Por Luis Manuel Aguana
Una de las extraordinarias ventajas de las comunicaciones a través de Internet es que siempre quedan. Esto es, cualquier cosa que se escriba, de alguna manera, es replicada, guardada y encontrada a través de los buscadores de la red. Y si es importante, con más razón aún. Escribía en mayo del año pasado (ver Comunicarse sin límites: Un nuevo Derecho Humano http://ticsddhh.blogspot.com/2011/05/comunicarse-sin-limites-un-nuevo.html) que la expresión del hombre y la manera horizontal de las comunicaciones actuales permiten llegar directamente a cualquier persona del planeta, sin importar cargo, jerarquía, notoriedad, distancia geográfica. Esto fue lo que me motivó, entre otras cosas, a escribir en este blog. Que increíble que escribas algo y comuniques lo que piensas y tengas de auditorio al mundo entero, si el mundo decide que lo que dices es importante.
Lo de arriba no es un ataque de egocentrismo. Es la realidad a la que nos vemos expuestos por la tecnología aplicada al ser humano. Es también por esa misma razón que al existir actores aguerridos en la red en Venezuela, que defienden constantemente una posición de derechos -porque sabemos de cierto que existen situaciones en nuestro país que consideramos injustas y violatorias de los Derechos Humanos-, se está probablemente minimizando o tal vez previniendo tales ataques a los derechos de las personas.
Al ser escritas, comunicadas y explicadas a un auditorio que es mundial, provocamos una espiral de opinión cuya resultante es un muro adicional que se le pone al frente a aquellos que violan nuestros derechos de la manera más terrible y descarada. Al unirme a esa lucha permanente me siento honrado de poder contribuir modestamente con este blog, poniendo al menos un ladrillito en ese muro. Si todos pusiéramos uno, estoy seguro que el muro sería más fuerte y difícil de derribar.
Ahora mismo estamos en la construcción de un muro para defender nuestro derecho humano de tener Elecciones Auténticas en Venezuela. De que ese Derecho Humano sea respetado puede depender que no se nos irrespeten otros igual de cercanos al ser humano, como por ejemplo el Derecho a la Vida, a la Libertad de Expresión, el Derecho a la Propiedad, y en general todos los derechos que este gobierno ha atropellado a mansalva, arrastrando por el piso la Constitución de 1999, “la mejor Constitución del mundo”, la cual paradójicamente terminaron defendiendo aquellos que no votaron por ella, como este servidor.
A través de un documento publicado por ESDATA titulado “Las Elecciones Autenticas son un Derecho Humano” (ver http://es.scribd.com/doc/53632641/Las-Elecciones-Autenticas-son-un-derecho-humano) esta organización explica con detalle cuales son las bases que sustentan tal afirmación. Sin embargo, deseo añadir a esta completísima declaración algo que considero muy importante: Los principales tratados internacionales de Derechos Humanos, antes de existir la Constitución de 1999, fueron ratificados internamente por el Estado venezolano, y más aun, en algunos casos, llevan nuestra lucha por las libertades impresa en ellos.
El Congreso de la República de Venezuela decretó la Ley Aprobatoria de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, "Pacto de San José de Costa Rica", y cuyo texto indicaba: “Artículo 1ro. Se aprueba la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto San José de Costa Rica, suscrito en la Conferencia Interamericana Especializada sobre Derechos Humanos, en San José de Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969”. Esta Ley se publicó en la Gaceta Oficial de Venezuela No. 31256 de Junio 14 de 1977. De allí el Art. 23, Aparte 1b, indica: “Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades:” b.- De votar y ser elegidos en elecciones periódicas autenticas, realizadas por sufragio universal e igual por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores...”. Ese derecho lo tenemos los venezolanos por Ley desde 1977.
El mismo derecho humano de elegir de manera autentica a nuestros representantes nos viene también, como bien dice el documento de ESDATA, por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que es Ley en Venezuela desde 1978. El Congreso de la República de Venezuela decretó la Ley Aprobatoria del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y cuyo primer artículo rezaba: “Artículo 1ro. Se aprueba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966, suscrito por la República de Venezuela el 24 de junio de 1969”.
¿Qué les indica eso? Que nuestro país siempre fue pionero en la defensa de los Derechos Humanos, precisamente en los periodos satanizados por el principal violador de derechos humanos de la historia contemporánea de Venezuela. El Artículo 25 del Pacto en su aparte b.- reza: “Artículo 25. Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de la distinciones mencionadas en el artículo 2, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades: b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores…”
Por último la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) en su Resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948, en su Artículo 21, numeral 3 reza: “La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.”. De acuerdo a especialistas en la materia “Venezuela suscribió los postulados y principios contenidos en la Declaración Universal, y así se comprometió ante la comunidad internacional a hacer efectiva su vigencia” (Ver http://www.abogadoespecialista.net/2012/01/la-declaracion-universal-de-los.html).
Los tres principales instrumentos de carácter internacional que respaldan nuestra exigencia a unas Elecciones Auténticas citan este concepto y los tres han sido aceptados por nuestro país y antes de este gobierno violador, ya sea mediante leyes internas antes de vigencia de la Constitución de 1999 y ahora más todavía con ella; y son parte integral de nuestro ordenamiento jurídico.
Pero lo que es más importante a mi juicio en toda esta discusión es que la Declaración Americana, mejor conocida como la Declaración de los Derechos y Deberes Internacionales del Hombre, producida en la Novena Conferencia Internacional Americana en Bogotá, Colombia del 30 de Marzo al 2 de Mayo de 1948, fue precursora de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
En esa conferencia se creó la Organización de los Estados Americanos-OEA con la firma de La Carta de la OEA el 30 de Abril de 1948 en la “Quinta de Bolivar” en Bogotá. Eso es poco conocido por los venezolanos. Rómulo Betancourt presidió esa Conferencia enviado por el Presidente de Venezuela, Rómulo Gallegos. En su Artículo XX, la Declaración Americana reza: “Toda persona, legalmente capacitada, tiene el derecho de tomar parte en el gobierno de su país, directamente o por medio de sus representantes, y de participar en las elecciones populares, que serán de voto secreto, genuinas, periódicas y libres.”.
En el informe anexo al Proyecto definitivo de la Declaración Americana, se justificó el Artículo XX de la siguiente manera (y lean bien porque es histórico):
“Siendo el del sufragio un derecho primordial en la organización democrática, cuya base se halla precisamente en la facultad del pueblo de escoger libremente a sus representantes y dirigentes, subrayamos que el Artículo es trascendental, mas de nada valdrá si no es cumplido lealmente, si en la realidad no se crea un mecanismo que registre con fidelidad la voluntad popular, si los gobiernos y los estadistas de América no se empeñan en mejorar las costumbres políticas y en que sus reiteradas protestas y declaraciones a favor de la democracia estén acompañadas por un esfuerzo tesonero con el fin de que en terreno de los hechos el sistemas democrático sea aplicado y respetado, así como constantemente perfeccionado”.[1]
Si no hubiese sido escrito hace más de sesenta años diría que fue escrito por un activista del derecho a Elecciones Autenticas. Por donde lo queramos ver, los venezolanos hemos sido protagonistas y defensores históricos del derecho de Elecciones Auténticas. ¡¡¡La Carta de la OEA se firmó en la casa de Simon Bolívar en Bogotá, por Dios Santo!!! Es inimaginable que en nuestra propia casa tengamos que pedir que se nos respeten unos derechos que nosotros mismos diseñamos, y habiendo sido los precursores de esa materia en el mundo entero. Pero lo vamos a exigir, y no tímidamente. Los Derechos no se negocian, se exigen. ¡Es como si estuviéramos mendigando albergue en nuestra propia casa! Los venezolanos hemos sido libertadores de un continente. No se puede haber perdido eso de nuestros genes…¡Elecciones Auténticas YA!
San Juan de Puerto Rico, 6 de Agosto de 2012
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[1] 60 Años de las Declaraciones Internacionales de los Derechos Humanos, compilador Juan Jose Caldera, Universidad MonteAvila-Fundación Konrad Adenauer Stiftung, 2008. ISBN 978-980-12-3530-9