Por Luis Manuel Aguana
Puede resultar pedante de mi parte mencionar el detalle, pero probablemente
si no fui yo el primero, sí uno de los primeros en mencionar públicamente la
necesidad de una Ley de Referendos antes de plantear algún proceso revocatorio
al gobierno (ver Revocatorio y Constituyente en http://ticsddhh.blogspot.com/2016/01/revocatorio-y-constituyente.html).
Decía en esa nota de finales de enero en este blog:
…Pero ahora la Asamblea Nacional
si PUEDE y DEBE cambiar esa situación promulgando con urgencia legislativa una
Ley de Referendos y Constituyentes que modifique radicalmente las condiciones
en las que los venezolanos puedan concurrir a revocar a un funcionario electo,
dándole las garantías necesarias y protegiendo celosamente su identidad; pero
que no solo regule los referendos revocatorios sino también la convocatoria de
una Asamblea Nacional Constituyente por parte de los poderes constituidos, como
el Presidente de la República, los Consejos Municipales y la misma Asamblea
nacional con las dos terceras partes de sus integrantes. La convocatoria por parte del mismo soberano con el 15% del Registro
Civil y Electoral debería protegerse para que el MISMO soberano regule su
propia convocatoria porque el poder del soberano está por encima de los poderes
constituidos.
Aun habiendo hecho la advertencia, esto último subrayado fue lamentablemente
incluido como parte del dispositivo regulatorio con el CNE descrito en el Proyecto,
normando de esa manera al Poder Constituyente Originario en la propuesta de Ley
Orgánica de Referendos (http://www.asambleanacional.gob.ve/uploads/botones/bot_e1e24955f3d466bee7c5b4b27a039d061dea8462.pdf).
A tal efecto, la Alianza Nacional Constituyente responsablemente hizo
las observaciones pertinentes a la Comisión de Política Interior de la Asamblea
Nacional, en la persona de su Presidente, la Dra. Delsa Solórzano, la cual fue
añadida como parte del proceso de consulta pública (ver Carta de la ANC a la
Comisión de Política Interior de la AN en http://ancoficial.blogspot.com/2016/04/carta-de-la-anc-la-comision-de-politica.html)
que está realizando la Comisión. De esta manera la Alianza solicita formalmente
que se excluya de la Ley Orgánica de Referendos cualquier regulación al Poder
Constituyente Originario.
Dicho esto, podríamos afirmar que se encuentra en curso una petición formal
para una modificación de un Proyecto de Ley aprobado por la Asamblea Nacional
en primera discusión, en relación a la regulación inconstitucional al llamado a
un Proceso Constituyente de carácter Originario, y que tal vez debamos
sentirnos tranquilos porque los ciudadanos Diputados procederán a corregir ese
grave error.
Sin embargo creo que eso no es suficiente…
He mantenido desde esta tribuna de la red, y desde mucho antes de
abrazar el proceso Constituyente como la solución al grave problema que
atraviesa el país, que el sistema electoral venezolano en particular y el Poder
Electoral en su conjunto, están viciados desde sus raíces y forman parte del mecanismo
de dominación que el régimen en su entrega incondicional a un gobierno
extranjero, ha utilizado desde el año 2004 para ganar elecciones y perpetuarse
en el Poder, haciendo fraude electoral con máquinas de dudosa funcionalidad y
transparencia.
Esto no es nuevo. Lo he denunciado conjuntamente con importantes
expertos venezolanos desde hace años, en incontables cartas públicas y
comunicaciones (ver ¡Elecciones Auténticas YA! http://declaraciondecaracas.blogspot.com/2013/01/elecciones-venezolanas-autenticas-una.html
y todos los artículos de http://bitakoraeva.blogspot.com/).
Es por esa razón que sería moralmente imperdonable y un irrespeto a
los millones de venezolanos que han tratado de salir pacifica, constitucional y
electoralmente de este régimen desde hace mas de 12 años, que dejara de abordar
los otros aspectos del Proyecto de la Ley Orgánica de Referendos, y más aun
siendo uno de los primeros en mencionar su necesidad públicamente, ya que
podríamos de nuevo caer en lo que lamentablemente se cayó en el 2004, cuando
los venezolanos fuimos a un Referendo Revocatorio sin contar con las garantías electorales
suficientes, y la oposición ACEPTO un fraude gigantesco, que todavía los políticos
opositores insisten en afirmar que no existió, aun cuando se ha demostrado de
una manera técnica y contundente (ver La Naturaleza delató al CNE en http://ticsddhh.blogspot.com/2012/12/la-naturaleza-delato-al-cne.html).
En primer lugar debo recordar que fue la oposición reunida en la
Coordinadora Democrática el año 2003 quien llevó a cabo “El Firmazo”, con
fundamento en lo previsto en el Articulo 72 de la Constitución y en las
disposiciones del Artículo 183 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política
donde se establecía la posibilidad de solicitar un Revocatorio a cualquier
cargo de elección popular. Allí los venezolanos REVOCAMOS A CHAVEZ. Sin embargo
en noviembre de ese mismo año el régimen DESCONOCIENDO LA VOLUNTAD POPULAR
declaró “inadmisible” con su CNE la solicitud de revocatorio de Chávez y “NO
VALIDAS” LAS FIRMAS entregadas, cuando eso no estaba normado -ni tenía que
estarlo- ANTES del proceso de recolección de firmas. Esa violación a nuestro
derecho a la participación política está en la Resolución 030912-461 del CNE
del régimen.
NOSOTROS, y lo digo con propiedad porque muchas de esas planillas las
conseguimos con muchísimo sacrificio y con la sola voluntad de muchos
voluntarios de las zonas populares de Caracas del Comité Pro-Si de la Sociedad
Civil (ver El Comité Pro Sí ante el fraude a la voluntad popular expresada en
los comicios http://www.analitica.com/opinion/opinion-nacional/el-comite-pro-si-ante-el-fraude-a-la-voluntad-popular-expresada-en-los-comicios/)
habíamos levantado con “El Firmazo” las firmas necesarias para revocar al
Presidente y el CNE DESCONOCIENDO ESE HECHO nos obligó a recoger nuevas firmas
para satisfacer al régimen. Eso se logró de nuevo con “El Reafirmazo”. Después
vino el rollo de las “firmas planas” y todo lo que aconteció luego para poder
llegar tan siquiera a CONVOCAR al proceso revocatorio.
No me cabe en la cabeza que ahora sea esa misma oposición quien pretenda
hacernos lo mismo que nos hiciera amargamente el régimen, otorgando por Ley
Orgánica al CNE UN DERECHO que siempre tuvimos los venezolanos de LIBREMENTE
BUSCAR UNAS FIRMAS PARA REVOCAR A UN FUNCIONARIO ELECTO, como lo hicimos por
primera vez en este país en el año 2003 con “El Firmazo”, basándonos únicamente
en el Articulo 72 de la Constitución. ¿Alguno de ustedes puede explicarme eso?
Pues bien, el Proyecto de Ley opositora nos indica que debemos tener “promotores”
que hagan una solicitud que DEBE SER APROBADA POR EL CNE. Asimismo, estos
deberán conseguir una manifestación de voluntad de al menos el 0,5% del
Registro electoral del ámbito territorial que corresponda, conforme al último
RE, solo para comenzar a recoger firmas en unos puntos aprobados por ellos, en número
y localidad. ¿Dónde está escrito eso en el Articulo 72 de la Constitución?
Ya solamente con eso RECHAZO DE PLANO ese adefesio legislativo que
profundiza lo que ya el CNE tenía para evitar que se revocara a cualquier
funcionario rojo-rojito, sin entrar en el resto de las violaciones a la
constitución del Proyecto, además de regular inconstitucionalmente la
convocatoria al Poder Constituyente Originario que ya comentamos al comienzo.
Sin embargo, es importante indicar que no quiero quedarme en el solo rechazo
sino sugerir cómo se podría verdaderamente desarrollar ese proceso sin que se
conculquen nuestros derechos ciudadanos.
Debo dejar constancia que no creo que un Revocatorio solucione el
grave problema que tenemos los venezolanos, y que debemos ir a una solución
INCLUYENTE (ver Una solución incluyente en http://ticsddhh.blogspot.com/2015/12/una-solucion-incluyente.html).
Sin embargo algunos compatriotas en su obstinación y hartazgo por salir del
régimen están comprando ese discurso populista. El problema es que si vamos a
un Revocatorio en unas condiciones paupérrimas como las sugeridas en ese Proyecto
de Ley, quedaremos PEOR que en el 2004, enterrando posiblemente y de manera
definitiva el empuje de la población para seguir luchando cívicamente por salir
de estos delincuentes. Solo vean a los cubanos, unos zombis secuestrados para
siempre por una dictadura de dos ancianos. Y eso es lo que busca el régimen. Es
por eso que aunque no creo en ese camino para Venezuela, si eso se llegara a
imponer, me siento con la obligación moral de decirles a los venezolanos, y en
especial a quienes son responsables de esa Ley, cómo creo que se podría proceder
para tener probabilidades de ganarlo en el menor tiempo posible, sin repetir
los errores del pasado. Veamos:
Si un Revocatorio requiere del 20% constitucional para ser convocado,
entonces a la mitad del período de los funcionarios, el CNE debe garantizar la
apertura del 20% de los Centros Electorales en todas las Circunscripciones
durante un periodo que denominaremos “de revocatoria del mandato”. Los centros
que deberán abrirse tienen que cubrir adecuadamente toda la circunscripción
electoral. Al estar los periodos del Presidente, Gobernadores, Alcaldes o
cualquier otro funcionario de elección popular, determinados perfectamente, el día
siguiente de la mitad del mandato se abrirían el 20% de los Centros en todo el
país, por un número de días a considerar, que se corresponda a la cantidad de
voluntades requeridas.
Los partidos políticos, grupos de electores, interesados, etc., que deseen
el revocatorio de algún funcionario, que hagan su campaña antes de ese momento,
como una campaña electoral cualquiera. Los electores que concurran a esos
centros votaran por el revocatorio del mandato del funcionario en ESA
Circunscripción electoral si así lo desean, identificándose solo con su cédula
de identidad a los miembros de la mesa electoral, y este debe haber sufragado
en la elección del funcionario a revocar. No se puede entender que alguien que
no participó en la elección de un funcionario vote para revocarlo.
Las mesas estarán dispuestas con los testigos de ambos, revocado y
revocante, como cualquier proceso electoral. Se deberá resguardar de igual
manera la confidencialidad e identidad de quien emite el voto para revocar. A
la finalización del proceso ambas partes deberán constatar si se llegó o no al
20% de solicitudes tal y cual lo dice el Artículo 72 de la Constitución. Si se
llegó al porcentaje establecido, el CNE se convocará en los siguientes 30 días
a la población a un proceso Revocatorio con todas las garantías. Este proceso
puede durar DIAS, incluso UN DIA si se trata del Presidente actual.
El modelo podría igualmente aplicarse al resto de los Referendos (Consultivo,
Aprobatorio de Ley, Abrogatorio, Aprobatorio de Ley presentado por Iniciativa
Popular Legislativa, Enmienda Constitucional, Aprobatorio de Reforma
Constitucional), estableciendo en cada caso los tiempos sobre los cuales se
puede aplicar la consulta y las partes a favor o en contra, con mecanismos que
garanticen que los ciudadanos puedan consignar su voluntad de realizarlos
libremente, sin ninguna cortapisa como esta en la Constitución.
¿Es eso complicado? ¿Se requiere de mucha imaginación para hacerlo? Ya
los procesos de testigos, centros, conteos, identificación de electores, transmisión
de datos, totalización, etc., los conoce el CNE. No se haría NADA MAS de lo que
hemos hecho siempre al votar y no se nos sometería ni conculcaría en nuestros
derechos, como lo hace el Proyecto de Ley Orgánica de Referendos aprobado en la
Asamblea Nacional en primera discusión, como una copia corregida y aumentada de
los Reglamentos actuales del CNE.
Con este procedimiento escrito en forma de Ley se derogarían los
Reglamentos ventajistas del CNE y se le obligaría a un proceso electoral con un
hacer que ya conoce muy bien la oposición venezolana, dándole una ventaja al
ciudadano y a los proponentes que deseen impulsar un proceso Revocatorio o
Consultivo a cualquier nivel, así como las garantías necesarias para el
funcionario al que se desee revocar, en el caso de un Revocatorio.
Deseo disculparme por la extensión inusual de esta nota, pero creo que
era importante destacar estas cosas en este momento trascendental de la vida
del país. Y que aunque no esté de acuerdo con una solución que al final pueda
llegar a imponerse por razones políticas, creo al menos que se debe colaborar
para que si se aplica, esta deba ser la mejor posible en resguardo de nuestros
derechos, no en beneficio de unos políticos que buscan su propia ventaja, sino de
un pueblo que ya no tolera más equivocaciones.
Caracas, 2 de Abril
de 2016
Email: luismanuel.aguana@gmail.com
Twitter:@laguana