sábado, 2 de abril de 2016

Ley Orgánica de Referendos: una propuesta

Por Luis Manuel Aguana

Puede resultar pedante de mi parte mencionar el detalle, pero probablemente si no fui yo el primero, sí uno de los primeros en mencionar públicamente la necesidad de una Ley de Referendos antes de plantear algún proceso revocatorio al gobierno (ver Revocatorio y Constituyente en http://ticsddhh.blogspot.com/2016/01/revocatorio-y-constituyente.html). Decía en esa nota de finales de enero en este blog:

…Pero ahora la Asamblea Nacional si PUEDE y DEBE cambiar esa situación promulgando con urgencia legislativa una Ley de Referendos y Constituyentes que modifique radicalmente las condiciones en las que los venezolanos puedan concurrir a revocar a un funcionario electo, dándole las garantías necesarias y protegiendo celosamente su identidad; pero que no solo regule los referendos revocatorios sino también la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente por parte de los poderes constituidos, como el Presidente de la República, los Consejos Municipales y la misma Asamblea nacional con las dos terceras partes de sus integrantes. La convocatoria por parte del mismo soberano con el 15% del Registro Civil y Electoral debería protegerse para que el MISMO soberano regule su propia convocatoria porque el poder del soberano está por encima de los poderes constituidos.

Aun habiendo hecho la advertencia, esto último subrayado fue lamentablemente incluido como parte del dispositivo regulatorio con el CNE descrito en el Proyecto, normando de esa manera al Poder Constituyente Originario en la propuesta de Ley Orgánica de Referendos (http://www.asambleanacional.gob.ve/uploads/botones/bot_e1e24955f3d466bee7c5b4b27a039d061dea8462.pdf).

A tal efecto, la Alianza Nacional Constituyente responsablemente hizo las observaciones pertinentes a la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional, en la persona de su Presidente, la Dra. Delsa Solórzano, la cual fue añadida como parte del proceso de consulta pública (ver Carta de la ANC a la Comisión de Política Interior de la AN en http://ancoficial.blogspot.com/2016/04/carta-de-la-anc-la-comision-de-politica.html) que está realizando la Comisión. De esta manera la Alianza solicita formalmente que se excluya de la Ley Orgánica de Referendos cualquier regulación al Poder Constituyente Originario.

Dicho esto, podríamos afirmar que se encuentra en curso una petición formal para una modificación de un Proyecto de Ley aprobado por la Asamblea Nacional en primera discusión, en relación a la regulación inconstitucional al llamado a un Proceso Constituyente de carácter Originario, y que tal vez debamos sentirnos tranquilos porque los ciudadanos Diputados procederán a corregir ese grave error.

Sin embargo creo que eso no es suficiente…

He mantenido desde esta tribuna de la red, y desde mucho antes de abrazar el proceso Constituyente como la solución al grave problema que atraviesa el país, que el sistema electoral venezolano en particular y el Poder Electoral en su conjunto, están viciados desde sus raíces y forman parte del mecanismo de dominación que el régimen en su entrega incondicional a un gobierno extranjero, ha utilizado desde el año 2004 para ganar elecciones y perpetuarse en el Poder, haciendo fraude electoral con máquinas de dudosa funcionalidad y transparencia.

Esto no es nuevo. Lo he denunciado conjuntamente con importantes expertos venezolanos desde hace años, en incontables cartas públicas y comunicaciones (ver ¡Elecciones Auténticas YA! http://declaraciondecaracas.blogspot.com/2013/01/elecciones-venezolanas-autenticas-una.html y todos los artículos de http://bitakoraeva.blogspot.com/).

Es por esa razón que sería moralmente imperdonable y un irrespeto a los millones de venezolanos que han tratado de salir pacifica, constitucional y electoralmente de este régimen desde hace mas de 12 años, que dejara de abordar los otros aspectos del Proyecto de la Ley Orgánica de Referendos, y más aun siendo uno de los primeros en mencionar su necesidad públicamente, ya que podríamos de nuevo caer en lo que lamentablemente se cayó en el 2004, cuando los venezolanos fuimos a un Referendo Revocatorio sin contar con las garantías electorales suficientes, y la oposición ACEPTO un fraude gigantesco, que todavía los políticos opositores insisten en afirmar que no existió, aun cuando se ha demostrado de una manera técnica y contundente (ver La Naturaleza delató al CNE en http://ticsddhh.blogspot.com/2012/12/la-naturaleza-delato-al-cne.html).

En primer lugar debo recordar que fue la oposición reunida en la Coordinadora Democrática el año 2003 quien llevó a cabo “El Firmazo”, con fundamento en lo previsto en el Articulo 72 de la Constitución y en las disposiciones del Artículo 183 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política donde se establecía la posibilidad de solicitar un Revocatorio a cualquier cargo de elección popular. Allí los venezolanos REVOCAMOS A CHAVEZ. Sin embargo en noviembre de ese mismo año el régimen DESCONOCIENDO LA VOLUNTAD POPULAR declaró “inadmisible” con su CNE la solicitud de revocatorio de Chávez y “NO VALIDAS” LAS FIRMAS entregadas, cuando eso no estaba normado -ni tenía que estarlo- ANTES del proceso de recolección de firmas. Esa violación a nuestro derecho a la participación política está en la Resolución 030912-461 del CNE del régimen.

NOSOTROS, y lo digo con propiedad porque muchas de esas planillas las conseguimos con muchísimo sacrificio y con la sola voluntad de muchos voluntarios de las zonas populares de Caracas del Comité Pro-Si de la Sociedad Civil (ver El Comité Pro Sí ante el fraude a la voluntad popular expresada en los comicios http://www.analitica.com/opinion/opinion-nacional/el-comite-pro-si-ante-el-fraude-a-la-voluntad-popular-expresada-en-los-comicios/) habíamos levantado con “El Firmazo” las firmas necesarias para revocar al Presidente y el CNE DESCONOCIENDO ESE HECHO nos obligó a recoger nuevas firmas para satisfacer al régimen. Eso se logró de nuevo con “El Reafirmazo”. Después vino el rollo de las “firmas planas” y todo lo que aconteció luego para poder llegar tan siquiera a CONVOCAR al proceso revocatorio.

No me cabe en la cabeza que ahora sea esa misma oposición quien pretenda hacernos lo mismo que nos hiciera amargamente el régimen, otorgando por Ley Orgánica al CNE UN DERECHO que siempre tuvimos los venezolanos de LIBREMENTE BUSCAR UNAS FIRMAS PARA REVOCAR A UN FUNCIONARIO ELECTO, como lo hicimos por primera vez en este país en el año 2003 con “El Firmazo”, basándonos únicamente en el Articulo 72 de la Constitución. ¿Alguno de ustedes puede explicarme eso?

Pues bien, el Proyecto de Ley opositora nos indica que debemos tener “promotores” que hagan una solicitud que DEBE SER APROBADA POR EL CNE. Asimismo, estos deberán conseguir una manifestación de voluntad de al menos el 0,5% del Registro electoral del ámbito territorial que corresponda, conforme al último RE, solo para comenzar a recoger firmas en unos puntos aprobados por ellos, en número y localidad. ¿Dónde está escrito eso en el Articulo 72 de la Constitución?

Ya solamente con eso RECHAZO DE PLANO ese adefesio legislativo que profundiza lo que ya el CNE tenía para evitar que se revocara a cualquier funcionario rojo-rojito, sin entrar en el resto de las violaciones a la constitución del Proyecto, además de regular inconstitucionalmente la convocatoria al Poder Constituyente Originario que ya comentamos al comienzo. Sin embargo, es importante indicar que no quiero quedarme en el solo rechazo sino sugerir cómo se podría verdaderamente desarrollar ese proceso sin que se conculquen nuestros derechos ciudadanos.

Debo dejar constancia que no creo que un Revocatorio solucione el grave problema que tenemos los venezolanos, y que debemos ir a una solución INCLUYENTE (ver Una solución incluyente en http://ticsddhh.blogspot.com/2015/12/una-solucion-incluyente.html). Sin embargo algunos compatriotas en su obstinación y hartazgo por salir del régimen están comprando ese discurso populista. El problema es que si vamos a un Revocatorio en unas condiciones paupérrimas como las sugeridas en ese Proyecto de Ley, quedaremos PEOR que en el 2004, enterrando posiblemente y de manera definitiva el empuje de la población para seguir luchando cívicamente por salir de estos delincuentes. Solo vean a los cubanos, unos zombis secuestrados para siempre por una dictadura de dos ancianos. Y eso es lo que busca el régimen. Es por eso que aunque no creo en ese camino para Venezuela, si eso se llegara a imponer, me siento con la obligación moral de decirles a los venezolanos, y en especial a quienes son responsables de esa Ley, cómo creo que se podría proceder para tener probabilidades de ganarlo en el menor tiempo posible, sin repetir los errores del pasado. Veamos:

Si un Revocatorio requiere del 20% constitucional para ser convocado, entonces a la mitad del período de los funcionarios, el CNE debe garantizar la apertura del 20% de los Centros Electorales en todas las Circunscripciones durante un periodo que denominaremos “de revocatoria del mandato”. Los centros que deberán abrirse tienen que cubrir adecuadamente toda la circunscripción electoral. Al estar los periodos del Presidente, Gobernadores, Alcaldes o cualquier otro funcionario de elección popular, determinados perfectamente, el día siguiente de la mitad del mandato se abrirían el 20% de los Centros en todo el país, por un número de días a considerar, que se corresponda a la cantidad de voluntades requeridas.

Los partidos políticos, grupos de electores, interesados, etc., que deseen el revocatorio de algún funcionario, que hagan su campaña antes de ese momento, como una campaña electoral cualquiera. Los electores que concurran a esos centros votaran por el revocatorio del mandato del funcionario en ESA Circunscripción electoral si así lo desean, identificándose solo con su cédula de identidad a los miembros de la mesa electoral, y este debe haber sufragado en la elección del funcionario a revocar. No se puede entender que alguien que no participó en la elección de un funcionario vote para revocarlo.

Las mesas estarán dispuestas con los testigos de ambos, revocado y revocante, como cualquier proceso electoral. Se deberá resguardar de igual manera la confidencialidad e identidad de quien emite el voto para revocar. A la finalización del proceso ambas partes deberán constatar si se llegó o no al 20% de solicitudes tal y cual lo dice el Artículo 72 de la Constitución. Si se llegó al porcentaje establecido, el CNE se convocará en los siguientes 30 días a la población a un proceso Revocatorio con todas las garantías. Este proceso puede durar DIAS, incluso UN DIA si se trata del Presidente actual.

El modelo podría igualmente aplicarse al resto de los Referendos (Consultivo, Aprobatorio de Ley, Abrogatorio, Aprobatorio de Ley presentado por Iniciativa Popular Legislativa, Enmienda Constitucional, Aprobatorio de Reforma Constitucional), estableciendo en cada caso los tiempos sobre los cuales se puede aplicar la consulta y las partes a favor o en contra, con mecanismos que garanticen que los ciudadanos puedan consignar su voluntad de realizarlos libremente, sin ninguna cortapisa como esta en la Constitución.

¿Es eso complicado? ¿Se requiere de mucha imaginación para hacerlo? Ya los procesos de testigos, centros, conteos, identificación de electores, transmisión de datos, totalización, etc., los conoce el CNE. No se haría NADA MAS de lo que hemos hecho siempre al votar y no se nos sometería ni conculcaría en nuestros derechos, como lo hace el Proyecto de Ley Orgánica de Referendos aprobado en la Asamblea Nacional en primera discusión, como una copia corregida y aumentada de los Reglamentos actuales del CNE.

Con este procedimiento escrito en forma de Ley se derogarían los Reglamentos ventajistas del CNE y se le obligaría a un proceso electoral con un hacer que ya conoce muy bien la oposición venezolana, dándole una ventaja al ciudadano y a los proponentes que deseen impulsar un proceso Revocatorio o Consultivo a cualquier nivel, así como las garantías necesarias para el funcionario al que se desee revocar, en el caso de un Revocatorio.

Deseo disculparme por la extensión inusual de esta nota, pero creo que era importante destacar estas cosas en este momento trascendental de la vida del país. Y que aunque no esté de acuerdo con una solución que al final pueda llegar a imponerse por razones políticas, creo al menos que se debe colaborar para que si se aplica, esta deba ser la mejor posible en resguardo de nuestros derechos, no en beneficio de unos políticos que buscan su propia ventaja, sino de un pueblo que ya no tolera más equivocaciones.

Caracas, 2 de Abril de 2016

Twitter:@laguana

jueves, 31 de marzo de 2016

Ley Orgánica de Referendos: extraños compañeros de cama

Por Luis Manuel Aguana

“Politics makes strange bedfellows” (La política hace extraños compañeros de cama). Esa frase la aprendí de uno de los mejores analistas políticos que he conocido, Eric Ekvall (ver Farewell Eric en http://ticsddhh.blogspot.com/2013/11/farewell-eric.html). Y recordé hoy la frase de ese gringo extraordinario al visitar la Asamblea Nacional como parte del grupo encabezado por Enrique Colmenares Finol, Coordinador Nacional de la Alianza Nacional Constituyente (http://ancoficial.blogspot.com)  para hacer un justo reclamo a los Diputados que se disponen a aprobar en segunda discusión el Proyecto de Ley Orgánica de Referendos (http://www.asambleanacional.gob.ve/uploads/botones/bot_e1e24955f3d466bee7c5b4b27a039d061dea8462.pdf).

En efecto, nos encontrábamos en la Asamblea Nacional explicándoles a nuestros Diputados las razones por las cuales creemos que se pusieron ellos mismos una soga al cuello al tratar de regular al Poder Constituyente Originario, con la aprobación en primera discusión de esa Ley, que somete a regulación los referendos relativos al llamado a un proceso constituyente por la iniciativa popular, coartando de esta forma el derecho humano a la participación política de los venezolanos establecido en la Constitución (ver comunicación dirigida a la Asamblea Nacional, tanto a su Presidente como a los ciudadanos Diputados encargados del tema en la Comisión Permanente de Política Interior http://proyectopaisviaconstituyente.blogspot.com/2016/03/carta-la-asamblea-nacional-ley-organica.html).

¿Y porque cabe la frase de Eric? Porque fue paradójicamente el chavismo quien introdujo el tema del Poder Originario en la Constitución, como consecuencia de haber sustentado ese poderoso argumento para imponer el llamado a un proceso constituyente en 1999, matando definitivamente a la “moribunda” Constitución de 1961. Resulta que ahora nosotros nos encontramos defendiendo ante nuestra propia oposición la argumentación del chavismo de 1999, de que NO SE PUEDE CODIFICAR AL PODER CONSTITUYENTE ORIGINARIO por parte de ninguna legislación, inclusive de la misma Constitución.

Elias Jaua Milano, diputado oficialista y constituyentista de la Asamblea Nacional Constituyente de 1999, expone, como proponente del Artículo 350, la  historia de la redacción definitiva del Artículo 347 indicando “la necesidad de modificar el capítulo denominado De la Asamblea Constituyente, capítulo III del título IX, del proyecto constitucional discutido en plenaria”:

“(.....) Dicha solicitud, la hago tomando en consideración que el poder constituyente originario es y será siempre anterior y superior a cualquier Constitución, incluso a la que estamos aprobando, y por tanto no debe ésta codificarlo, sino simplemente reconocerlo e indicar algunas referencias para la convocatoria a una Asamblea Constituyente. En tal sentido, propongo reducir este capítulo a un solo enunciado, que quedaría redactado de la siguiente manera: ARTICULO. El Pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder puede convocar una Asamblea Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una Constitución…” (subrayado nuestro)
 (ver Elias Jaua Milano, La historia y el espíritu del Articulo 350  http://www.aporrea.org/actualidad/a874.html).

Visto así, nos encontramos entonces en la misma acera del chavismo de 1999, defendiendo el principio constitucional del Poder Originario, pero esta vez EN DEFENSA DEL PROPIO PUEBLO OPOSITOR, como extraños compañeros de cama en este tortuoso camino que lleva ya 17 años. ¿Y porque en defensa? Porque solo convocando al depositario de la soberanía a través de un proceso constituyente de carácter originario, es como el pueblo de Venezuela puede imponerse a todos los desafueros de un Poder Constituido castro-chavista-madurista que desconoce arbitrariamente a una Asamblea Nacional electa por el mismo pueblo de Venezuela. Parece una vaina de locos pero no lo es.

Chávez sabía muy bien de la naturaleza del Poder Constituyente Originario (tal vez era el único que lo sabía en su momento) y siempre le temió, al punto de que en su propuesta de modificación constitucional del 2007 elevaba de 15% a 30% la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente por la vía de la iniciativa popular. Y es solo a través de esta iniciativa que se podría llegar a una solución pacífica, constitucional y electoral al grave problema que enfrentamos los venezolanos: la convocatoria a un Proceso Constituyente de carácter Originario.

¿Y porque digo que solo a través de esta vía? Porque las demás están envenenadas de los intereses políticos particulares de sus proponentes. Si ustedes se detienen a analizar cada “salida” propuesta por la oposición oficial, en las cabezas de quienes las propusieron, existe el claro interés de cada uno de arrimar la brasa para su sardina. Sin embargo, todas ellas aterrizarán invariablemente en la red de las arañas peludas de los magistrados de la Sala Constitucional del TSJ. Pensar que alguna de esas opciones materialice este año el fin constitucional del régimen es el sueño de una noche de verano.

Mientras tanto corren los días y la oposición se apresta a unas elecciones de Gobernadores a finales de año, y en el 2017 veremos. Mientras tanto el pueblo venezolano, que votó el 6D por una solución INMEDIATA a la hiperinflación, la inseguridad, las colas, la crisis medico-hospitalaria, y pare usted de contar las plagas, ese que se espere al año que viene cuando los gobernadores “sean de la oposición”, porque a ese punto nadie en su sano juicio votaría por el régimen ¡Santo Cristo! Y peor aún, que al “salir de Maduro” el año 2017 por cualquier vía que termine imponiéndose, se habrá pasado el tiempo constitucional para sustituir a Maduro, terminando el negro Aristóbulo el período constitucional en el 2019 ¿qué tal?

Y así, la oposición estará contenta y el gobierno también, saliéndose ambos con la suya a costillas de este pobre pueblo pendejo, ¿hasta cuándo? Entonces, eso es lo que precisamente están previniendo al regular al Poder Originario. Que la gente harta no pueda decidir su propio destino, ENTREGÁNDOLE ¿MANSAMENTE? AL CNE DEL REGIMEN LAS LLAVES PARA LA CONVOCATORIA DEL DEPOSITARIO DE LA SOBERANIA… ¿A qué mente retorcida se le habrá ocurrido semejante vaina?

Y en el medio de todo eso, los presos políticos continuarán encerrados porque el régimen ignorará, como ayer lo hizo saber Maduro, la Ley de Amnistía a la que afanosamente se dedicó la Asamblea Nacional en estos tres primeros meses de su gestión, dejando de paso encerrado en el camino al liderazgo político que con justo derecho también pudiera optar para la sustitución del Ilegítimo. ¡Jugada de banda múltiple! Tremendo panorama para este pueblo sufrido.

Al escribir mi primera nota en relación a la Ley de Referendos (ver “Autosuicidio” en Primavera http://ticsddhh.blogspot.com/2016/03/autosuicidio-en-primavera.html), nunca me imaginé que la oposición oficial hubiera aprobado en primera discusión ese proyecto de ley de mala fe. Lo sentí más bien como una falta de malicia o incluso ignorancia de lo que estaban haciendo, al aprobar una versión corregida y aumentada de los Reglamentos fatídicos del CNE para la convocatoria de Referendos. Les hice un llamado a los Diputados, no a sus partidos, para que pensaran en el país y no cometieran un “autosuicidio”.

Pero como dicen los abogados, la buena fe se presume, la mala hay que probarla. Y al ver que además de generar esa versión corregida y aumentada de los Reglamentos del CNE en la materia, además le añaden la regulación del Poder Originario que ni siquiera estaba en la Reglamentación del régimen; y además, al ir conociendo los detalles, como por ejemplo el escasísimo tiempo dado al país por la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional para hacerle observaciones al Proyecto de Ley aprobado en primera discusión, empiezo a dudar que haya falta de malicia o ignorancia. Saben exactamente lo que están haciendo, al menos quienes la propusieron. Pero la aprobaron TODOS la primera vez, y TODOS serán responsables si la aprueban la segunda vez.

Al cumplir con advertirlo a los ciudadanos Diputados, y ahora de forma abierta a los venezolanos en general, dejamos este asunto a la discusión pública antes de la aprobación definitiva de esta ley –la cual consideramos dañina a los intereses del país-, que según nos informaron, será la semana que viene. Ojala que al involucrarse inmediatamente el Soberano a esta discusión a través de la magia de la inmediatez de las redes sociales, se pueda hacer entrar en razón a la oposición en la Asamblea Nacional y dejemos de ser los incómodos “compañeros de cama” de un chavismo que si bien incorporó la figura del Poder Originario en la Constitución, a la vez nos dio sin darse cuenta la clave para solucionar la tragedia que él mismo creó…

Caracas, 31 de Marzo de 2016

Twitter:@laguana