sábado, 11 de noviembre de 2023

Esequibo, juicio o negociación

Por Luis Manuel Aguana

English versión

Es difícil separar lo racional de lo emocional ante un problema territorial, porque entre otras cosas se mezclan factores explosivos que agudizan la confrontación, razón por la cual las naciones históricamente han ido a guerras para resolverlos. De allí que sea considerada en este momento de la historia del mundo poco menos que una irresponsabilidad de los gobiernos manipular a la opinión pública de acuerdo a lo que  consideran debería ser la solución de la controversia.

Y eso es precisamente lo que intenta realizar el régimen de Nicolás Maduro Moros al convocar a un referendo el 3 de diciembre de 2023, intentando, no solamente tapar la entrega por razones políticas que realizara Hugo Chávez Frías en el año 2004, a través de una Declaración Conjunta que permitió a Guyana desarrollar y poblar la Zona en Reclamación, sino crear una situación de efervescencia política en el país que impida la realización de las elecciones pautadas para el 2024, elecciones que desde ahora mismo ya tiene perdidas. Tal es la desesperación del régimen de aferrarse al poder, que es capaz de provocar un conflicto limítrofe con Guyana, alegando con ese referendo que “es el pueblo el que reclama”.

De allí que sea para los venezolanos de una importancia capital comprender a cabalidad, sin necesidad de ser abogados especialistas en Derecho Internacional, y en sus partes fundamentales, el alcance de esta compleja trama que comenzó a ser pública a partir de la firma del Laudo Arbitral de 1899, firmado en París entre los representantes de Venezuela y el Reino Unido e Irlanda del Norte, donde nos robaron “en descampado” el territorio Esequibo.

Desde ese momento de 1899 hasta la firma del Acuerdo de Ginebra en 1966 entre Venezuela y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, no se reconoció en todo el mundo lo sucedido en París, al punto que el Reino Unido firmó allí que ese Laudo Arbitral de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica (como posesión británica para ese entonces) era NULO E IRRITO. La historia para todos nuestros efectos comienza desde ese mismo momento.

¿Y porque los británicos tuvieron que reconocer eso? Eso nos lo responde el Dr. Allan R. Brewer Carías:

"La frontera establecida en el tribunal de arbitraje de 1899 se consideró zanjada durante el siguiente medio siglo, hasta que un memorando escrito por Severo Mallet-Provost (11 de agosto de 1944), un abogado que había actuado como asesor junior de Venezuela en el tribunal de París, se publicó póstumamente en el número de 1949 del American Journal of International Law (O Schoenrich 'The Venezuela-British Guiana Boundary Dispute' (1949) 43 AJIL 523, 528-30). El memorando aducía que el presidente del tribunal arbitral había coaccionado a varios miembros para que aprobaran la decisión final, resultado de un acuerdo político entre Gran Bretaña y Rusia. Al parecer, este memorándum había sido dictado cinco años antes por Mallet-Provost al juez Otto Schoenrich, su socio en el bufete estadounidense Curtis, Mallet-Prevost, Colte and Mosle, con instrucciones de que no se publicara hasta después de su muerte, e incluso entonces, sólo a discreción del juez Schoenrich. Mallet-Prevost murió el 10 de diciembre de 1948, y su memorándum apareció impreso unos seis meses después" (ver traducción propia de Guyana-Venezuela border dispute, en https://allanbrewercarias.net/Content/449725d9-f1cb-474b-8ab2-41efb849fea8/Content/Guyana-Venezuela%20Border%20Dispute.%20Max%20Planck%20EPIL,%202006.pdf) (resaltado nuestro).

En otras palabras, el juicio arbitral había tenido vicios de nulidad confesados de manera póstuma por uno de sus protagonistas, donde los jueces se coludieron para darle al Reino Unido la posesión de nuestro territorio. Eso hace insostenible la posición británica, quedando abierta de nuevo la controversia.

¿Juicio nuevo o negociación?

Como decimos en Venezuela, “quien es picado de culebra, le tiene miedo al bejuco”. Y eso es lo que está pasando aquí. Históricamente Venezuela se ha negado de forma consistente a un nuevo juicio, alegando la negociación directa entre las partes como mecanismo para resolver esa controversia con Guyana. Y esto fue así hasta que Guyana nos demandó ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) el 29 de marzo de 2018 “respecto a una controversia relativa a “la validez jurídica y el efecto vinculante del Laudo relativo a la frontera entre la colonia de la Guayana Británica y los Estados Unidos de Venezuela, de 3 de octubre de 1899” (ver Sentencia de la CIJ del 18 de diciembre de 2020, en https://revistas.urosario.edu.co/xml/4295/429566597007/index.html). ¡Nos demandan porque pretenden que el Laudo Arbitral de 1899 todavía es válido!

¿Y por qué pasó eso? Porque el Artículo IV, párrafo 2, del Acuerdo de Ginebra de 1966, establece que si las partes no se ponían de acuerdo sobre la elección de uno de los medios de solución previstos en el Artículo 33 de la Carta de Naciones Unidas, estos referirán la decisión sobre el medio de solución  a un órgano internacional que acuerden, y si no acuerdan alguno, al Secretario General de las Naciones Unidas (ver Acuerdo de Ginebra 1966, en  http://www.consulvenevigo.es/subido/ACUERDO%20GINEBRA%20ONU%201966.pdf

Y finalmente ocurrió eso. El Secretario General de la ONU, Antonio Guterres, decidió de manera unilateral enviar el conflicto a la CIJ. El Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas establece: “1.- Las partes en una controversia cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales tratarán de buscarle solución, ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección” (ver Carta de la ONU, en https://www.oas.org/36ag/espanol/doc_referencia/carta_nu.pdf).

Dado que la negociación también está contenida (y encabeza) como medio de solución de conflictos el Artículo 33 de la Carta de la ONU, Venezuela siguió negando la competencia de la CIJ, al punto que la misma Asamblea Nacional de 2015, considerada legítima por la Comunidad Internacional, promulga el 6 de febrero 2018 un “Acuerdo en rechazo a la decisión del Secretario General de la ONU, Antonio Guterres de enviar la controversia sobre el Esequibo y la fachada Atlántica de Venezuela a la Corte Internacional de Justicia” coincidiendo en la actualidad con la posición del régimen de Maduro (ver Acuerdo en  https://www.asambleanacionalvenezuela.org/actos/detalle/acuerdo-en-rechazo-a-la-decision-del-secretario-general-de-la-onu-antonio-guterres-de-enviar-la-controversia-sobre-el-esequibo-y-la-fachada-atlantica-de-venezuela-a-la-corte-internacional-de-justicia--240).

Pero la CIJ no se quedó atrás después de la decisión del Secretario General de la ONU. El 18 de diciembre de 2020 decidieron que esa instancia sí era competente para decidir la controversia entre Venezuela y Guyana, interpretando que la decisión del Secretario General de la ONU tenía carácter vinculante porque las partes habían dado efectivamente su consentimiento a su decisión en el Acuerdo de Ginebra de 1966: Si las Partes dieron su consentimiento al arreglo judicial de su controversia en virtud del párrafo 2 del artículo IV del Acuerdo de Ginebra–Decisión del secretario general vinculante para las Partes–El párrafo 2 del artículo IV se refiere al artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas, que incluye el arreglo judicial como medio de resolución de controversias–Los medios de solución de controversias a disposición del secretario general, al que las Partes dieron su consentimiento, incluyen el arreglo judicial. Si el consentimiento otorgado por las Partes para la solución judicial de su controversia estaba sujeto a alguna condición–Si el secretario general debería seguir un orden particular al elegir los medios de solución de controversias enumerados en el artículo 33 de la Carta–La no obligación para el secretario general para seguir un orden particular o consultar con las Partes sobre su elección(ver Sentencia de la CIJ del 18 de diciembre de 2020, referida supra).

En otras palabras, estamos metidos en el juicio. Sin embargo, esto no significa que tengamos necesariamente que seguirlo. De acuerdo al Dr. Nicolás Boeglin Naumovic, experto en Derecho Internacional, consultor en temas relacionados en la implementación de normas que derivan del Derecho Internacional para entidades, nacionales, regionales e internacionales, “La estrategia seguida por Venezuela ante la demanda interpuesta por Guyana en marzo de 2018 en su contra en La Haya intenta hacer valer un principio angular en derecho internacional: el consentimiento previo de un Estado a la justicia internacional. Se trata de una regla según la cual ningún Estado puede ser llevado ante un juez internacional sin su consentimiento. Por su parte, Guyana recurre al tratado suscrito en 1966 entre Reino Unido y Venezuela y a la carta emitida por el secretario general en enero de 2018 para establecer la competencia de la CIJ en aras de dirimir esta controversia” (ver Guyana/Venezuela: La Corte Internacional de Justicia anuncia que fijó plazos, en https://ciarglobal.com/guyana-venezuela-la-corte-internacional-de-justicia-anuncia-que-fijo-plazos/).

Pero –y este es un pero importantísimo- Boenglin concluye que es preferible estar que no estar en ese juicio: “Cabe precisar que la estrategia que ha escogido Venezuela no está exenta de todo riesgo: en efecto, la no participación de Venezuela la priva de la posibilidad de presentar sus argumentos legales en la etapa preliminar en la que puede precisamente cuestionar la competencia de la CIJ en el marco del procedimiento contencioso: la etapa de las excepciones preliminares. Dicho en otras palabras, al optar Venezuela por no participar, la base de competencia usada por Guyana (que se limita a una recomendación del actual Secretario General de Naciones Unidas) no será cuestionada ante los jueces de la CIJ“.

 

Entonces, volviendo a la estrategia de Venezuela, sería una soberana estupidez lesiva a los intereses del país no concurrir a ese juicio, y esta vez, y a diferencia de 1899 representando nosotros mismos nuestros intereses, armados hasta los dientes con los mejores historiadores, abogados, expertos en Derecho Internacional, documentos de nuestra fundación como República, para probar de una vez por todas nuestra soberanía sobre ese territorio, porque la razón nos asiste y nos ha asistido siempre. Si creemos que los jueces se van a coludir de nuevo, entonces nos encontrarán como una nación unida capaz de defender su territorio en esta nueva oportunidad. Las condiciones no son las mismas que en 1899.

 

Pudiéramos todos pensar que la solución directamente negociada con Guyana podría conducía a una solución y eso estaría bien. Pero creo que ese tren partió desde hace tiempo desde el momento que los costos del juicio que nos está montando Guyana en la CIJ lo está financiando para ellos la Exxon Móbil de una manera interesada: El año 2018 se titulaba: “Guyana empieza a cobrar la prima de fichaje de ExxonMobil para cubrir gastos legales en la CIJ. Guyana ha iniciado el proceso preliminar con el fin de ciclar los fondos de un bono de firma de US$18M recibido de ExxonMobil en 2016, para defender su caso de controversia fronteriza en la Corte Internacional de Justicia (CIJ)” (ver Oil Now, 26 de abril de 2018, Guyana begins to cash in ExxonMobil signing bonus to cover legal fees at ICJ , en https://oilnow.gy/news/guyana-begins-cash-exxonmobil-signing-bonus-cover-legal-fees-icj/).  ¿Creen ustedes que ellos estén pensando en una solución negociada con Venezuela? Ya se derramó el vaso, o mejor dicho, el pozo de petróleo, no hay vuelta atrás…

Porqué nos oponemos al referendo

Las preguntas dadas a conocer públicamente a los venezolanos apuntan a manipular abiertamente a la opinión pública para fundamentar la línea política del régimen en relación con este delicado problema de orden generacional (ver CNE aprueba por unanimidad cinco preguntas para el referendo consultivo, en https://www.asambleanacional.gob.ve/noticias/cne-aprueba-por-unanimidad-cinco-preguntas-para-referendo-consultivo) y que van en la dirección de manipular a los venezolanos:

Preguntas:

1. ¿Está usted de acuerdo en rechazar, por todos los medios, conforme a derecho, la línea impuesta fraudulentamente por el Laudo Arbitral de París de 1899, que pretende despojarnos de nuestra Guayana Esequiba?

Está perfectamente demostrado ese fraude, al punto que fue aceptado y reconocido por el Reino Unido en su oportunidad. No tienen ningún sentido volver atrás sobre eso como si los venezolanos fuéramos un atajo de ignorantes desconocedores de la historia.

2. ¿Apoya usted el Acuerdo de Ginebra de 1966 como el único instrumento jurídico válido para alcanzar una solución práctica y satisfactoria para Venezuela y Guyana, en torno a la controversia sobre el territorio de la Guayana Esequiba?

Es irrelevante la pregunta. Como ya vimos, es montados en el Acuerdo de Ginebra de 1966 sobre el que partimos para una nueva solución del problema.

3. ¿Está usted de acuerdo con la posición histórica de Venezuela de no reconocer la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para resolver la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba?

Pregunta manipulada. Acabamos de demostrar que Venezuela puede insistir en su posición de no participar en el juicio en la CIJ, pero es lo más alejado para nuestros intereses.

4. ¿Está usted de acuerdo en oponerse, por todos los medios, conforme a derecho, a la pretensión de Guyana de disponer unilateralmente de un mar pendiente por delimitar, de manera ilegal y en violación del derecho internacional?

Pregunta manipulada para predisponer a los venezolanos a una conducta agresiva. Es precisamente por esa razón que deberíamos estar planteando nuestro caso en la CIJ para una solución pacífica de esta controversia.

5. ¿Está usted de acuerdo con la creación del estado Guayana Esequiba y que se desarrolle un plan acelerado para la atención integral a la población actual y futura de ese territorio, que incluya entre otros el otorgamiento de la ciudadanía y cédula de identidad venezolana, conforme al Acuerdo de Ginebra y el Derecho Internacional, incorporando en consecuencia dicho estado en el mapa del territorio venezolano?

De nuevo pregunta manipulada. Claramente, luego de solucionar a nuestro favor esta controversia en la CIJ, el Estado venezolano podrá disponer de la ahora Zona en Reclamación como un territorio más del concierto de estados federados establecidos en la Constitución.

Mis disculpas anticipadas a quienes hayan llegado hasta aquí por lo extenso de esta nota. El conocimiento es, a mi juicio, el mejor antídoto para no caer en las manipulaciones de un régimen que pretende con ese referendo utilizar con fines políticos, como lo hizo Chávez en el año 2004, esta reclamación histórica buscando el respaldo de los venezolanos para permanecer en el poder.

En 1957 el dictador Marcos Pérez Jiménez pretendió igualmente con un plebiscito quedarse en el poder. El 15 de diciembre de 1957 “ganó” ese plebiscito con una mayoría aplastante del 86,7% (ver Wikipedia, Plebiscito de Venezuela de 1957, en https://es.wikipedia.org/wiki/Plebiscito_de_Venezuela_de_1957), dando la percepción que nunca se iría porque el “pueblo lo acompañó”. Pero pocas semanas después, el 23 de enero de 1958, salió corriendo del país, con ese mismo pueblo celebrando en las calles su caída. Una Venezuela en resistencia le decía al país al mismo tiempo, a través de los medios que disponían, con papelitos entregados en las calles y en las casas, que todavía existía honor y dignidad, a través de mensajes como el que acompaña esta nota:

Venezolanos: El honor, la dignidad, la libertad y los derechos de los venezolanos están en juego!! No permitas el ultraje del plebiscito!! No permitas la burla a la Constitución Nacional!!

A la lucha contra la tiranía!! Todos los venezolanos como un solo hombre contra el plebiscito!! Salvemos a Venezuela del deshonor!!

La lucha no cesará hasta no obtener un Gobierno que rescate a la Nación y se someta a la Ley!!

La JUNTA PATRIOTICA

(original del panfleto cortesía de la familia de la Arq. Lourdes Colmenares Maldonado, Directora de ANCO)

Ese mensaje pareciera haber sido escrito hoy y aplica perfectamente a este momento que vive Venezuela. Utilicemos ese mismo valor, dignidad y conciencia que tuvieron nuestros mayores, demostrados en 1957, para hacer lo que corresponde hacer para resistir democráticamente luchando para desalojarlos del poder: “La lucha no cesará hasta no obtener un Gobierno que rescate a la Nación y se someta a la Ley”. Así será, Amén…

Caracas, 11 de Noviembre de 2023

Blog: TIC’s & Derechos Humanos,

Email: luismanuel.aguana@gmail.com

Twitter:@laguana

2 comentarios:

  1. Your post is a masterpiece—brilliant, insightful, and thoroughly engaging. Thanks for sharing your valuable perspective with us!

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  2. Me declaro ignorante en el mundo del Derecho Internacional, pero lo que si puedo decir, es que bajo la premisa de que tenemos toda la data histórica que avala nuestra posición, más el acuerdo de Ginebra basado en la verdad contada por un participante en el laudo, el juicio en la CIJ parecieraandado por Dios para definitivamente aclarar la invalidez del laudo y por ende la extensión de nuestro territorio, desaprovechar eso no tiene perdón. Nelson R.

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