá con toda seguridad, en el momento preciso y en su propia dinámica, a la senda de la democracia y la libertad.

Caracas, 19 de Agosto de 2024

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